El Ejecutivo negocia en secreto con UGT el decreto de reforma de la Seguridad Social
El Gobierno ha negociado con UGT, y sin que la CEOE lo supiera, el proyecto de decreto sobre reforma de pensiones. El citado proyecto propone un período de cálculo de ocho años y establece que sólo se tendrá derecho a pensión si se han cotizado 15 años, y si tres de ellos están comprendidos entre los 10 inmediatos al momento de pasar a la situación de pensionista. El nuevo sistema rebaja la pensión, con cálculos actuales, entre un 8,37% y un 11,66%. En el caso de que la pensión fuera por invalidez permanente por causa de accidente no laboral se exigirá un período de cotización de cinco años.
El Gobierno ha negociado en solitario con la UGT un proyecto de decreto para reformar el sistema de pensiones de la Seguridad Social, al margen de las reuniones oficiales que ha venido manteniendo la comisión de reforma de la Seguridad Social creada en el Acuerdo Económico y Social (AES). El contenido del proyecto ha causado un fuerte malestar en círculos del sindicato que estiman que con la propuesta se traicionan muchos de los objetivos socialistas.A pesar de reconocer que, en principio, las medidas no son tan duras como se temieron en un principio, los citados medios consideran inaceptable las propuestas del Gobierno. La CEOE, que según algunas fuentes, tiene conocimiento del decreto, no se ha dado oficialmente por enterada y prefiere que la cuestión se dirima entre el Ministerio de Trabajo y el sindicato socialista. Fuentes de esta organización subrayaron ayer que "no conocemos el decreto, aunque hemos oído que hay un proyecto. Y desde luego, lo que sí podemos asegurar es que en la comisión de reforma de la Seguridad Social no se ha tratado el tema".
De acuerdo con otras versiones, el Gobierno no habría querido poner sobre la mesa el texto articulado del proyecto de real decreto ley hasta no conseguir el placet de UGT. La central socialista, sin embargo, no parece dispuesta a soltar su sí a la propuesta gubernamental. Y, por el contrario, se ha detectado un recrudecimiento de las tensiones entre el sindicato y el Gobierno con motivo de las negociaciones.
El real decreto consta de cinco artículos, dos disposiciones adicionales, dos transitorias y dos finales. Con el texto se adjuntan unos cuadros, explicando las diferencias de pensiones entre el sistema actual y el que se propone. De acuerdo con los citados cuadros, las pensiones máximas y mínimas verán rebajadas su cuantía en un 11,66%, y las medias en un 8,37%.
El período mínimo de cotización que se exigirá para tener derecho a pensión de jubilación será de 15 años, de los que, al menos tres, habrán de estar comprendidos entre los 10 inmediatos al momento de pasar a la jubilación. Para las pensiones de invalidez permanente derivadas de enfermedad común, cuando el sujeto cuente con 21 o más años, se exigirá un período de cotización igual a tres octavos del tiempo transcurrido entre los 20 años de edad y el día en que se produjo la baja, con un mínimo de cinco años y un máximo de 15 años.
Desaparecen prestaciones
El cálculo de las pensiones, de prosperar el proyecto, sufrirá nuevas modificaciones que harán rebajar su cuantía. La base reguladora de las pensiones de jubilación e invalidez se obtendrá de dividir por 112 las bases de cotización del interesado en los ocho años anteriores a su jubilación. El cómputo se hará en su valor nominal en los últimos dos años, y en el resto, actualizándolos de acuerdo con el índice de precios al consumo que corresponda.En los ejemplos que se acompañan al texto del proyecto, con unas bases máximas que hoy darían derecho a una pensión de 181.228 pesetas, se reduciría con la propuesta del Gobierno a poco más de 160.000. Las bases mínimas darían hoy derecho a una pensión de 34.127, pero la reducirían a 30.148 pesetas con el cálculo que se propone.
El Gobierno propone además la desaparición de las prestaciones de auxilio por defunción, la indemnización a tanto alzado en caso de muerte derivada de accidente de trabajo o, enfermedad profesional, las prestaciones familiares de pago único (nacimiento de hijo y matrimonio), las indemnizaciones a tanto alzado en caso de lesiones permanente no invalidantes por accidente de trabajo o enfermedad profesional y las prestaciones por invalidez permanente en el grado de incapacidad permanente paracial para el desarrollo de la profesión habitual.
Se propone la revalorización automática de las pensiones y la desaparición de los regímenes especiales de ferroviarios, artistas, toreros, representantes de comercio, escritores de libros y futbolistas.
En el caso de aquellos trabajadores que cumplan todos los requisitos para reclamar pensión y no lo hayan ejercitado, podrán acogerse al sistema anterior. Y aquellas personas que tengan cumplidos 60 o más años en el momento de entrar en vigor el real decreto ley, se les considerará un período de cotización igual a la suma del período mínimo exigido en la legislación anterior (10 años) y del tiempo que le reste para cumplir los 65 años.
Con ello, parece resolverse el problema de los trabajadores en activo que cumplirán 10 años de cotización en el momento de cumplir sus 65 años de edad.
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