La reforma del sistema de clases pasivas
El capítulo 14 del proyecto de ley. de Presupuestos plantea la reforma del sistema de clases pasivas, porque la existencia de un sistema de pensiones específico para los funcionarios del Estado, de la Administración de justicia y de otras instituciones, "radicalmente distinto e incomunicado con el sistema general de la Seguridad Social, constituye un anacronismo que únicamente puede ser explicado por razones históricas".Con un presupuesto en 1984 de 327.000 millones de pesetas, 550.000 pensionistas y cerca de 700.000 funcionarios en activo afiliados, el sistema de clases pasivas representa en términos económicos sólo una quinta parte del de la Seguridad Social, razón por la que el Gobierno se inclina a un acercamiento hacia este sistema general.
El sistema de clases pasivas, regulado por una dispersa normativa, goza de un razonable equilibrio financiero, dado que las cotizaciones soportan el 85% de las pensiones. Sin embargo, genera fuertes desigualdades en las prestaciones de colectivos diferentes, reconoce una pensión similar al funcionario con nueve años de servicio que al que cuenta con 40, y no tiene en cuenta la historia profesional del funcionario.
El cálculo de la futura pensión se hará en base a un "haber regulador" -cuya cuantía fijará anualmente la ley de Presupuestos-, un coeficiente en función de los años de servicio. La revalorización se establecerá anualmente, aunque se tenderá a que aumente a la par que las retribuciones básicas de los funcionarios.
Asimismo se establece un sistema de incompatibilidades para las pensiones familiares y se equiparan las pensiones que deriven de la muerte de un funcionario joven con las que resulten del fallecimiento de un jubilado. En el mismo sentido, se reconoce pensión a la viuda o huérfanos del soldado que fallece en cumplimiento del servicio militar.
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