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TRIBUNALES

El fiscal acusa de homicidio a Alfonso de Borbón por el accidente que costó la vida a su hijo Francisco

El fiscal de la causa seguida contra Alfonso de Borbón, duque de Cádiz, a consecuencia del accidente de tráfico ocurrido en Cintruénigo (Navarra) el 5 de febrero de 1984, a raíz del cual falleció, dos días después, su hijo Francisco, ha considerado los hechos como constitutivos de un delito de homicidio, lesiones graves y daños por imprudencia. Por tanto, solicita que Alfonso de Borbón sea condenado a 10 meses de prisión menor y privación de¡ permiso de conducir durante 18 meses. La acusación privada mantiene la misma petición que el fiscal, mientras que la defensa solicita que sea absuelto.

En las conclusiones remitidas por el fiscal al Juzgado de Tudela, que ha instruido la causa, señala que el procesado Alonso de Borbón conducía, sobre las ocho de la noche del 5 de febrero de 1984, el turismo de su propiedad, un Citröen CX-GTI, por la carretera que enlaza la autopista A-15 con la C-101, de Guadalajara a Tafalla (Navarra), en la que existen varias señales que indican la proximidad de un cruce donde el automóvil del procesado debía haberse detenido.Para el fiscal, el accidente se produjo por circular el acusado "a excesiva velocidad y completamente distraído, haciendo caso omiso de la profusa señalización descrita". De este modo, el automóvil de Alfonso de Borbón "irrumpió en la calzada preferente sin detener su marcha y sin apercibirse de que por la misma y en dirección a Tafalla circulaba el camión Pegaso, SO-4808-13, cargado con 23.000 kilos de blanco España, conducido por Ángel Alcalde García, en cuya trayectoria se interpuso el acusado colisionando casi frontalmente".

La colisión resultó tan violenta, según el informe fiscal, que el camión fue despedido de la carretera y quedó detenido en una alcantarilla 50 metros más adelante, mientras que el Citroën de Alfonso de Borbón salió desplazado 35 metros en sentido contrario al que llevaba.

A consecuencia del accidente falleció dos días después en el hospital de Navarra, en Pamplona, el niño de 11 años Francisco de Borbón y Martínez Bordiú, mientras que el otro hijo de Alfonso de Borbón, Luis Alfonso, de nueve años, tuvo lesiones de las que tardó en recuperarse 150 días.

La señorita que cuidaba de los hijos de Alfonso de Borbón, Manuela Sánchez, Prats, sufrió graves lesiones, de las que no se ha recuperado todavía, lo mismo que el propio Alfonso de Borbón.

Delito de homicidio

Estos hechos, según el fiscal, son constitutivos de un delito de homicidio, lesiones graves y daños por imprudencia, del que es responsable Alfonso de Borbón.En consecuencia, el ministerio fiscal solicita para éste 10 meses de prisión y privación del permiso de conducir vehículos de motor por espacio de un año y medio.

En cuanto a las indemnizaciones, el ministerio fiscal considera que Alfonso de Borbón deberá indemnizar a la madre, su ex esposa, Carmen Martínez Bordiú, con un millón de pesetas; a su hijo Luis Alfonso, con 1.300.000 pesetas; a Ángel Alcalde García, con 24.000 pesetas por sus lesiones, y al propietario del camión con el que chocó, Antonio Carlos Escobedo, con 3.095.966 por los gastos derivados de arreglar el vehículo, y 153.720 por diversos gastos justificados.

Ángel Alcalde deberá justificar los días que el vehículo estuvo parado, que fueron 149 (su abogado considera que por los 149 días debe percibir de Alfonso de Borbón 1.869.056 pesetas).

El escrito del fiscal indica que la madre del fallecido, María del Carmen Martínez Bordiú, "ha renunciado a la indemnización que pudiera corresponderle* por la muerte del mismo, manifestando haberle sido satisfecha por la compañía aseguradora del turismo". Manuela Sánchez también ha renunciado, en acta notarial, a la indemnización que pudiera corresponderle.

El fiscal también solicita que el procesado, o su compañía aseguradora, deposite una fianza, o se le embarguen bienes suficientes, por un total de siete millones de pesetas.

Señalizado inadecuadamente

Además, la compañía aseguradora del vehículo de Alfonso de Borbón, Mutua Madrileña Automovilística, debe hacer frente, según el fiscal, al pago de las indemnizaciones a que está obligada en virtud de las pólizas de seguro concertadas por el procesado, por lo que deberá aportar en el juzgado la cantidad de seis millones de pesetas.La defensa de Alfonso de Borbón mantiene, en primer término, que el tramo en el que se produjo el accidente "se encontraba señalizado inadecuadamente".

Esta afirmación está hecha basándose en que el ramal de la autopista existía "una limitación de velocidad de 80 kilómetros por hora; 84 metros más adelante, otra limitación a 60; 68,80 metros después, un Stop; a 27,50 metros, un indicador de atención a carretera preferente; 102,50 metros, señal de giro prohibido a la derecha, y 23,50 metros otro indicador de Stop desde el cual a la carretera C-101 existía una distancia de 15,60 metros".

Limitaciones indicadas

Para los abogados de Alfonso de Borbón, éste se ajustó "a las limitaciones indicadas, dentro de la irregularidad de parte de las mismas, y asomó ligeramente su automóvil a la carretera C-101, que discurre de Guadalajara a Tafalla. Es de notar que en esa confluencia la visibilidad del conductor que procede de la autopista es reducidísima, en cuanto no es fácil advertir los vehículos que discurren por la carretera C-101". Según esta versión de los hechos, el camión que circulaba por la C-101, cargado con 23.000 kilos de blanco España (material para las juntas de azulejos), lo hacía a una velocidad "muy superior" a los 60 kilómetros por hora que es preceptivo.Además, la defensa estima que en la confluencia del ramal de la autopista con la C-101, donde se produjo el accidente, "existen una serie de matas que hacen difícil apreciar la existencia de vehículos que, procedentes de la izquierda de la carretera por la que venía el duque de Cádiz, pudieran ser advertidos". En estas circunstancias se produjo el accidente, según la defensa, que fue un choque lateral -"nunca frontal"- contra la rueda delantera derecha del camión Pegaso.

En consecuencia, los hechos descritos no constituyen para los abogados defensores de Alfonso de Borbón delito alguno, y tampoco "existe responsabilidad ninguna en los hechos ocurridos, al menos desde el punto de vista penal".

Por tanto, alegan que Alfonso de Borbón debe ser absuelto con todos los pronunciamientos favorables.

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