Donar órganos
La ley de donación de órganos deja alguna laguna de dificil ínterpretación en lo que se refiere a la forma de definir quién es donante. En la práctica, y contestando a doña Emina Moreno Sanz (EL PAÍS, 9 de agosto de 1987, página 9), no hay listas de donantes ni oficiales ni eficaces. Ante un cadáver potencialmente donante hay que acudir a la familia y solicitar autorización (no es lo que la ley dispone, pero es lo que siempre se hace). Por tanto, lo más eficaz es que cada persona difunda su deseo, en uno u otro sentido, en sus círculos sociales (familia, trabajo, ocio), que serán los que, en su momento, podrán hacerlos valer).También puede, sin excluir lo anterior, ponerse en contacto con unidades hospitalarias especializadas en las enfermedades de los órganos más frecuentemente trasplantados (especialmente nefrología, oftalmología, cardiología), donde facilitarán la dirección de alguna asociación con listas, sistema de momento menos útil pero que hay que fomentar.-
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.