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La Audiencia de Bilbao anula las pruebas de 'euskera' para ingresar en la Administración

La Audiencia de Bilbao ha modificado su criterio anterior y ha dejado de considerar ajustada a derecho la inclusión de pruebas sobre conocimiento del euskera, aunque sean con carácter voluntario, en oposiciones o concursos para adjudicar plazas en la Administración pública. Este cambio de orientación jurídica se explica en una resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo por el hecho de que el Tribunal Supremo ha sentado ya jurisprudencia en un sentido contrario.

La Sala anula un acuerdo del Ayuntamiento de Bilbao del pasado 1 de julio por el que se aprobaron las bases para la provisión de seis plazas de inspectores de rentas y exacciones. Una de las bases establecía una prueba de carácter voluntario para comprobar el nivel de conocimiento de la lengua vasca de los aspirantes. La inclusión de este examen voluntario motivó un recurso del abogado del Estado, a instancias del gobernador civil, Iñaki López, que ha dado lugar a su anulación. El Ayuntamiento ha decidido variar su estrategia para que haya funcionarios bilingües y en próximas convocatorias puntuará el conocimiento tanto del euskera como del castellano.La Sala de la Audiencia de Bilbao argumenta que se han producido ya tres resoluciones del Tribunal Supremo sobre casos similares por recursos contra fallos anteriores de las audiencias de Bilbao y Pamplona. En los tres casos, el fallo ha anulado los de las audiencias y ha estimado que las pruebas sobre conocimiento de Ja lengua vasca, aun con carácter voluntario, son contrarias al principio de igualdad establecido en el artículo 14 de la Constitución española, al conceder una determinada puntuación al aspirante que habla euskera frente al que domina el castellano, cuando las dos lenguas son oficiales en la comunidad autónoma.

Las resoluciones anteriores de la Audiencia de Bilbao que dieron por buenas las convocatorias de oposiciones en las que se incluían pruebas de euskera se basaron en el carácter voluntario de éstas y en la moderación de las puntuaciones que se otorgaban sobre la del conjunto de los ejercicios, El Ayuntamiento de Bilbao concedía al examen de euskera una puntuación máxima equivalente al 10% de la puntuación total que el aspirante a rada plaza podía obtener en las restantes pruebas.

Sin embargo, la Audiencia de Bilbao ha decidido variar su criterio anterior porque considera que la existencia de tres fallos del Tribunal Supremo en el mismo sentido y basados en idéntica doctrina bastan para considerar que ha sentado jurisprudencia sobre la materia.

Cambio de estrategia

A la vista del criterio del Tribunal Supremo y de que el Tribunal Constitucional denegó el amparo solicitado por el Ayuntamiento tras el primer fallo que anulaba una convocatoria de plazas, la corporación bilbaína ha decidido ensayar una estrategia nueva, que consiste en comprobar el conocimiento de cada una de las dos lenguas oficiales de la comunidad autónoma de los aspirantes que deseen mejorar su puntuación. A cada uno de los exámenes voluntarios de castellano y euskera se le otorgará una puntuación máxima equivalente al 10% de la puntuación más alta que pueda obtenerse en el conjunto de los restantes ejercicios.Este criterio, que todavía no se ha aplicado en ninguna ocasión, fue establecido en una sesión plenaria con el voto favorable del PNV, Herri Batasuna y Euskadiko Ezkerra, que cuentan en total con 16 concejales, y con la oposición del Partido Socialista de Euskadi (PSE-PSOE) y Coalición Popular, que suman 13.

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