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Tribuna
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La regulación de precios agrarios en 1983

Los objetivos estratégicos al fijar los precios agrarios en el pasado mes de mayo son el fomento del cultivo de los cereales-pienso, frente a la desmitificación del trigo, y devolver al mercado el protagonismo en la comercialización cerealista, señala el autor de este trabajo. Al mismo tiempo, se ha mantenido una razonable tolerancia en la evolución de los precios testigo de los productos ganaderos, regulando el mercado en función de las reservas efectivas en poder de la Administración.

La regulación de los mercados de productos agrarios durante 1983 ha debido realizarse en circunstancias especialmente difíciles. La necesidad insoslayable de iniciar, sin más demoras, cambios sustantivos en la estructura de precios relativos y de racionalizar los mecanismos de intervención tradicionales había de hacerse en un escenario deteriorado por tres años consecutivos de sequía; la extensión inesperada del fenómeno a Estados Unidos, donde vendría a reforzar las restricciones a la producción derivadas de la puesta en marcha del plan PIK, y la persistente pérdida de cotización de la peseta, que sufriría una devaluación efectiva superior al 25% en el transcurso del año.Junto a los factores anteriores, endógenos al sector, dos factores exógenos dominantes que multiplicaban las dificultades de regulación: las expectativas abiertas por el cambio político acaecido en diciembre de 1982 y la crisis económica decenal que atraviesa el país, situación que vuelve escasos los recursos y exige un rigor implacable en su asignación.

En estas circunstancias se hacía preciso conjugar la racionalidad económica, generadora de inevitables tensiones a corto plazo, y la sensibilidad política para valorar la efectiva capacidad de ajuste del sector, evitando a la vez el inmovilismo estéril y la aventura tecnocrática.

El resultado conseguido puede calificarse de razonablemente positivo -es obvio que han existido fallos y disfunciones-, y tiene su mejor expresión en el. hecho de que se ha iniciado la reforma de los mecanismos y prácticas de regulación con un coste social y político mínimos.

La demagogia que no cesa

La valoración positiva global de la política seguida es especíalmente remarcable en el caso del bloque cereales-productos ganaderos, piedra angular de la regulación y de la producción final agraria.

Ello no es obstáculo para que los medios de comunicación social recojan críticas acerca de la política de regulación desarrollada por la Administración, y más concretamente por el FORPPA y su agencia ejecutiva, el SENPA.

La amplitud del espectro crítico no conoce fronteras, y en él coexisten, con indudables matices diferenciales, desde la derecha reaccionaria a la progresía sindical agraria, la honestidad desinformada y los pícaros intereses privados, más atentos a sus particulares problemas de bolsillo que a las necesidades nacionales globales.

Nada que objetar a este espléndido desarrollo del contraste de pareceres. Las distintas oposiciones están en su derecho, y en su deber, de ejercer la crítica, correspondiente, aunque en ocasiones algún mozo jaque y guapetón adorne la faena con sal gorda, e incluso con espectaculares saltos de la rana -zafias acusaciones de incoherencia e incompetencia, ruina del campo, etcétera-. No hay por qué asombrarse: siempre ha dado el ruedo ibérico toreros tremendistas.

Entre los argumentos utilizados por los críticos destacan las siguientes medias verdades de Perogrullo, fácilmente rebatibles:

a) El SENPA carece en la actualidad de reservas de cereales. No se entra a considerar, por supuesto, que esta presunta situación puede deberse no a la ineficacia pregonada, sino a su estricto contrario: una política audaz de regulación que deja jugar al mercado sin imponer requisas contra natura del producto -como subyace inconscientemente en los argumentos de los críticos- ni atender a mitos o tabúes acerca de inservibles stocks mientras la ganadería se encuentra desabastecida.

b) Vamos a tener que importar trigo -como si ello fuese un crimen y no un instrumento normal de regulación de mercado- porque, afirman sin fundamento, el SENPA "no ha cumplido con la legalidad" al no impedir que un determinado volumen de este cereal se bandee hacia pienso. Otra vez la pretensión de la requisa manu militari, en claro perjuicio de agricultores y ganaderos, planteada por quienes se dicen esforzados defensores de la iniciativa privada. A tales legalistas habría que recomendar una lectura atenta del decreto-ley de Ordenación Triguera de 1937, donde la única limitación establecida, aparte del precio, al tráfico del cereal -cuyos tenedores (artículo 62), "conservan el derecho a comerciar libremente con su mercancía"- es "la prohibición de vender trigo afabricantes de harina" (artículo 62.A).

La regulación de la campaña de cereales

Desde la fijación de los precios agrarios, en marzo de 1983, quedaron claros los objetivos estratégicos perseguidos por la Administración en materia de regulación del mercado de cereales, ratificados posteriormente en los diferentes decretos de campaña y disposiciones complementarias. En síntesis, tales objetivos eran los siguientes:

a) Fomentar el cultivo de cereales-pienso y desmitificar el trigo como cereal de exclusiva aptitud para alimentación humana, incluyéndole en un balance general de materias primas de alimentación humana o animal. Con este enfoque, el concepto tradicional de trigo excedentario sufre una radical modificación.

b) Devolver al mercado un protagonismo activo en la comercialización cerealista, evitando ortopedias e intervenciones administrativas innecesarias que sólo juegan en detrimento del agricultor y de sus rentas.

