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LA ELECCIÓN DEL 'LENDAKARI'

La aplicación de la ley la harán los tribunales

La decisión del pleno de la Audiencia Territorial de Pamplona de declararse competente para decidir sobre el permiso a Juan Carlos Yoldi anticipa que será el poder judicial el que resolverá sobre la presencia o ausencia del candidato a lendakari por Herri Batasuna en la sesión del Parlamento vasco del próximo día 26. Sea cual sea el acuerdo que hoy se haga público, lo que parece seguro es que, frente a la opinión del Gobierno sobre lo que es o no es la legalidad, van a ser los tribunales de Justicia los que van a aplicar la ley, como corresponde en un Estado de derecho.El Gobierno, en uso de su legítimo derecho a discrepar de las resoluciones judiciales, podrá recurrir, a través del Ministerio Fiscal, contra el acuerdo que hoy será notificado si, por tratarse de la autorización a Yoldi para que asista a la sesión parlamentaria, no es de su agrado. Exactamente igual podrán hacer los abogados de Yoldi si se trata de una resolución denegatoria del permiso. En ambos casos, el recurso será resuelto con tiempo suficiente -el lunes o el martes próximo- para que la sesión parlamentaria se celebre el jueves próximo, con el asunto ya resuelto de manera firme por la instancia judicial competente.

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La decisión del pleno de la Audiencia Territorial de Pamplona sorprendió ayer en áreas gubernamentales, en las que se esperaba que, de acuerdo con los precedentes existentes, el máximo órgano judicial navarro declinara su competencia sobre el caso Yoldi, en su conjunto, en favor del pleno de la Audiencia Territorial de Bilbao, en funciones del todavía inexistente Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Sin embargo, la Audiencia Territorial de Pamplona, de acuerdo con lo que establece la ley de Enjuiciamiento Criminal sobre las cuetiones de competencia, ha estimado, previamente al pronunciamiento sobre si en este caso la asume, que el permiso solicitado por Yoldi es una diligencia "de reconocida urgencia".

Y tratándose de un caso en el que habrá un claro pronunciamiento del órgano Judicial por el momento competente, será su decisión la que prevalecerá, al margen de las opiniones gubernamentales o, en otro caso, de las del propio Yoldi o sus abogados. Los intentos gubernamentales de marcar la pauta de lo que en este caso debería hacerse, mediante una denegación por parte de la Junta de Régimen Interior de la cárcel de Herrera de la Mancha del permiso solicitado, ha sido ineficaz. Según fuentes jurídicas, el Gobierno trató, por esta vía, de lograr un pronunciamiento del juez de vigilancia penitenciaria, pero éste se declaró incompetente.

En todo caso, sobre la situación personal de un procesado en prisión provisional a la espera de juicio, todas las fuentes consulta das por este periódico coinciden en señalar que prevalece lo que decida el órgano Judicial a cuya disposición se encuentra.

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Según un abogado experto en asuntos penales, el recurso del fiscal no paralizaría la hipotética excarcelación de Yoldl, como ocurriría en la fase de instrucción sumarial. Porque cuando el procesado se encuentra a disposición del tribunal, en espera de juicio, prevalece el acuerdo del tribunal. El pleno de la audiencia ha evitado este problema, al dar 24 horas a las partes para recurrir, con lo que tendrá tiempo para resolver el recurso antes de la sesión del Parlamento vasco.

Frente al error cometido por el Gobierno el verano pasado al apoyar la negativa de 90 guardias civiles a obedecer una orden de la autoridad Judicial competente, en esta ocasión el Ejecutivo ha recurrido a todos los medios legales a su alcance, pero no ha actuado por la vía del hecho consumado. Así se ahorrará, como en aquel caso, someterse al poder judicial depués cuando pudo hacerlo antes.

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