Una polémica sobre falsas leyendas
Desde que en la asada primavera se anunció que le un nuevo texto regulador de la protección al cine español iba a ser redactado, comenzaron a surguir algunas protestas, provinientes en su mayor medida de multinacionales, distribuidores y exhibidores. En algunas de las intervenciones públicas de sus portavoces se pretendió dar por conocido un proyecto que aún no existía y, más tarde, por cuestión de nervios, se propagaron fragmentos del mismo que no correspondían en verdad a lo que se iba a proponer. Circularon incluso falsos informes, que desorientaron a todos, especialmente en el apartado que se refiere a la llamada cuota de pantalla.Desde 1977, la protección que en este sentido goza el cine español, como cualquier otro país su propia cinematografía, obliga a los locales de exhibición a programar un día de película española por cada tres días de película extranjera doblada a cualquiera de las lenguas oficiales del Estado. No cambia en este aspecto sustancialmente en el nuevo decreto, aunque en un primitivo estudio del decreto se proponía que en Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao y Zaragoza, esa cuota. se transformara en un día de cine español por cada dos de película extranjera doblada: pero exclusivamente en esas ciudades, en las que, por otra parte, la realidad no está ya lejos de tal regla.
Las protestas, sin embargo, se hicieron confusas, difundiendo la falsa teoría de que el decreto obligaba a exhibir películas subtituladas en cualquier rincón de España. Algunos periódicos, acompañados de emisoras de radio, propagaron la leyenda, que asustó a los pequeños exhibidores tanto como los espectadores, que se veían desprovistos de su ración de cine doblado.
No hubo en realidad tal intento, aunque sí el que rechazaba como bueno el cumplimiento de la cuota de pantalla reponiendo viejas películas españolas: es una costumbre de las distribuidoras norteamericanas, que habitualmente sacan de sus sótanos títulos obsoletos para rellenar las pantallas con el tiempo de cine español marcado por la ley. Esta parte figura en la aprobación definitiva: no más películas viejas y malas como si fueran nuevas.
Otras protestas hacían referencia al cambio en la forma de conceder las necesarias licencias de importación para exhibir cine de otros países. También desde 1977 éstas se sujetan a la distribución paralela de películas españolas, de forma que al obtener con ellas determinadas recaudaciones, se consigan paulatinamente las licencias. El nuevo decreto regula esa escala en una proporción que parece más ajustada a los nuevos precios, eliminando, además, cuantas se obsequiaban por el hecho de exhibir cualquier película española, aunque luego no se la lanzara seriamente al mercado.
Control y éxito
Las dificultades de los cineastas directamente responsables de la cinematografía española, evidentes desde hace varios lustros, imponía un replanteamiento de las disposiciones. Es cada día mayor el control de las distribuidoras multinacionales, que imponen sus productos por encima incluso de la demanda del público, y escasa era la ayuda económica del Estado para un producto de tanta importancia cultural como el cinematográfico; ello contradecía el paulatino éxito del cine español que, desembarazado de la censura, comienza a obtener, a pesar de tantas dificultades, importantes éxitos en el mercado interior y en festivales internacionales.La gran novedad del decreto reside, pues, en la financión de películas españolas, en el avance sobre taquilla, ya impuesto en muchos países. Y es que la preocupación por defender las cinematografías nacionales no es exclusivamente española: ha sido ya motivo de análisis del Parlamento Europeo, y constituyó el centro de discusión de los cineastas de 48 países reunidos recientemente en la isla de Madeira. El decreto español responde en buena medida a tales necesidades.
Babelia
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