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Militares republicanos denuncian al Estado español en Estrasburgo

Ocho militares de la República presentaron ayer ante la Comisión Europea de Derechos Humanos, en Estrasburgo, una demanda contra el Estado español, en defensa de su derecho a que se les reconozcan los empleos castrenses concedidos por el Gobierno republicano durante la guerra civil.La Administración se negó a ello por tratarse de soldados voluntarios que ascendieron a profesionales de las Fuerzas Armadas después del 18 de julio de 1936. Los demandantes solicitan que se declare que el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional no han oído su causa "de forma equitativa" y que se les restablezca en su derecho.

Los demandantes son José Mateu Badía, Joaquín Cervera Bort, Manuel Pablo Estévez Toledano, José María Sanz Llosa, Antonio Gómez Villalobos, Adolfo Vallinot González -todos ellos de 73 años de edad-, Saturnino Arroyo Arcediano, de 71 años, y Rafael Trujillo de la Miyar, de 70 años. Ingresaron en el Ejército español como soldados voluntarios antes del 18 de julio de 1936 y durante la guerra civil todos ellos obtuvieron empleos en las escalas profesionales (tres de capitán, dos de teniente y tres de sargento).

Sin embargo, según alegan en la demanda, han sido discriminados primero respecto a los funcionarios civiles de la República y posteríormente a los militares republicanos que ingresaron como profesionales antes del 18 de julío de 1936.

En la demanda se relata cómo tras publicarse la ley 37/ 1984, por la que el Gobierno socialista dijo poner fin a la discriminación de estos militares respecto a los que obtuvieron su empleo profesional antes del 18 de julio de 1936, "llovieron las reclamaciones y los recursos". En concreto, se hace mención a los que plantearon ante la Audiencia Territorial de Madrid tres colectivos de militares de la República: 19 pilotos de Aviación, 17 cabos especialistas, de igual Arma y los ahora demandantes.

En los tres recursos, dirigidos por el abogado Luis Roldán Rodríguez -el mismo que ayer presentó la demanda ante la jurisdicción de Estrasburgo-, se propuso a la sala que cuestionara la ley 37/ 1984. Así lo hizo la Sala Cuarta de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial y el 7 de julio de 1987 el Tribunal Constitucional declaró parte de la ley inconstitucional.

Tres sentencias

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En cumplimiento de esta sentencia, la Audiencia Territorial de Madrid dictó tres sentencias por las que pasó a los integrantes de los tres colectivos mencionados a la situación de retirados, en el caso de los ocho militares demandantes, con el empleo de comandantes y con todos los demás derechos, obligaciones y pensiones correspondientes. Sin embargo, la Administración apeló estas sentencias y la Sala Quinta del Supremo la anuló por fallo de 31 de mayo de 1988.

Los ocho militares acudieron de nuevo al Tribunal Constitucíonal, ante el que interpusieron recurso de amparo. El 26 de septiembre de 1988, el alto tribunal rechazó el recurso, por entender que se trataba de una cuestión de legalidad en la que no le correspondía tomar ninguna decisión. Los demandantes manifiestan su sorpresa ante esta resolución y señalan la "enorme contradicción" del Tribunal Constitucional, que un año antes había sentado la doctrina en la que ellos fundamentaban su recurso.

En consecuencia, los ocho militares de la República declaran ante la Comisión Europea de Derechos Humanos que tanto el Tribunal Supremo, al anular la sentencia de la Audiencia Territorial de Madrid que daba cumplimiento a la del Tribunal Constitucional, como este mismo alto tribunal, al contradecirse con resoluciones suyas anteriores, violaron el derecho a un juicio equitativo reconocido por el artículo 6.1 del convenio europeo. Piden que se obligue al Tribunal Constitucional a que se pronuncie sobre el fondo del recurso de amparo o que se condene al Estado español a que reconozca a los demandantes los mismos derechos legalmente concedidos a los demás militares profesionales de la República.

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