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Un real decreto fomenta la inversión en obras de arte y limita su exportación

El Boletín Oficial del Estado publicó ayer un real decreto que recoge diversas medidas encaminadas al fomento en la inversión, donación y restauración de bienes de interés cultural, y que desarrolla también la legislación referente a la exportación de obras de arte, entre otras cuestiones.Según el real decreto, invertir en la adquisición de bienes de interés cultural dará derecho a una deducción del 20% del valor del bien en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

También se podrá deducir el 20% de lo invertido en la conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de estos bienes. El caso de las donaciones tiene una exención fiscal similar.

El contribuyente que pretenga pagar el impuesto de sucesiones, el del patrimonio o el de la renta mediante entrega de bienes integrantes del patrimonio histórico español que estén inscritos en el registro general de bienes de interés cultural, o en el inventario general, solicitará por escrito a la junta de calificación, valoración y exportación de bienes del patrimonio español la valoración del bien.

El decreto establece para los particulares un amnistía fiscal en el caso de que éstos declaren antes del 19 de julio de este año la posesión de los bienes muebles del patrimonio histórico. El Estado se obliga mediante este decreto a fomentar la restauración de bienes del patrimonio, desviando para ello el 1% del presupuesto de todas las obras públicas que realice, aunque sólo participe de forma parcial. Sin embargo, se exceptúan las obras públicas cuyo presupuesto no exceda los 100 millones de pesetas, las que afecten a la seguridad y defensa del estado, y las relativas a la seguridad de los servicios públicos.

Uno de los apartados de este real decreto se dedica a la exportación de obras de arte. "Requiere permiso expreso y previo del Ministerio de Cultura", dice uno de sus artículos, "la exportación, incluso de carácter temporal, de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español con 100 o más años de antigüedad o que estén incluidos en el Inventario General o tengan incoado expediente para su inclusión".

El real decreto regula la organización y funcionamiento de los órganos colegiados de los que hablaba la ley del Patrimonio, como la Junta de Calificación, Valoración y Exportación. Este organismo, ya existente antes de publicarse la ley, es el que debe autorizar o desautorizar la exportación de obras de arte.

Este dictamen es el que, según aseguran en el Ministerio de Cultura, nunca solicitó nadie para el lienzo de Goya La marquesa de Santa Cruz. Esta misma junta es la que tendrá que dictaminar el valor y la conveniencia de admitir una obra perteneciente al patrimonio como pago de la deuda tributaria del impuesto de sucesiones, del impuesto sobre el patrimonio o del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Novedad de este Real Decreto 111/ 1986 es la creación del Grupo de Investigación para la Protección del Patrimonio Histórico Español que, como brigada especial, quedará adscrito a la Comisaría General de Policía Judicial.

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