El proyecto de ley de Propiedad Intelectual reconoce el derecho moral de autor y el control de tirada
El proyecto de ley de Propiedad Intelectual, aprobado ayer por el Consejo de Ministros, reconoce el derecho moral de autor, establece las bases para un efectivo control de tirada, reduce a 60 años los derechos morales causa, suprime la exigencia de inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual y suprime también el régimen de monopolio legal y de afiliación obligatoria a la Sociedad General de Autores de España (SGAE). El proyecto de ley fue bien acogido por la Federación de Editores de España y por la SGAE, al quedar delimitadas las reglas del juego en el sector.
Teddy Bautista, vicepresidente de la SGAE, opina que el nuevo texto es progresista, "pues apuesta por los creadores". Así, se reconoce a los autores el llamado derecho moral, lo que les permitirá decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma; exigir el reconocimiento de su autoría o el respeto a la integridad. Ésta fue una batalla en la que fue pionero el escultor Pablo Serrano, por lo que "se puede considerar, un triunfo póstumo suyo", según Bautista. La sentencia del contencioso protagonizado por el escultor está a punto de ser dictada.El proyecto de ley reconoce a los autores de obras plásticas el derecho a percibir una participación en las sucesivas transacciones comerciales de sus obras, lo que se conoce como droit de suite. Antonio Delgado, asesor de la SGAE en la redacción de las propuestas para el anteproyecto, comentó, que este droit de suite está vigente en los países de la Comunidad Económica Europea (C EE).
Según todas las fuentes consultadas, una de las principales novedades es la nueva imposición de tasas a los mecanismos reproductores para copias personales de libros, discos y películas, como fotocopiadoras, cintas de magnetófonos y cintas de vídeo. Los beneficios así obtenidos serán distribuidos entre artistas, productores y difusores, para compensarles de las pérdidas por la reproducción ilegal de sus productos, que ha perjudicado seriamente, por ejemplo, a la industria discográfica.
Contrato tipo
El proyecto de ley prevé un contrato tipo de edición, así como la futura regulación para un efectivo control de la tirada. Esta medida favorece mucho los derechos del autor, a juicio de Milagros del Corral, secretaria general de la Asociación de Editores de Madrid, de la Federación de Gremios de Editores de España. A los editores preocupa, dijo Milagros del Corral, el hecho de que este contrato tipo excluya la posibilidad de operaciones comerciales vigentes en el sector, y en el extranjero, como la posible compra definitiva de derechos de autor.
Se regula también el contrato de representación de obras musicales y dramáticas y se prevé un régimen jurídico particular para el caso de las obras que aplican tecnologías modernas, como las audiovisuales y los programas de ordenador; estos programas de ordenador son incluidos por primera vez en una ley de este tipo.
Derechos de los herederos
Los derechos de explotación transmisibles mortis causa a los herederos quedan reducidos en el proyecto de ley a 60 años. En la vigente ley de Propiedad Intelectual el plazo es de 80 años, uno de los más altos del mundo.
Éste ha sido uno de los puntos conflictivos del nuevo texto -el anteproyecto llevado al consejo hablaba de 50 años-, pues enfrenta dos filosofías distintas. Los representantes de los autores han defendido vehementemente la necesidad de no rebajar el plazo de los 80 años. Teddy Bautista, por ejemplo, señaló que estaría dispuesto a rebajar drásticamente el plazo si hubiera garantías de que el monto de los actuales derechos de autor fuera destinado a la cultura o dominio público de pago.
Milagros del Corral señaló que el precio de un libro tiende a bajar cuando el editor ya no ha de pagar derechos de autor, pero los portavoces de la SGAE se mostraron escépticos al respecto. Milagros del Corral consideró "incluso una aberración jurídica" la opción del llamado "dominio público de pago", y añadió que es opción poco práctica,- pues el dinero así recaudado -ahora en los países socialistas y en Italia, con una legislación del tiempo de Mussolini- es poco significativo para emprender programas sociales.
Los herederos de Federico García Lorca y Ramón María del Valle-Inclán, a veces criticados por su gestión en la explotación de las obras de ambos escritores, seguirán detentando sus derechos durante 11 y 12 años más, respectivamente, en caso de que el texto sea aprobado por el Parlamento.
Otra innovación destacada del proyecto, es la protección legal, por primera vez, en España, de los derechos de otros protagonistas de la vida culturá que no son autores, como son los artistas, intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas o de obras audiovisuales y entidades de radiodifusión. Para hacer eficaz el recónocimientb de estos derechos, el proyecto prevé, además, unas medidas procesales, entre las que destacan las de carácter cautelar y urgente frente a las defraudaciones.
La gravedad de las infracciones contra la ley son de tres tipos, según informó Milagros del Corral, que precisó no haber leído el texto aprobado por el Gobierno, pero conocer bien el anteproyecto. Los quebrantos de lo previsto en el tercer nivel supondrán, en determinadas circunstancias, penas de cárcel por primera vez en la historia española, y no serán los responsables de la Administración los encargados de velar por el cumplimiento de la ley, sino directamente los jueces. Este cambio en la consideración de las infracciones tiene una gran importancia, a juicio de Del Corral, quien piensa que "no hay mucha conciencia popular sobre la gravedad de la defraudación intelectual".
Antonio Delgado, asesor de la SGAE, consideró ayer -sin conocer el texto definitivo aprobado- que la principal novedad es la regulación del derecho moral del creador, lo que sitúa la ley en una perspectiva muy progresista.
Según el anteproyecto, se termina con la obligatoriedad del Registro de la Propiedad Intelectual, que probablemente liga siendo utilizado como prueba en casos de contencioso, en opinión de Milagros del Corral, pero que como requisito obligatorio era obsoleto e incluso favorecía a los autores extranjeros, eximidos de él.
Uno de los aspectos de más difícil delimitación y aplicación de la ley, a juicio de los expertos, es el de la propiedad intelectual para obras de creción colectiva, o creaciones producto de una relación laboral, concepto éste distinto del contrato de edición.
Anteproyecto en Barcelona
El Colegio de Abogados de Barcelona remitió en su día al Gobierno un estudio técnico en forma de anteproyecto sobre la cuestión de los derechos de autor, resultado de dos años de trabajo voluntario die un grupo de abogados especialistas, informa Jacinto Antón.
Según Pablo Miserachs, secretario de la Asociación Literaria y Artística para la Defensa de los Derechos de Autor en España, "salga lo que salga (en la nueva ley), resultará una puesta al día clarificadora.
Babelia
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