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Repercusiones a la sentencia por la rebelión militar del 23-F

Las expulsiones del Ejército no serán efectivas hasta que no sea firme el fallo judicial

Los diez condenados por la rebelión militar del 23 de febrero del pasado año que serán expulsados del Ejército o de la Guardia Civil por tener penas superiores a los tres años mantendrán sus derechos militares hasta que la sentencia sobre el delito cometido no se haga firme. Estos derechos incluyen el uso de uniforme, grado, tratamiento y haberes.Si en el plazo de cinco días no se enviara comunicación de que se va a presentar recursos por el Gobierno o por algunos de los defensores, la decisión del Consejo Supremo de Justicia Militar sería firme. Sin embargo, esta posibilidad queda en principio descartada ya que el Gobierno ha expresado su intención de ordenar al fiscal. del Estado la impugnación. Esto mismo ha ocurrido con algunos de los abogados defensores, que asimismo han anunciado que presentarán recurso contra las sentencias.

Los condenados, incluidos los que tienen penas inferiores a los tres años y un día, permanecen en la penitenciaría militar de Alcalá de Henares, a excepción del general Alfonso Armada y del capitán de la, Guardia civil Vicente Gómez Iglesias, todavía. recluidos en el Servicio Geográfico del Ejército. La situación de todos estos reclusos es la de prisión preventiva, por lo que seguirán así hasta que la sentencia sea firme. Precisamente dos de estos condenados, el teniente general Jaime Milans del Bosch y el teniente coronel Antonio Tejero, hicieron constar en el acta de notificación de la sentencia su renuncia a cualquier tipo de medida de gracia para dejar así constancia oficiak de sus intenciones. La sentencia pedía al Gobierno, en uno de sus apartados, en base a un precedente legal que data de 1929, que se: rebajara a 20 años la pena de ambos militares, condenados a 30. No obstante, la renuncia de estos dos procesados se hacía extensiva no solo al referido supuesto, sino también a cualquier otro beneficio que pudiera corresponderles.

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