De acuerdo con tales objetivos, se adoptaron, entre otras, las siguientes medidas:

1. Cambio decidido en la estructura de precios relativos a favor de la cebada.

2. Incremento de los márgenes de intermediación del SENPA, excepto en trigo, buscando linaniizar el tráfico privado al margen del servicio.

3. Incremento de los incentivos mensuales por almacenamiento y financiación, a efectos de facilitar la inmovilización por parte del sector privado.

4. Ampliación de la banda precios de entrada-precios de garantía en cebada y sobre todo en maíz. En este último producto, por primera vez en su historia reciente, el precio de entrada será superior al de garantía a partir del próximo enero.

5. Puesta a la venta de 475.000 toneladas de trigo para alimentación animal el 9 de febrero y el 27 de abril de 1983. En este último caso se trataba de responder, directa e inmediatamente, a la espectacular elevación del maíz acaecida,en dicho mes.

La crisis de julio

Como ya se ha indicado, el esquema de regulación anterior debería actuar sobre un escenario, interior y exterior, dominado por una serie de circunstancias negativas, que se fueron agravando a lo largo del año y generaban una tendencia al encarecimiento sistemático de las materias primas para alimentación ganadera.

A finales de julio, las estimaciones de la cosecha 1983-1984 de maíz y soja del Departamento de Agricultura de Estados Unidos comienzan a ser abiertamente pesimistas -situación confirmada y aumentada en previsiones posteriores, tanto públicas como privadas-, y ese pesimismo tiene fiel reflejo en las cotizaciones de la Bolsa de Chicago, que sufren un salto espectacular.

En paralelo, los indicadores interiores de precios recogen la magnitud del problema, de gravísima incidencia para nuestra ganadería. El índice de precios de referencia de septiembre, momento álgido de la crisis del maíz, presentaba estos incrementos sobre el mismo mes del año anterior: cebada, 33,48% maíz, 63,57% en cuanto a la soja, la posición CIF sobre Rotterdam era de 108,9% de incremento para el mismo período.

Ante esta situación, la estrategia de respuesta articulada por la Administración, a propuesta del FORPPA, con vistas a regular convenientemente el mercado, aspiraba a satisfacer los siguientes objetivos:

a) Asegurar el abastecimiento, en cantidad suficiente, de trigo, cereales-pienso y de otras materias primas para alimentación animal.

b) Atemperar, dentro de lo posible, el negativo impacto que la cotización de las materias primas para alimentación animal está teniendo en las rentas ganaderas.

Medidas básicas

En relación con el primer objetivo, se adoptaron las siguientes medidas básicas:

1. Lanzar progresivamente al mercado todas las existencias en poder del SENPA de materias primas para alimentación animal, incluyendo el trigo (40.000 toneladas de las variedades duras fueron vendidas en julio, agosto y septiembre), huyendo del miedo gratuito a un presunto desabastecimiento (?) de trigo para alimentación humana y de la absurda pretensión de guardar -no se sabe para cuándo- una reserva de cebada que, dada la previsible actitud de los tenedores de cereal, sobre todo de los agricultores, forzosamente debería ser mínima.

2. Movilizar los depósitos reversibles de cebada sin hacer caso de egoísmos gratuitos, especulativos e insolidarios.

3. Suprimir el impuesto de compensación de gravámenes interiores de maíz y sorgo.

4. Prohibir la exportación de las materias primas que tengan aptitud para la alimentación animal.

5. Importar las cantidades necesarias de trigo y otros cereales que sean relativamente abundantes en el mercado mundial. Las importaciones constituyen una de las medidas normales de regulación del mercado, y la Administración actual no tiene inconveniente en utilizarla como tal. Ya se han importado 150.000 toneladas de trigo, y se realizarán todas las operaciones que sea menester para garantizar el abastecimiento.

Junto a estas medidas, que actúan fundamentalmente por el lado de los costes, se ha mantenido una tolerancia razonable -que no equivale a desconocimiento o dejación de responsabilidades- sobre la evolución de los precios testigo de los productos ganaderos, buscando una cierta compensación, por la vía de los ingresos -compatible con los supremos intereses del colectivo consumidor-, a las difíciles circunstancias que atraviesa el subsector.

Frente a pretensiones desaforadas de importación indiscriminada, que de haberse realizado se habrían saldado, dados los precios internacionales, con pérdidas para la Administración y/o grave quebranto del subsector ganadero, se ha optado por la vía realista de regular el mercado de productos ganaderos en base a las reservas efectivas en poder de la Administracion (carne de vacuno); acudiendo a la importación sólo en casos extremos, de grave amenaza de desabastecimiento (leche de vaca), y sobre todo manteniendo de forma constante un diálogo abierto y fluido con los distintos intereses afectados -productores, comerciantes y transformadores- . Esta actitud hace posible que las decisiones a adoptar encuentren, por dolorosas que puedan ser coyunturalmente, y al margen de las inevitables discrepancias, la necesaria comprensión y consenso que las haga viables.

es presidente del FORM.

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