La igualdad ante la ley y el 'pacto del capó'
ABOGADOS DEFENSORES en el juicio del 23-F han solicitado reiteradamente del Consejo Supremo de Justicia Militar que conceda la libertad provisional a los ocho tenientes de la Guardia Civil procesados por su participación en el asalto al palacio del Congreso y el secuestro del Gobierno y los representantes parlamentarios, a quienes tomaron como rehenes. La petición provisional del fiscal togado es de cinco años para uno de los encartados, cuatro años para otros cinco de los procesados y tres años y un día para otros dos tenientes. Al margen consideraciones políticas, que no son precisamente las menores, desde un punto de vista jurídico, y desde el más elemental sentido común, ni los hechos que se imputan a los acusados ni la calificación fiscal permitirían, en condiciones normales, tan benevolente medida procesal en medio de la celebración del juicio oral.Como es sabido, la institución de la libertad provisional tiende a impedir que un procesado pueda permanecer encarcelado, en régimen de prisión preventiva, por un tiempo superior a lo que pudiera resultar de la condena dictada por el tribunal. La ley de Enjuiciamiento Criminal establece que los detenidos o presos serán puestos en libertad "en cualquier estado de la causa en que resulte su inocencia" y que las autoridades que intervengan en un proceso "estarán obligadas a dilatar lo menos posible la prisión provisional de los procesados". No parece que la benevolencia obvia que hace días demostró el tribunal con el capitán Román, de la Guardia Civil, al que concedió la libertad provisional, pueda extenderse a procesados contra los que existe una petición fiscal tres veces o dos veces y media superior y que tienen que responder de comportamientos comparativamente más graves.
El teniente Alvarez, contra el que existe una petición de cinco años, fue el encargado de "mantener el orden" en el hemiciclo; esto es, fue el responsable de que, por medio de la amenaza de unas armas previamente disparadas contra el techo de la sala, los ministros y diputados secuestrados no pudieran leer o escribir, comunicarse entre sí, abandonar sus escaños sin permiso y menos aún tomar el portante y marcharse a la calle. El presidente del Gobierno permaneció encerrado en una habitación, al igual que el grupo compuesto por Agustín Rodríguez Sahagún, Felipe González, Alfonso Guerra y Santiago Carrillo, tarea esta encomendada al teniente Alonso Hernáiz. Aclaremos que el teniente Alvarez ha negado ser el autor de la célebre frase "manitas quietas, que esto se mueve", referida a la metralleta y dirigida a intimidar a los secuestrados casi al comienzo del asalto. Pero lo que resulta seguro es que ninguno de los secuestrados profirió esa amenazante baladronada, y parece improbable que alguno de los números se atreviera a pronunciarla en presencia de sus mandos superiores. Los tenientes Ramos y Boza están acusados de haber "interceptado" al teniente general Gutiérrez Mellado, vicepresidente primero del Gobierno, cuando se levantó de su escaño para hacer frente, sin armas y a pecho descubierto, a la banda asaltante y requerir a los hombres que encabezaban la partida a deponer su actitud. Ambos tenientes rechazan ese cargo, pero para que su eventual inocencia en ese incidente -y sólo en ese incidente- resplandeciera sería preciso que dieran la cara quienes, por falta de gallardía y sin el debido sentido del honor, permiten que otros compañeros carguen con el muerto de tan deshonroso acontecimiento, que avergonzó a todos los españoles y singularmente a quienes visten uniforme. Lo que es seguro, como mostraron las imágenes de televisión, es que el teniente coronel Tejero- tuvo la ayuda de algunos secuaces en la agresión física a un teniente general de nuestras Fuerzas Armadas. Y un acto de ese género no hay Ejército moderno ni antiguo en el mundo que no lo castigue ejemplarmente, si tiene un mínimo sentido de su supervivencia como institución.
Ya resultó atípico en su día el no procesamiento de todos los asaltantes del Congreso, pero mucho más asombroso sería ahora que en mitad de la vista oral se produjera un asentimiento del alto tribunal militar a las peticiones de los abogados. Hemos escrito sobre esto recientemente y nos parece necesario reincidir en ello: del juicio de Campamento es preciso que se desprenda no sólo un castigo ejemplar para los golpistas, sino una imagen de respeto por el Estado de derecho y el estamento militar, duramente zarandeado en su imagen pública y en su honor y dignidad, no sólo en la noche del 23-F, sino muchas y repetidas veces a lo largo de la vista que ayer se interrumpió. La petición de la defensa de libertad provisional es impresentable política y jurídicamente, y su aceptación resultaría costosa de explicar ante la opinión pública ciudadana.
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