La acción popular, incorporada al texto aprobado de la ley del Patrimonio Histórico Español
La ley del Patrimonio Histórico Español ya ha sido debatida en el Senado y ratificada el martes por el Congreso. Pendiente sólo de la sanción real, esta ley, la única realizada hasta ahora por el Ministerio de Cultura de Javier Solana, entrará en vigor en breve. La ley, sorteando largos debates parlamentarios y un veto a la totalidad, ha sido aprobada con el beneplácito de la oposición. El Senado, que no aceptó ninguna de las enmiendas del Grupo Popular, ha introducido como novedad destacada la acción popular en defensa del patrimonio.
El Senado ha modificado cerca del 50% de los artículos de la Ley del Patrimonio Histórico Español, a pesar de los cual el Congreso ratificó inmediatamente el martes pasado el nuevo texto remitido por los senadores. Tanto el PSOE como el Grupo Popular se manifiestan satisfechos del resultado.Para Miguel Satrústegui, secretario general técnico del Ministerio de Cultura, la ley ha mantenido sus líneas políticas generales. Para el Grupo Popular el texto ha mejorado tanto en el Congreso, como en el Senado, donde se han hecho muchas precisiones de carácter técnico.
"El Senado no ha aceptado ninguna de las enmiendas presentadas por nosotros", dice un miembro del gabinete jurídico del Grupo Popular, "pero muchas de las del PSOE eran iguales a las nuestras, además de que ha habido cinco enmiendas transaccionales". Este mismo portavoz destacó como una de las más importante enmiendas introducidas por el Senado la que se refiere al artículo 29, en el que se declara que cualquier bien mueble exportado sin la autorización requerida será considerado como perteneciente al Patrimonio Histórico Español.
Tanto Miguel Satrústegui como Bernardo Bayona, portavoz socialista de la Comisión de Educación y Cultura del Senado, han destacado como importante novedad la introducción de la acción popular en defensa del patrimonio que recoge el artículo 8.
Otra de las novedades introducidas por el Senado y destacadas por Satrústegui y Bayona se refiere a las disposiciones transitorias encaminadas a favorecer la declaración por parte de los particulares que posean Bienes de Interés Cultural (BIC). Una de las disposiciones otorga el plazo de un año "para comunicar la existencia de dichos bienes a la Administración competente. En tal caso, la citada comunicación determinará la exención, en relación a tales bienes, de cualesquiera impuestos gravámenes no satisfechos con anterioridad, así como de toda responsabilidad frente a la Hacienda Pública o los restantes órganos de la Administración por incumplimientos, sanciones, recargos o intereses de demora".
Con respecto a las exenciones fiscales, según Bayona, el Senado también ha introducido un nuevo punto en el artículo 69 que suaviza un poco el tema para los particulares. La actualización de los bienes ya declarados por los propietarios es otra modificación del Senado que procura que aquéllos que estaban en situación legal sufran cargas fiscales negativas. Medidas que Satrústegui califica como una "mayor receptividad del Estado para con los particulares".
El proyecto de ley que Cultura envió al Gobierno, a finales de 1983, y que fue debatido en el Congreso de los Diputados y en el Senado, fue criticado por la oposición y por instituciones privadas de ser excesivamente intervencionista. El Grupo Popular, a pesar de afirmar que la ley ahora aprobada está "bastante consensuada", sigue opinando que ésta permite cierta inoperancia administrativa frente a las exigencias impuestas a los particulares y que el texto aprobado continúa siendo discriminatorio para con la Iglesia Católica.
Babelia
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