Una piedra muy significativa
Tenía razón el embajador de Israel. No es fácil la objetividad en la valoración sin antes haber visitado su país. Sin haber podido apreciar previamente de modo directo la huella seguramente indeleble de su presencia en los territorios ocupados hace ya 20 años.Pero al mismo tiempo el diplomático se equivocaba de medio a medio en una cosa. La dificultad para esa objetividad que reclama no está tanto en función de los prejuicios -que podría haberlos, y lícitamente ¿por qué no?, con base en lo que cuentan todas las agencias del mundo como de la imposibilidad de anticipar intelectualmente una realidad por tantos conceptos inimaginable. Tremenda.
En todo caso, de existir algún prejuicio, estaría en haber pretendido, quizá con cierta ingenuidad, o tal vez con deformación profesional de juristas, rastrear la presencia de algún concepto de reglas homologables, al menos por aproximación, a las que rigen en la legalidad democrática, en los juicios que están teniendo lugar en Nablús, Gaza, Ramalla... Estos actos tienen que ver con acontecimientos anteriores a las últimas fechas, y se producen en la inmensa mayoría de los supuestos por conductas de muy escasa entidad. Mientras tanto los cientos o quizás miles de detenidos más recientes, se encuentran los más en pura detención administrativa y sin perspectivas ni siquiera de enjuiciamiento; y aquellos que pudieran pasar a disposición del juez castrense, sin expectativa de juicio posible a corto plazo. Esto último debido a que sus letrados, palestinos, pero también judíos, están hoy en huelga para no colaborar a legitimar lo que consideran una farsa.
Los tribunales militares se encuentran invariablemente dentro de un complejo de instalaciones que suelen ser al mismo tiempo lugar de detención, cárcel y, desde luego, siempre cuartel, que cuenta en sus proximidades con uno o varios campos de prisioneros. Como respondiendo a un siniestro principio de concentración.
Las audiencias se suceden a ritmo de cadena de montaje. Y desde luego sin publicidad o con una publicidad pro forma discrecionalmente administrada por los centinelas. Se ha dicho que no, que los juicios son públicos. Pues bien, lo serán los juicios cuando los haya pero esto, el sucedáneo a que se está dando indebidamente ese nombre, carece de esa como de cualquier otra garantía. Previamente a todas ellas el juez, militar por supuesto, habrá pedido al nutrido grupo de procesados que los dispuestos a declararse culpables lo pongan de manifiesto dando un paso al frente. Lo harán la mayor parte, porque la alternativa será siempre peor, y porque al fin y al cabo es verdad: son palestinos.
Trámites inútiles
Una vez reconocida la culpabilidad, no vale ya la pena perderse en trámites inútiles. El fiscal formulará telegráficamente su petición de pena; el abogado -que habrá visto, es decir, simplemente visto, momentos antes por primera vez a su cliente- tendrá la posibilidad de suplicar sucintamente clemencia, que no justicia, y el acusado podrá hablar durante un minuto si lo desea. Que no suele. Seguirá, en fin, una telegráfica sentencia in voce, como todas las anteriores, como las siguientes, pronunciada con la agilidad y el esquematismo rotundo de los bandos de guerra.
No puede hablarse de jurisdicción porque los jueces no son jueces, sino juristas de leva y en armas, ni de legalidad porque no puede darse ese nombre a la voluntad de un gobernador militar impuesta de facto, ni de derecho de defensa... Y tampoco de procesos, ni siquiera sumarísimos. Cabría, todo lo más, referirse a un simple sistema de distribución del trabajo militar. A la pura continuación de la ocupación armada por otros o quizá será mejor decir por los mismos medios.
Es un modo de actuación que pone en cierta medida de manifiesto las limitaciones de la imposición militar frente actitudes civiles de oposición masiva, cuando se dan, como ahora, en un contexto internacional, que aunque vergonzantemente tolerante, no lo es tanto como para cerrar los ojos ante una política de exterminio. Lo que las armas no ante hacer ante la protesta civil desarmada tiene que hacerse en otro ámbito, no necesariamente menos cruento.
Así nacen las detenciones colectivas, nunca arbitrarias, porque en cada palestino hay un peligro real para la seguridad del ocupante. No tiene por qué ponerse límites a la edad penal (una orden militar de 1967 la sitúa en los 12 años), porque también los niños pueden tirar piedras a los blindados, y una piedra es algo muy significativo, según decía y seguirá diciendo con evidente realismo el fiscal de Nablús en muchos de sus informes. Como tampoco, dentro de esa lógica perversa, tendría por qué reconocerse ninguna subjetividad jurídica a los concernidos por la actuación del Ejército israelí, reducidos a la pura condición de objeto por las particularidades de un tipo de relación que sólo puede darse en términos excluyentes para una de las partes.
Una condición que, cuando los muertos y heridos de bala ya no sorprenden porque forman parte de la cotidianeidad desde hace tanto tiempo, encuentra quizá su expresión más gráfica en una práctica innovadora. Es la de que con los detenidos ya no se usan esposas. Ahora se precinta sus muñecas con plástico duro, con material de embalaje.
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