Ausencia de implicados y testigos en el juicio por evasión de capitales del Banco Coca
El juicio relativo a la evasión a Suiza de capitales procedentes de la revalorización de sociedades filiales del Banco Coca, fijada en unos mil millones de pesetas por el ministerio fiscal, y en unos seiscientos por la defensa de los acusados, se celebró ayer ante el Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, competente en el enjuiciamiento de los delitos de carácter monetario. La vista versó exclusivamente sobre el ilegal traslado de dichas cantidades al extranjero, ya que la supuesta actuación delictiva en la revalorización de los activos de varias sociedades filiales del Banco Coca con ocasión de la absorción de esta entidad bancaria por el Banco Español de Crédito está siendo investigada en un proceso por supuestas estafa, y falsedad en documento, que tramita actualmente el Juzgado de Instrucción número 13 de Madrid.
La vista, celebrada en el ámbito de la ley de Delitos Monetarios de 14 de noviembre de 1938, vigente todavía el 11 de mayo de 1978, fecha en que la policía detectó la entrega de una determinada cantidad para su exportación ilegal al extranjero, se desarrolló durante cuatro largas horas, con densas intervenciones del ministerio fiscal y de los abogados defensores. Ninguno de los implicados, ni tampoco los testigos, comparecieron ante el juez, celebrándose el juicio sin su presencia, posibilidad legal prevista en la ley de Delitos Monetarios de 1938. El fiscal elevó a definitivas sus conclusiones provisionales, solicitando para Ignacio Coca, antiguo presidente del Consejo de Administración del Banco Coca, en cuanto autor por inducción de un delito de evasión de capitales, la pena de dos años y seis meses de prisión menor, 160 días de arresto sustitutorio en caso de impago y multa de 650 millones de pesetas; para Enrique Miñarro, como autor del mismo delito en grado de cooperación necesaria, dos años y seis meses de prisión menor, 160 días de arresto sustitutorio en caso de impago y multa de 650 millones de pesetas; para José Luis Cuberta y Joaquín Santamaría, un año y un día de prisión menor, sesenta días de arresto sustitutorio en caso de impago y multa de 125 millones de pesetas; para Diego Ferrer, cuatro meses de arresto mayor, veinte días de arresto sustitutorio en caso de impago y multa de sesenta millones de pesetas, y para Antonio Fábregas, cuatro meses de arresto mayor, veinte días de arresto sustitutorio en caso de impago y multa de 25 millones de pesetas.
En síntesis, el ministerio fiscal establece que los implicados procedieron a una artificial y aparente revalorización de las múltiples filiales del Banco Coca, propiedad, en una proporción aproximada al 85%, de Ignacio Coca, con ocasión de la fusión de la citada entidad bancaria con el Banco Español de Crédito. Como consecuencia de esta revalorización, según el fiscal, los implicados lograron que dichas sociedades conservasen contablemente su capital y, por otra parte, obtuvieron en metálico un sobrante de 4.950 millones de pesetas. Conseguido este sobrante económico, sigue el fiscal, decidieron situar al menos parte de él en el extranjero, y así consiguieron la extracción de España, careciendo de la oportuna autorización, de un total de 995.698.014 pesetas. Con posterioridad a iniciarse este procedimiento, ha sido reintegrado a España un total de 594.450.000 pesetas. Durante su intervención, el fiscal insistió que las cantidades evadidas tienen su origen inicial en las gestiones preparatorias realizadas para la fusión del Banco Coca con el Banesto. El fiscal insistió también en atribuir la autoría por inducción de esta operación a Ignacio Coca, ya que ninguno de los otros acusados tenía capacidad para realizar ningún movimiento, dado que el primero era el presidente y el propietario.
Intervención de los defensores
El abogado defensor de Ignacio Coca, letrado Marcial Fernández Montes, negó cualquier relación causal entre las operaciones tendentes a la fusión de las dos entidades bancarias y la evasión de capitales. Respecto de la primera, el defensor de Ignacio Coca reconoció que éste, como era natural, tuvo pleno conocimiento de la misma, pero tuvo absoluto desconocimiento de la segunda. El letrado Fernández Montes explicó el traslado al extranjero de la cantidad evadida como una operación de Enrique Miñarro para colocar el dinero producido por la venta de un sor lar situado en la avenida de Pío XII, en Madrid, propiedad de la sociedad. Campo Florido, de la que aquél era propietario, a la inmobiliaria Flavia. Esta operación supuso para Miñarro 1.130 millones de pesetas.El defensor de Enrique Miñarro, letrado José María Stampa, negó, por su parte, que la única operación generadora de fondos fuese la venta del solar de la avenida de Pío XII, y citó, entre otras, la propia operación de fusión entre el Banco Coca y el Banesto, cifrada en unos 7.500 millones de pesetas, y la venta de otros solares e inmuebles que va a engrosar el activo de inmobiliaria Flavia. «No se ha determinado de qué operación concreta provienen los fondos evadidos, y con ello no quiero imputar culpabilidad alguna a nadie», añadió Stampa Braun, quien, por otra parte, puso en duda la salida física de España de la cantidad evadida.
El defensor de Enrique Miñarro alegó a favor de su defendido que éste repatrió la cantidad evadida y que, a partir de ese momento, prestó activa colaboración con la justicia.
Ramón Hermosillas, defensor de José Luis Cuberta y de Joaquín Santamaría, el primero de ellos, director general adjunto, y el segundo, asesor financiero, negó que la operación de fusión del Banco Coca con el Banesto estuviese a cargo de sus defendidos, ya que para supervisar la misma fueron designadas dos comisiones: una del Banco Coca y otra del Banesto. Según el defensor, estas comisiones tenían el objetivo de establecer los mecanismos necesarios para solventar el endeudamiento del Banco Coca, fijada en unos 40.000 millones de pesetas. Negó, por otra parte, que sus defendidos tuviesen conocimiento de la actividad de Enrique Miñarro.
El letrado Dimas Sanz, defensor del técnico de Aduanas Diego Ferrer, negó que su defendido conociese la ilicitud del destino dado al dinero que le entregaba Miñarro, ya que pensaba que estaba destinado para operaciones comerciales lícitas. De la misma manera, el defensor de Antonio Fábregas, que, según el fiscal, era la persona encargada de entregar el dinero al enlace que lo transportaba a Suiza, negó que su defendido hubiese cometido delito alguno, ya que su intervención fue mínima y actuó por amistad.
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