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Consultas al Consejo

Entre las variaciones aceptadas por el Ministerio del Interior en el último proyecto sobre régimen disciplinario en la policía figura un mayor número de competencias para el Consejo de la Policía en cuanto a su intervención en los expedientes e instrucciones a agentes. El Consejo de la Policía —un organismo consultivo y de arbitraje entre la Administración y los sindicatos— deberá ser oído en las investigaciones a policías por faltas muy graves y a los propios consejeros a los que se abra cualquier clase de expediente. El nuevo proyecto —a diferencia del borrador elaborado en los meses de junio y julio— incluye asimismo la obligatoriedad de oír al Consejo cuando el inculpado sea un sindicalista que haya perdido la condición de consejero en el último año. También deberá ser escuchado el Consejo sobre expedientes abiertos a los candidatos si se producen en periodo electoral. Ello cierra la posibilidad de cualquier operación de la Administración para preseleccionar a los futuros representantes sindicales.

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También será obligatorio oír al Consejo cuando un agente inculpado de "falta grave" lo solicite y la propuesta de sanción implique la suspensión de funciones por más de un año.

Ésta es una de las "mejoras" que a juicio de los sindicatos consultados se han incluido en el actual proyecto.

En la línea de potenciación de las medidas cautelares se encuentran las siguientes: entre las primeras actuaciones "se procederá a recibir declaración al inculpado", quien además gozará del derecho de recusación del instructor y secretario nombrados por la autoridad para juzgarle. Asimismo, se acepta la tajante prohibición de que "no se adoptarán medidas provisionales que puedan causar perjuicios irreparables a los interesados" hasta que haya resolución. También se ha aceptado que se facilite "con carácter inmediato" al inculpado para su defensa una copia del pliego de cargos y que pueda solicitar las pruebas que crea necesarias.

Sin embargo, estos derechos a los funcionarios sólo se incluyen para los inculpados de faltas "muy graves" y "graves", ya que para las leves se mantendrá la consideración actual, en que se prima la celeridad de la instrucción, en detrimento del escrupuloso respeto a las garantías jurídicas. Así, fuentes sindicales han denunciado que en alguna comisaría provincial es previsible que el mismo mando que sancione sea el que instruya, con lo que se convertiría en juez y parte.

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