_
_
_
_
NUEVO IMPUESTO REGIONAL

Dudas en Hacienda sobre la aprobación de una ley que regule los recargos

, El recargo del 3% en el impuesto sobre la renta, cuyo debate inició ayer la Comunidad Autónoma de Madrid, no será deducible de los ingresos anuales que declare cada contribuyente al fisco, según fuentes oficiales del Ministerio de Economía y Hacienda. Este departamento, aunque parte de ese principio y ha admitido el derecho de la autonomía a implantar el recargo, informó ayer que no ha decidido todavía si procede o no regular dicho carácter mediante una norma estatal. Aumenta así la confusión sobre el asunto. Otras fuentes, próximas al ministro Miguel Boyer, dijeron que sigue "el tira y afloja".

Más información
Ya lo habían advertido

Entre las críticas iniciales al proyecto de ley por parte del Ministerio de Hacienda y de la Oficina de Coordinadición Legislativa del PSOE destacaba la eventualidad de que su deducción del IRPF disminuyera los ingresos del Estado, si algún contribuyente conseguía la anulación del artículo 9 -en el que se establecía el carácter no deducible- alegando que entra en competencias estatales. La plasmación de esta crítica en respectivos documentos fue expresiva, según medios no oficiales, de que faltaba apoyo unánime tanto en el PSOE como en el ministerio al proyecto.Con la contestación surgida desde todos los partidos de oposición y en los medios informativos, algunos de los apoyos iniciales se han resquebrajado.

Para ninguna de las partes implicadas formalmente en el asunto (Gobierno regional, Ayuntamiento de Madrid y Ministerio de Economía y Hacienda) estuvo nunca en cuestión que el recargo fuera a ser deducible. Pero el Ministerio de Economía y Hacienda, al que corresponde aclarar el asunto o pro poner que lo aclare el Gobierno mediante decreto o proyecto de ley, todavía no se ha pronunciado al respecto.

La legalidad de la medida autonómica depende -entre otros aspectos que intentan subsanar las 16 enmiendas negociadas para su incorporación por el Grupo Socialista en la Asamblea madrileña- de que no suponga disminución para los ingresos del Estado. Así lo establece en su artículo 12, desde 1980, la ley orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y así lo recogía el proyecto inicial de la autonomía de Madrid, luego censurado por pretender aclarar algo que desborda las competencias autonómicas.

El informe que originó las enmiendas procedió del propio Ministerio de Economía y Hacienda, la Dirección de Coordinación con las Haciendas Territoriales. La nota emitida por el ministerio el pasado jueves se limitaba a respaldar "jurídicamente" el proyecto en su nueva versión.

Redistribución y equidad

Entretanto, y dado el rechazo político, incluso quienes en Hacienda calificaron el proyecto de atractivo y sensato (porque proporcionaría ingresos a cualquier autonomía descentralizaría la responsabilidad fiscal, se basaría en un impuesto con escasos gastos de gestión para el recargo y potencialidad progresiva y recaudatoria) han profundizado sobre inconvenientes técnicos y problemas de equidad.

Uno de los principales problemas considerados estriba en que la facultad redistributiva por el lado de los ingresos debe ejercerse desde el Estado. El otro, en que el gravamen carecería de equidad cuando las rentas empresariales aún pueden decidir su base imponible: como su capacidad de evasión es muy superior a las rentas del trabajo (controladas en más del 80%), pueden descontarse la nueva carga con un aumento del fraude, en perjuicio de la Comunidad Autónoma y del Estado.

En este contexto, fuentes allegadas al ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer, apuntaron ayer que "sigue el tira y afloja" con la comunidad sobre si se implanta desde 1984 (pagadero con la declaración próxima de renta) o en 1985 (pagadero en 1986). Por otra parte, el alto cargo que informó en su día a este periódico sobre el aplazamiento de la aplicación de la medida a 1985, cuando la comunidad daba la fecha de 1984, no ha desmentido la noticia, ante cuya publicación la comunidad respondió que se aplazaría sólo en caso de que Hacienda anticipara el dinero correspondiente (unos 9.000 millones de pesetas).

Posteriormente, el Gobierno regional, al no facilitarle Hacienda ese anticipo, anunció que el recargo se aplicaría sobre el ejercicio fiscal de 1984.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_