Faltas muy graves
El borrador del decreto clasifica, entre las "faltas muy graves" de los alumnos, la injuria, ofensa e insubordinación muy graves contra los órganos de gobierno, contra los profesores o el personal no docente del centro", o Ia incitación intencionada a la realización de conductas tipificadas como faltas graves o muy graves". Para la organización estudiantil CEAE, lo más criticable de esta normativa es "la constante referencia a conductas y no a acciones concretas, circunstancia que se repite tanto cuando se habla de faltas leves como graves o muy graves.Entre las sanciones previstas para dichas faltas, el futuro decreto prevé la "inhabilitación, por un tiempo que no podrá ser inferior al que reste para la terminación del correspondiente curso escolar, para cursar enseñanzas en el centro en que se ha cometido la falta. En el supuesto de que esta sanción, que no podrá imponerse a los alumnos que cursen enseñanzas obligatorias (actualmente, la EGB) tenga una duración superior a la aludida anteriormente, el alumno podrá ser admitido en el centro, previa petición y comprobación de un cambio positivo de actitud. La Administración educativa procurará al alumno sancionado un puesto escolar en otro centro docente o en la modalidad de enseñanza a distancia".
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