El campo español y los recelos comunitarios
Desde que, en 1977, España solicitara formalmente la adhesión a la CEE han pagado siete años. Durante más de seis años de este período de negociaciones, el capítulo agrícola estuvo bloqueado. Es a partir de octubre de 1983 cuando en la cumbre de Luxemburgo se modificó el reglamento 1.035 de frutas y hortalizas se dio luz verde para iniciar la discusión de tan decisivo capítulo.La modificación de la normativa comunitaria en frutas y hortalizas, solicitada por los países mediterráneos de la Comunidad, fue posible con la condición de vincularla al denominado paquete de Stuttgart, en el que se contempla dicha modificación, con otros cambios en la política agrícola común, así como el desbloqueo en los límites a los recursos propios, la contribución británica y la ampliación a España y Portugal. La compleja problemática comunitaria, cuya solución global se inició en Stuttgart, tardó un año en concretarse en soluciones prácticas que fueron adoptándose en las sucesivas cumbres europeas de Luxemburgo, Atenas, Bruselas, culminando en Fontainebleau en junio de 1984.
El peculiar funcionamiento de la CEE, los muy diversos intereses nacionales en cada tema objeto de debate, obligan frecuentemente a utilizar la técnica del paquete, en el que cada parte obtiene soluciones satisfactorias en alguna de sus demandas, junto a concesiones a otros países miembros. La técnica del paquete de medidas implica algunos aspectos tácticos de gran interés en la lógica de la vida diaria comunitaria. Casi ningún voto es gratis en la CEE, aunque la cuestión a debate sea indiferente para un país. El apoyo o la oposición a otros supone una estrategia de alianzas en aquellos que puedan recabar el voto en otras cuestiones vitales para un país miembro.
Decisiones aplazadas
Por otra parte, las grandes decisiones políticas no se adoptan sino tras un largo proceso de maduración, en el cual no son frecuentes los avances parciales. Es más habitual la técnica de la identificación de problemas. Un conflicto respecto a alguna cuestión de las denominadas mayores implica su aislamiento, su estudio detenido, se contemplan las aristas..., pueden pasar meses, hasta años, en los cuales otros problemas mayores van constituyendo islotes de conflictividad.
La propia mecánica de funcionamiento de la CEE puede sufrir el riesgo de colapso cuando el rango de los conflictos acumulados y sin resolver supera un cierto umbral. Es entonces cuando la voluntad política de los Estados miembros hace posible la elaboración del paquete de soluciones y cada país miembro se ve obligado a aceptar la adquisición del "lote de productos surtidos", o bien romper la baraja, levantarse de la mesa y abandonar el juego. Existen múltiples ejemplos en los 25 años de vida comunitaria que pueden ilustrar este modo, un tanto extravagante, de avanzar en la construcción de una Europa unida.
La agricultura ha constituido, en buena medida, el cemento de la integración europea en los años pasados. Si la CEE es hoy algo más que una zona de librecambio, si existen recursos propios y políticas supranacionales, no hay que olvidar que la política agrícola común (PAC) fue el primer intento serio de cesión de soberanía por parte de los Estados miembros. Con el paso de los años, la rigidez en el funcionamiento institucional comunitario, fundamentalmente el proceso de toma de decisiones, ha impedido la flexibilidad en la adaptación de la PAC a circunstancias muy distintas a las originales. La denominada irracionalidad de la PAC está más en la falta de agilidad de movimiento de las instituciones comunitarias, en las que la cristalización de intereses. nacionales consolidados puede llegar a provocar la parálisis, que en los propios enunciados y mecanismos de regulación de mercados, que responden habitualmente a situaciones precedentes.
El potencial español
La adhesión de España ha venido a coincidir con una fase de necesarias modificaciones en la PAC. La agricultura española ha sido más una excusa, una especie de pintoresco rehén, en la estrategia de cambio provocado por tres hechos internos comunitarios: a) la elevación del coste financiero de la PAC, muchas veces destinado a la producción de excedentes invendibles; b) la necesidad de reequilibrar el apoyocomunitario a la agricultura, con mayor protección a los sectores de agricultura mediterránea y a regiones desfavorecidos y de montaña, y c) la distinta óptica de política agraria entre países más librecambistas, Reino Unido como prototipo, y países más proteccionistas de la agricultura europea, sirva de ejemplo Francia.
En este escenario de fuego graneado interno, la actitud de la Comunidad Económica Europea hapia la agricultura española ha sido, desde 1977, realmente desproporcionada, rozándose muchas veces lo grotesco. Desde el des,afortunado informe Deschoux, en 1977, sobre las producciones agrarias mediterráneas, fue creándose el fantasma de la potencialidad de la agricultura española, llegando incluso a crear falsas expectativas en el interior de nuestro país, como si España pudiera convertirse de la noche a la mañana en gran potencia agropecuaria.
Para cualquier experto imparcial, la potencialidad hecha acto se da precisamente en los países miembros de la actual CEE, donde la protección de la PAC durante 25 años ha logrado un nivel de rendimientos y productividad sorprendentes.
