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La información libre, piedra de toque de un Estado democrático

Las jornadas sobre Libertad de expresión y Derecho Penal, que se han celebrado en Madrid, durante ocho días, patrocinadas por el Instituto de Criminología de la Universidad Complutense y el Consejo general del Poder Judicial, han contado con la participación de una amplia representación de profesionales del Derecho y de la Prensa y han reafirmado el carácter esencial de la libertad de expresión en el estado democrático, tal y como afirmó el profesor Cobo del Rosal, director del Instituto de Criminología y catedrático de Derecho Penal.Entre los temas y las intervenciones que se produjeron durante las jornadas, cabe resumir las siguientes.

La Prensa en la vista del juicio

José Oneto, director de Cambio 16, afirmó que la legislación sobre prensa no responde a la realidad actual de los medios de comunicación. Recordó la sentencia del Tribunal Constitucional de 1 de junio pasado que garantiza el carácter público de los juicios y abogó por la presencia de la televisión y la radio en los procesos que afecten a la comunidad.Eduardo Garcia de Enterría, catedrático de Derecho Administrativo, destacó el derecho constitucional de comunicar libremente información veraz por cualquier medio de comunicación. La sentencia aludida del Tribunal constitucional reconoce el derecho preferente de la prensa en el acceso a la sala y pone en conexión el principio de libertad de expresión con el principio de publicidad de los juicios.

José Augusto de Vega, presidente de la Audiencia territorial de Las Palmas se mostró contrario a la presencia de la radio y la televisión en los juicios, por motivos de intimidad y seguridad de los asistentes. "Un juicio público, no puede convertirse en un espectáculo".

Responsabilidad penal

Juan Luis Cebrián, director de EL PAIS, se mostró contrario la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó al periodista Javier Vinader, porque no se puede condenar a nadie por coautoría en un delito, cuando no se ha probado su relación con los autores del asesinato. En este caso existía una irresponsabilidad del director de la publicación, que no evaluó la repercusión social del reportaje.Para Enrique Gimbernat, decano de la Universidad de Alcalá y catedrático de Derecho Penal, es imprescindible la aplicación del principio in dubio pro reo , si no se sabe con seguridad si la persona ha buscado la intencionalidad del delito posterior, aunque sea lo más probable.

Enrique Ruiz Vadillo, Magistrado del Tribunal Supremo, afirmó que la información ha pasado de ser un derecho, a una necesidad social. Los periodistas, en su opinión, han de llegar a una autolimitación, apoyándose en leyes morales y en el equilibrio social. Urgió la necesidad de una perfecta delimitación de los campos de responsabilidad penal.

Agustín Fernández Albor, catedrático de Derecho Penal, insistió en que la única limitación al derecho de libertad de expresión ha de ser la del derecho al honor, a la propia imagen y la intimidad personal. El instrumento más eficaz para restituir el honor es la rapidez en las resoluciones judiciales.

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