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Los jueces de Valencia serán flexibles para que se extraigan órganos de los 'cadáveres judiciales'

Los jueces de instrucción de Valencia autorizarán, desde hoy y con criterios "amplios y generosos", la extracción de órganos aptos para trasplantes procedentes de cadáveres judiciales' correspondientes a personas muertas por causas no naturales y sometidas, por tanto, a su jurisdicción. La decisión, tomada ayer por la Junta de Jueces, no es más que la aplicación estricta de la ley de extracción de órganos de 1979.

Tanto la ley como este acuerdo suponen que, sin permiso de sus familias, personas cuya muerte cerebral esté certificada se convertirán en donantes obligatorios si antes de morir no lo han prohibido expresamente.Por el momento, las extracciones se limitarán únicamente a córneas, médula ósea y riñones, únicos órganos para cuyo trasplante están preparados los hospitales valencianos en este momento.

Se prevé que en pocos meses la medida acordada se pueda extender también a corazones e hígados. Un primer cálculo realizado por los médicos responsables de extracciones y trasplantes de órganos en Valencia revela que con esta medida habrá, como poco, un 30% más de riñones disponibles para ser implantados en pacientes sometidos ahora a costosas hemodiálisis.

En Valencia, la ciudad sanitaria La Fe es el único centro debidamente autorizado para realizar trasplantes. El Hospital Clínico Universitario y el General solo pueden, por el momento, practicar extracciones. Hasta la fecha, La Fe ha llevado a cabo 108 trasplantes de riñón, sin un sólo caso de fracaso, y son unos 300 los enfermos en lista de espera, con un promedio de demora de unos dos años.

Millones de donantes

La ley preveía que la extracción de órganos en personas vivas requería el consentimiento previo del donante. Pero al mismo tiempo convertía a millones de españoles en donantes potenciales al establecer que las extracciones en fallecidos se podrán hacer cuando se compruebe, por dos veces, la existencia de datos que revelen la irreversibilidad de las lesiones cerebrales. Un decreto, promulgado el 22 de febrero de 1980, para desarrollar esta ley fijaba como única limitación a estas intervenciones que existiera oposición expresa del interesado, hecha constar por escrito, ante notario o en el registro de entrada del hospital cuando el enfermo sea internado. No obstante, ha sido habitual que la oposición de los familiares del difunto haya bastado para impedir la aplicación de la ley.Las medidas aprobadas lo han sido previa consulta de los jueces con los médicos forenses adscritos a la Audiencia Territorial de Valencia y con los tres centros hospitalarios citados.

El procedimiento acordado consiste en que los hospitales comunicarán de inmediato (por teléfono) al juez de guardia -o a aquel del que dependa el caso- la muerte cerebral del donante. Los jueces se comprometieron ayer a autorizar la extracción de los órganos aptos para trasplantes si no existe oposición expresa del fallecido, si no se obstaculiza la instrucción del sumario (para lo cual intervendrá un médico forense) y si está acreditada la defunción.

Aunque su opinión no sea vinculante, los familiares serán informados de las extracciones.

La Junta aprobó, también, actuar "con criterios amplios y generosos, habida cuenta de la voluntad del legislador y la enorme demanda social de órganos para trasplante".

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