La agricultura española, a pesar de una climatología mucho más adversa, con un medio físico muy accidentado (España será el país más montañoso de la CEE ampliada a 12 miembros), ha logrado un desarrollo aceptable merced a un proteccionismo eficaz en frontera. Efectivamente, salvo en materias primas para piensos y productos tropicales, España ha, logrado prácticamente el autoabastecimiento en productos agrarios. Los productos ganaderos, cereales y azúcar, es decir, los denominados productos continentales o de influencia atlántica, suponen algo más del 50% de la producción final agraria española. Se trata, además, de los sectores más excedentarios de la CEE.
Las frutas y hortalizas, incluyendo las flores, el vino y el aceite de oliva, no representan más del 33% de la producción final agraria española. Estos son los productos que han provocado el pavor de los exorcistas comunitarios. En el caso del vino y del aceite de oliva, el origen de las preocupaciones comunitarias está en el coste financiero adicional que podría repre sentar aplicar a España la política comunitaria en estos sectores. Se trata de productos que apenas han supuesto coste financiero, frente a la desproporción del sector lácteo comunitario, y con la adhesión de Grecia, España y Portugal podrían generar algunos desequilibrios. Pero se trata más de inadecuación de la actual política comunitaria, como se verá más adelante, que un problema que aporte España. En este sentido, es preciso recordar que la CEE es deficitaria en grasas vegetales, y el principio de prefe rencia comunitaria obliga a una razonable protección al aceite de oliva europeo.
Postura irracional
Pero el caso más pintoresco de irracionalidad frente a la agricultura española se da en el sector de frutas y hortalizas. La CEE es una zona claramente deficitaria de estos productos. De ahí las tradicionales exportaciones españolas, que hacen de este sector, de algún modo, el más vinculado con la economía europea desde hace muchos años. El déficit comunitario en muchos de estos productos le ha permitido a la CEE establecer tradicionales corrientes de intercambios con otros muchos países terceros de la cuenca mediterránea.
La adhesión de España comple menta la producción comunitaria en frutas y hortalizas. Este es un hecho que no debe ignorar la CEE Pero España tampoco puede igno rar que aparecen dos problemas para la CEE. Por un lado, para algunos agricultores comunitarios franceses y holandeses, principalmente, y, por otro lado, en las relaciones comerciales con otros países terceros de la cuenca mediterránea. La posición negociadora española no ha ignorado estos problemas, que no deben ser considerados ni mayores ni menores que otros muchos que para España o la propia Comunidad deben encontrar una solución aceptable en el proceso negociador.
Formalmente, la negociacion del capítulo agrícola se inició en la conféreábia negociadora del día 21 de febrero de 1984, con la entrega de la posición inicial comunitaria. Dicha posición estaba inspirada por un documento de la Comisión Europea de julio de 1983. La declaración de la CEE abordaba los denominados aspectos horizontales, es decir, los de carácter más general del período de transición, para todos los productos, excepto para el vino y las materias grasas.
La posición comunitaria obtuvo respuesta por parte española en la conferencia negociadora del día 21 de marzo. Posteriormente, la CEE entregó un nuevo documento agrícola a España en la sesión del 19 de junio, y España, una declaración complementaria el día 24 de julio. Tras todo este intercambio de posiciones, existe lógica preocupación en los sectores económicos, ya que la complejidad del proceso negociador imprime un carácter para iniciados o expertos en un tema que, por otra parte, está presente diariamente en los medios de comunicación. Todo ello puede llevar a provocar un cierto confusionismo, estimulado por legítimas maniobras de los intereses politicos, económicos o diplomáticos en juego.
Desde una óptica personal, creo oportuno efectuar un análisis de los principales problemas que afectan al capítulo agrícola, en la negociación de adhesión de España, en base a la técnica de identificación de problemas, sin prejuzgar en ningún caso la futura evolución de las negociaciones.
El caso de las frutas y hortalizas
Por sus peculiares características, productos muy numerosos, perecederos, etcétera, la regulación comunitaria en el sector de frutas y hortalizas es bastante original. Pero esto no es una excepción en la política agrícola de la CEE, en la que la normativa aplicable a cada sector se adapta a las características del producto, del grado de autoabastecimiento, etcétera, lo cual da enorme complejidad al conocimiento de la PAC.
La política en el sector de frutas y hortalizas, basada en el ya famoso reglamento 1.035, contempla un regimen variable de protección exterior y un regimen de intervenciones en el mercado interior. La protección exterior, variable según productos y variable también según países, se basa en la aplicación de derechos de aduana, la aplicación en algunos mercados, básicamente el francés, de calendarios a la importación, así como el establecimiento de precios mínimos de entrada, denominados precios de referencia, para sostener el nivel de precios internos y, por tanto, las rentas de los agricultores comunitarios.
Por lo que respecta al régimen de intervenciones en el mercado interior comunitario, los precios de compra por parte de los organismos de intervención están muy alejados del denominado precio de base, no siendo un régimen similar al del precio de garantía aplicable a otros sectores, sino más bien un sistema de indenmización al agricultor, en caso de hundimiento coyuntural del mercado de un producto.
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