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Declarado inconstitucional el bloqueo del ingreso de una joven en el Ejército del Aire

La Audiencia Territorial de Madrid ha declarado inconstitucional la decisión de un coronel de impedir a la joven Ana Moreno presentarse a las pruebas de selección para el ingreso en la 43ª promoción de la Academia General del Aire. La sentencia anula el acto del coronel, pero no tiene efectos prácticos para la joven, ya que el texto judicial estima que el acceso de la mujer al Ejército debe regularlo una ley y no el tribunal. El abogado de la joven ha anunciado que recurrirá al Supremo.La sentencia de la citada audiencia precisa que el acto del coronel jefe responsable del asunto en la Dirección de Enseríanza del Ejército del Aire, al devolver la instancia de Ana Moreno, vulnera el artículo 14 de la Constitución por discriminación por razón del sexo, e indirectamente el artículo 23.2 (derecho a acceder a cargos públicos en condiciones de igualdad), y lo declara nulo.

Sin embargo, se desestima la otra pretensión de Ana Moreno, de que se le diera un plazo de 30 días para presentar de nuevo la instancia de acceso a las pruebas de selección. Para restablecer los derechos a la joven habría que anular las pruebas ya realizadas con el consiguiente perjuicio para los aspirantes que las aprobaron, pues deberían examinarse de nuevo.

El abogado de Ana Moreno, el diputado Blas Camacho, pedía en el recurso la aplicación directa de la Constitución, es decir la no discriminación por razón del sexo en las pruebas de acceso al Ejército, pero el tribunal considera que la Constitución española es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales; pero que el ingresar en las Fuerzas Armadas no está catalogado como derecho fundamental. "Será la regulación legal", agrega la sentencia, "la que en su día dé definitiva redacción a los supuestos y límites de acceso de la mujer en su participación en la Defensa Nacional, pues corresponde a la acción legislativa la fijación de los límites objetivos de acceso".

La sentencia presenta una aparente contradicción en lo relativo a la eficacia del fallo, pues el tribunal afirma que ésta sólo se circunscribe a reconocer como nulo el que no se le admitiera la instancia de Ana Moreno, pero no con efectos retroactivos. Eso quiere decir que se respeta el desarrollo de las pruebas a las que se intentó presentar la joven, pero que en una nueva convocatoria no puede ser discriminada. Sin embargo, la sentencia puntualiza que el recurso no puede tener por objeto "el restablecimiento de una situación jurídica individualizada, pues ello implicaría una distorsión de los cauces ordinarios, quedando limitado su alcance al ambito estricto de los derechos fundamentales".Ana Moreno presentó en marzo de 1987 una instancia para acceder a las pruebas de selección de la Academia de San Javier, pero el 23 de marzo el coronel jefe en la Dirección de Enseñanza del Ejército del Aire devolvió la solicitud. Ana Moreno, que sigue estudios de aviación civil en una academia de Valencia, tiene intención de seguir presentándose a las pruebas de ingreso de la Academia del Aire.

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