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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Un golpe, pero menos

EL GRUPO Parlamentario de Alianza Popular calificó hace unos días como un golpe de Estado económico las medidas adoptadas por el Decreto-ley de 29 de diciembre de 1982, acusando a la nueva normativa de provocar un incremento en la presión fiscal de tres puntos. El cálculo parece cuando menos exagerado y no ha sido respaldado por ninguna cuantificación razonable. Sólo un debate parlamentario permitiría a la oposición exponer sus argumentos, si los tiene, y al Gobierno responderlos. Por lo demás el partido de la oposición debería ser más cauto en la utilización de los términos golpe y golpistas, que tan bien dice entender, a todos los efectos, su líder.Las medidas económicas hasta ahora adoptadas por el Gobierno de Felipe González habían tenido hasta ahora la virtud de su claridad y contundencia: devaluación de la peseta, elevación del coeficiente de caja para la banca y subida de los precios de los derivados del petróleo. No obstante, los medios oficiales han barajado otros proyectos cuyo significado no resulta fácil de interpretar. El alza anunciada de las cotizaciones empresariales de la Seguridad Social parece contradecir las promesas del programa electoral del PSOE sobre este punto y darse de bruces con la preocupante evolución del paro registrado durante los últimos meses.

El decreto-ley de medidas urgentes en materia presupuestaria, financiera y tributaria, publicado en el Boletín Oficial del Estado el último día de 1982, ha podido contribuir también a la creación de un clima de ambigüedad sobre el sentido de la política económica del Gobierno. La norma tiene como principal objetivo facilitar la actividad financiera de la nueva Administración, que se ha visto obligada por circunstancias objetivas a iniciar su gestión económica mediante la prórroga de los anteriores Presupuestos del Estado. Para hacer posible el funcionamiento de los pagos, el decreto-ley detalla las autorizaciones al Gobierno para emitir Deuda Pública, tanto a medio plazo (227.000 millones de pesetas) como a corto plazo (120.000 millones de pesetas), durante 1983.

La deuda negociable del Estado (que no incluye las cédulas de inversión destinadas a cubrir las necesidades financieras de la banca oficial) se incrementó, entre 1980 y 1981, en 113.000 millones de pesetas, mientras que el aumento de 1982 ascendió a más de 300.000 millones. Las autorizaciones contenidas en el decreto-ley de referencia indican que el Gobierno se propone financiar con deuda pública un déficit prácticamente equivalente al del año anterior, si se tienen en cuenta las amortizaciones y la asunción de las obligaciones del INI. Además se introduce la novedad de que el Tesoro pueda sustituir la financiación directa del Banco de España por la apelación al ahorro directo de los particulares y las instituciones. Esta renuncia al cómodo y tradicional expediente de poner en marcha la máquina de fabricar billetes es un claro indicio de ortodoxia presupuestaria y financiera.

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El decreto-ley incluye un conjunto de preceptos referidos a la contratación de gastos públicos (aligerando su tramitación y reduciendo la intervención notarial), imposición directa e indirecta, exenciones y deducciones por inversiones. Particular interés reviste la norma de inspección tributaria sobre la obligatoriedad de información de los agentes de cambio y bolsa y de los notarios, que tendrán que comunicar desde ahora las operaciones en que intervengan. Esta disposición ha levantado los recelos de aquellos ahorradores temerosos de que una mayor transparencia fiscal descubra los secretos de sus economías ocultas. Pero la lucha contra el fraude es, en el programa socialista, no sólo una necesidad ética, sino un medio de aumentar la recaudación pública esencial a la hora de hacer frente a los proyectos del Gobierno. El decreto-ley aumenta, en materia impositiva, los tipos tributarios del Impuesto de Tráfico de Empresas (ITE), medida que puede repercutir sobre los estratos de rentas medias y bajas. La incorporación a nuestro sistema fiscal del Impuesto sobre Valor Añadido (IVA) justifica no obstante ese incremento del ITE, puesto que el tipo ahora establecido es todavía menor que el que tendrán que afrontar en el futuro los consumidores. Aun así, cabe denunciar una cierta contradicción entre esa elevación, por modesta que sea, y el eventual aumento de las cotizaciones de la Seguridad Social.

El decreto repite, en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, las antiguas deducciones por razones familiares, sin introducir ninguna novedad en este terreno. Algunas otras novedades impositivas son criticables. La modificación en las deducciones por adquisición de vivienda, que "no podrá exceder del 30% de la base imponible del contribuyente", castigará a las parejas modestas que, al adquirir un piso a plazos, se encontrarán con la sorpresa de no poder desgravar en su totalidad los pagos iniciales a cuenta. El procedimiento de deducir únicamente, en el impuesto sobre la renta, la suscripción de nuevos valores bursátiles estimulará a las emisiones recientes, pero puede provocar la depresión de las cotizaciones de los antiguos valores.

En resumen, el documento introduce elementos de modernidad en la financiación del déficit presupuestario, castiga el consumo mediante la elevación del ITE y se mantiene en la ambigüedad a la hora de incitar al ahorro y a la inversión productiva. Los cálculos de Alianza Popular sobre el incremento de la presión fiscal resultan exagerados. Por lo demás, la eventual modernidad del contenido de la disposición se contradice con la persistencia del farragoso e ininteligible estilo literario con el que el Ministerio de Hacienda se complace en amenazar a los contribuyentes, al tiempo que favorece a los consultores fiscales y contribuye a la destrucción del castellano. El cambio en materia tributaria debe comenzar por la trasparencia de la expresión, por la redacción de los preceptos fiscales en un lenguaje claro, simple y correcto que resulte comprensible a los contribuyentes.

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