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La Democracia Cristiana italiana pide el 'sí' en los referendos de la discordia'

Juan Arias

Alguien los llamó en Italia los referendos de la discordia. Son cinco: tres sobre la energía nuclear y dos sobre la justicia. Los propusieron las fuerzas laicas. Los temía la Democracia Cristiana (DC). Para evitar que se celebrasen, cayó el anterior Gobierno de Bettino Craxi y hubo elecciones anticipadas. Ahora, la DC ha recuperado la presidencia del Gobierno y las consultas se van a celebrar el 8 y el 9 de noviembre próximo. Y surge la sorpresa: el partido católico pide a los electores que voten a favor en cuatro de los cinco referendos.Incluso sobre el último (que trata de la posibilidad de que las empresas italianas puedan participar en la investigación internacional sobre el problema nuclear) es posible que la DC acabe votando como los demás partidos, ya que así lo desean, entre otros, el secretario general, Ciriaco De Mita, y el ministro de Asuntos Exteriores, Giulio Andreotti.

Así, se desinfla la intención oculta de quienes organizaron las consultas de crearen el país una fuerza laico-socialista referendaria opuesta a- la DC que podría acabar, en caso de un triunfo de dichos referendos, reflejándose de forma importante en las primeras consultas políticas.

De las cinco consultas, que como todas las de este tipo son sólo abrogativas de una ley ya salida del Parlamento, tres se relacionan con la energía nuclear. Se pide que el Gobierno no pueda decidir, sin el consentimiento de las regiones, la creación de una central nuclear en un determinado lugar; que no se den ayudas especiales del Gobierno a los ayuntamientos y regiones que aceptan construir centrales nucleares, y que las empresas italianas no puedan participar en la construcción de centrales nucleares en el extranjero.

Por lo que se refiere a los dos referendos sobre la justicia, se pide, en primer lugar, que sea abolida la odiada comisión parlamentaria que hoy tiene el poder de impedir que un ministro o jefe de Estado sea juzgado por los tribunales ordinarios cuando se vea acusado de un delito cometido en el ejercicio de sus funciones. La otra consulta trata sobre la abrogación del artículo del código penal según el cual los jueces y fiscales responden de los eventuales daños acarreados al acusado sólo en caso de mala fe. Se desea, pues, que puedan responder también de sus errores aunque se hayan equivocado de buena fe.

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