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Terminado el anteproyecto de ley cambiaría y del cheque, que fortalece la figura del acreedor

El anteproyecto de ley cambiaria y del cheque ha salido del Ministerio de Justicia, para iniciar los trámites previos a su aprobación por el Gobierno. Uno de los principales objetivos de esta disposición, reclamada durante los últimos años por diversos sectores empresariales, pese a lo cual no llegó a cuajar ninguno de los anteriores anteproyectos, se centra en fortalecer la figura del acreedor y dar un papel más efectivo a cheques, pagarés y letras de cambio.El texto del anteproyecto elaborado por el Ministerio de Justicia fue enviado el pasado viernes al Consejo General del Poder Judicial, órgano de gobierno de los jueces que tiene atribuidas competencias de informe sobre las disposiciones de este tipo.

Fin del 'papel mojado'

Una vez cubierto este y otros trámites, es propósito del Gobierno, según fuentes de la Administración, cumplir con el compromiso parlameritario que adquirió hace un año y remitir el proyecto inmediatamente a las Cortes. La Minoría Catalana presentó por entonces una proposición en el Congreso y la mesa de la Cámara decidió requerir al Gobierno que enviara un texto propio.Para sacar de la verdadera situación de papel mojado en que han caído algunos de los efectos regulados por el nuevo anteproyecto, especialmente las letras de cambio, que registran anualmente impagados por valor de cientos de miles de millones de pesetas, el nuevo texto adapta el cheque, la letra de cambio y el pagaré a la legislación imperante en la Europa continental.

Había al respecto dos grandes opciones: las normas propiamente europeas, derivadas de la Conferencia Internacional de Ginebra, celebrada en 1932, y las normas anglosajonas, de Gran Bretaña y Estados Unidos. La opción por las primeras se justifica en las perspectivas españolas de integración en la Comunidad Económica Europea.

El fortalecimiento de la figura del acreedor se pretende conseguir fundamentalmente por la vía judicial, dando mayor carácter ejecutivo a los títulos de reconocimiento de deudas.

Los más extendidos en España, las letras de cambio, surgieron como simples cartas en las que una persona reconocía una deuda a favor de otra. Pero siglos más tarde apenas tienen en la práctica fuerza jurídica.

Elevada morosidad

La elevada morosidad de las letras, unida a los cambios introducidos hace varios años por el Banco de España en la limitación de las comisiones que cobraban los bancos a las empresas por descontarlas, ha provocado una radical sustitución de las mismas como vía de financiación empresarial.En vez de llevar las letras extendidas o cedidas por sus clientes a los bancos para que les entreguen su contravalor y luego se encarguen de la gestión de cobro, previo descuento de un porcentaje y de unas comisiones, las empresas tienen que recurrir en mayor medida que antes al sistema del crédito puro.

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