Las industrias deberán hacer estudios de impacto ambiental
Las instalaciones industriales públicas o privadas con repercusión en el medio ambiente deberán, a partir de ahora, realizar un estudio previo de impacto ambiental, de acuerdo con un real decreto aprobado recientemente por el Consejo de Ministros. Esta medida obliga por primera vez en España a ciertas empresas y a la propia Administración a tener en cuenta la defensa del medio ambiente.
Mediante este real decreto, que pretende ser el instrumento previo a la ley básica del Medio Ambiente, todos aquellos proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de obras, instalaciones o de cualquier otra actividad deberán someterse a una evaluación previa de impacto ambiental.
Cada estudio estará abierto a la opinión pública y se tendrán en cuenta los efectos previsibles de los proyectos sobre la población, los recursos naturales y los ecosistemas en general. Esta normativa se aplicará plenamente a partir de los dos años de entrar en vigor.
La evaluación de impacto ambiental constituye una técnica generalizada en todos los países industrializados. Nuestro país se adapta mediante esta nueva norma a la directiva de la CE aprobada el 27 de junio de 1985. Fuentes de la dirección general del Medio Ambiente confían en que este real decreto facilite la aprobación de la ley básica de medio ambiente, cuyo anteproyecto de ley -presentado en 1984- tuvo que demorarse, debido, por una parte, a la transferencia de competencias a las comunidades autónomas y, por otra, al ingreso de España en la Comunidad Europea (CE).
Proyectos afectados
Los proyectos de obras o instalaciones afectados directamente por el decreto de evaluación del medio ambiente son de índole diferenciada. En el anexo del mismo se men cionan los siguientes: las refinerías de petróleo bruto e instalaciones de gasificación y licuefacción; las centrales térmicas y nucleares con una potencia térmica de al menos 300 megavatios; las instalaciones de almacenamiento o eliminación de residuos radiactivos y las plantas siderúrgicas integrales.El decreto afecta también a las instalaciones destinadas a la extracción, tratamiento y transformación de amianto; las instalaciones químicas integrales; la construcción de autopistas, autovías, líneas de ferrocarril y aeropuertos; los puertos comerciales y deportivos; las instalaciones de eliminación de residuos tóxicos y peligrosos; las grandes presas y embalses; las repoblaciones forestales, y la extracción de minerales a cielo abierto.
Una de las notas más características de los estudios de evaluación de impacto ambiental es que deberán ser sometidos a un período de información pública. El incumplimiento de esta normativa podrá dar lugar a la suspensión del proyecto. Asimismo se impondrán multas de hasta 50.000 pesetas para todos aquellos proyectos que comiencen a ejecutarse ilegalmente y produzcan alteraciones de la realidad física, de manera que su titular deberá restituir la misma en la forma que se disponga.
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