Ganaderos y ayuntamientos se oponen a la ley de la Cuenca Alta del Manzanares, que consideran 'confíscatoria'
Organizaciones ecologistas, partidos de oposición en la Asamblea regional (PCE y Coalición Popular), ayuntamientos, ganaderos de la sierra de Guadarrama y de Colmenar Viejo -que consideran el proyecto confiscatorio-, se han opuesto, por motivos diferentes, a la ley que creará un parque regional en la cuenca alta del Manzanares, actualmente en tramitación parlamentaria. El proyecto garantiza la protección ambiental y la ordenación urbanística y productiva de 34.000 hectáreas al norte del monte de El Pardo, que conforman un patrimonio ecológico y paisajístico de primer orden.
El proyecto de ley del parque regional fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en mayo del pasado año, y ya suscitó una serie de críticas debido a que en un principio se quiso configurar como ley de protección del monte de El Pardo y su entorno, pero acabó reducido a los límites actuales, que sólo garantizan la protección del entorno del monte de El Pardo. El monte propiamente dicho queda adscrito, como hasta ahora, a la Administración del Patrimonio Nacional.La actual redacción del proyecto de creación del parque regional de la cuenca alta del Manzanares contempla la división del territorio en diferentes zonas, en base a su valor ecológico y a su utilización como soporte de actividades agropecuarias o educativas. El territorio se divide, fundamentalmente, en dos tipos de áreas: las reservas naturales, en las que la prohibición de construir viviendas o instalar industrias de cualquier tipo es total, y el denominado parque comarcal agropecuario.
Las reservas naturales se subdividen a su vez en dos clases. En primer lugar, una reserva natural integral, a la que pertenecen el parque natural de La Pedriza y el área situada al norte del monte de El Pardo, cuyos valores paisajísticos y de fauna y flora son de tal importancia en Europa que se les otorga la máxima protección y no se permite ninguna actividad que altere el hábitat de sus especies animales o vegetales. En segundo lugar, están previstas zonas calificadas de reserva natural educativa -situadas al norte de La Pedriza, del Soto de Viñuelas y del término municipal de Hoyo de Manzanares-, que gozan de la misma protección pero se consideran aptas para el desarrollo de actividades culturales y educativas.
El parque comarcal agropecuario permite, y fomenta, según los responsables del Gobierno regional, las actividades ganaderas, agrícolas, forestales y silvícolas, precisamente porque aseguran la presencia estable de la población en la zona y desvían la atención de sus habitantes de la venta de terrenos con fines de construcción de viviendas.
La oposición más fuerte que ha originado el proyecto de ley proviene de los ayuntamientos y de los ganaderos. Los ayuntamientos de Hoyo de Manzanares, Manzanares el Real, Soto del Real y Moralzarzal han aprobado mociones pidiendo que el proyecto sea retirado y que se estudie de nuevo. La misma posición han adoptado los ganaderos de Hoyo y Colmenar Viejo. Más de 3.000 vecinos de esta última localidad entregaron al Gobierno regional un escrito solicitando la retirada del proyecto y la redacción de otro en el que participen las partes afectadas. Ayuntamientos y ganaderos califican la ley de confiscatoria, porque el régimen jurídico que regirá el futuro parque establece la posibilidad de expropiar los terrenos que el patronato -órgano encargado de la administración del mismo- estime necesarios.
Los ganaderos protestan porque entienden, al margen de la consideración anterior, que el proyecto impone demasiadas limitaciones al ejercicio de su actividad tradicional, hasta el punto de que, dicen, en su actual redacción no permite la construcción de edificaciones que les resultan imprescindibles, como almacenes para forraje, instalaciones de ganadería intensiva y otros.
Los ayuntamientos consideran que el proyecto invade las competencias municipales, al establecer pautas muy restrictivas a la construcción de viviendas en los respectivos términos municipales, que sólo podrá realizarse con permiso expreso del patronato. En el interior de los cascos urbanos y en los terrenos ya calificados como urbanizables, los ayuntamientos conservan su competencia, aunque con límites, como el de tres plantas de altura máxima.
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