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Las eléctricas podrán diferir sus costes durante cinco años

Los Ministerios de Industria y Economía han llegado a un acuerdo para autorizar a las compañías eléctricas a diferir durante un período de cinco años sus costes de inversión en instalaciones que no hayan entrado todavía en explotación.Las cantidades que se difieran serán recogidas en una cuenta especial en cada empresa, fuera de la contabilidad normal. En cuanto al plazo de amortización de las mismas se establece un período máximo de 12 años desde el inicio de la explotación, aunque, como casos excepcionales, se podrán contemplar prórrogas hasta un máximo de 20 años.En cualquier caso, siempre habrá de contarse con la autorización previa de la Dirección General de la Energía, y entre las condiciones que se imponen para su concesión figura la de que en el período en que se difieran los costes, el incremento de la deuda contraída no podrá ser superior a las inversiones de la compañía.

De esta forma se aborda uno de los principales caballos de batalla de las negociaciones entre la Administración y las compañías eléctricas ante la intransigencia de la primera para que se aplique de forma ligera esta operación financiera, que ha tenido el ejemplo más notorio en la contabilidad de Fuerzas Eléctricas de Cataluña, SA (FECSA).

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