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SANIDAD

El Gobierno requiere a la Generalitat para que modifique el decreto de incompatibilidades

Milagros Pérez Oliva

El Gobierno ha enviado a la Generalitat de Cataluña un requerimiento para que modifique el decreto que regula las incompatibilidades médicas, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat el día 4 de diciembre pasado. Según el Gobierno, el decreto vulnera varios apartados de la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración, que tiene rango de ley de bases. Según un portavoz oficial del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, la Generalitat no piensa modificar el texto del decreto aprobado.

A pesar de esta afirmación, el mismo portavoz aseguró que el requerimiento está siendo negociado con representantes del ministerio de la Presidencia.

El Gobierno adoptó la decisión de recurrir el decreto de incompatibilidades en el Consejo de Ministros celebrado el 27 de diciembre pasado. La fórmula jurídica utilizada es la de un requerimiento de incompetencia al Consell Executiu de la Generalitat para que modifique los puntos inconstitucionales. En caso de que la Generalitat no satisfaga esas exigencias, el acuerdo del Gobierno incluye, como acción subsidiaria, el planteamiento de un conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional. La aprobación del requerimiento no paraliza la ejecución del decreto de la Generalitat, que fija el 24 de marzo como fecha límite para la presentación de la declaración de incompatibilidad.

Inconstitucionalidad

El decreto firmado por el conseller Josep Laporte es inconstitucional, según el Gobierno, por permitir simultanear un puesto docente y otro sanitario sin las restricciones fijadas en la ley, por admitir como compatible con otro empleo en el sector público sanitario el que realizan los médicos de la asistencia primaria y por tolerar que un médico pueda atender en la consulta privada a pacientes del cupo público de asistencia primaria, entre otras cuestiones.Por otra parte, según el Gobierno, el artículo 4 del decreto de la Generalitat "establece con carácter general la posibilidad de que el personal sanitario pueda compatibilizar su puesto de trabajo asistencial con otro de carácter docente", lo que concuerda con la normativa básica, pero la norma catalana "omite que ambos puestos deben estar dentro del área de especialidad del Departamento Universitario en el que se desempeñan los servicios, exigencia expresamente contemplada en la ley".

Además, según el requerimiento del Gobierno, "el decreto de la Generalitat establece sin el más mínimo fundamento que la actividad docente del profesorado de las facultades de Medicina y Farmacia y las escuelas universitarias de Enfermería y la actividad asistencial de los mismos en los centros hospitalarios de la universidad o concertados con ella constituyen un solo puesto de trabajo". La ley básica de Incompatibilidades los contempla como dos puestos de trabajo públicos, aunque no deben solicitar compatibilidad hasta que se regule la función de los hospitales universitarios.

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