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CONSUMO

Normas de calidad para la miel y las patatas

Los ministerios de Agricultura, Economía y Sanidad y Consumo han dictado dos órdenes ministeriales por las que se regulan las condiciones y características que deben reunir la miel y las patatas destinadas al mercado interior.La norma de calidad de la miel empieza por hacer una distinción entre la miel procedente de flores y la miel de mielada, como se denomina al producto obtenido de las secreciones de las partes vivas de las plantas. La norma prohibe la utilización de cualquier tipo de aditivo, la adición de sustancias destinadas al aumento de peso, la venta de productos análogos y el cambio artificial de la acidez.

Respecto al etiquetado se determina la obligación de señalar en el envase la clase de miel que obtiene y la determinación de la mezcla.

La Norma de Calidad de las patatas de consumo humano clasifica a estas en tres categorías: primor, calidad y común.

Se denomina patata primor a la que ha sido recolectada antes de su maduración natural y se comercializa, en el periodo comprendido entre el 15 de diciembre y el 15 de junio. Su calibre no podrá pasar de los 30 milímetros. La patata de calidad se reconoce por su calibre que puede ir de los 40 a los 80 milímetros. Por último, se denomina patata común a aquellas patatas de calidad que no reunan las condiciones necesarias para incluirlas en esta categoría y no podrá comercializarse en envases de menos de 5 kilos.

Por primera vez se determina un envase para este tipo de tubérculos que tendrá que presentarse precintado y con etiqueta. En el etiquetado, además del número de registro del envasador y la fecha del mismo indicando el día, el mes, y el año. Con el fin de que el consumidor pueda distinguir una categoría de otra se señala el color azul para las patatas primor; el rojo para las denominadas de calidad y el blanco para las comunes.

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