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El Parlamento vasco aprobó ayer la creación del Consejo de Relaciones Laborales

La creación de un Consejo de Relaciones Laborales para la comunidad autónoma quedó definitivamente aprobado por la Cámara vasca con los votos favorables del Partido Nacionalista Vasco y Euskadiko Ezkerra, en el curso de una sesión plenaria que se celebró ayer en Vitoria. El Grupo Parlamentario Socialista Vasco anunció su posible recurso ante la OIT a fin de evitar los perjuicios que, en su opinión, pueda ocasionar el mencionado organismo a la autonomía sindical.

Según el proyecto de ley aprobado -que llegó a la Cámara sin el visto bueno de los representantes políticos de las centrales UGT y Comisiones Obreras-, el Consejo de Relaciones Laborales tiene como función primordial posibiIitar un diálogo permanente entre organizaciones sindicales y empresariales. El propio consejero de Trabajo, Marlo Fernández, después de aclarar al hemiciclo que no se trataba de crear un organismo socio-económico, con la consiguiente in capacidad de decisión, explicó que las funciones del menciona do consejo serán: formular propuestas al Gobierno referidas a política laboral o social, elaborar dictámenes por propia iniciativa a petición del Gobierno o Parlamento en materia laboral, adoptar acuerdos de carácter interprofesional sobre materias concretas, fomentar la negociación colectiva, promover funciones de arbitraje en los conflictivos colectivos y promover la creación de comisiones paritarias, entre otras cosas.La intención socialista de convertir el Consejo de Relaciones Laborales en un órgano socioeconómico -con representación de otros sectores sociales- se vio reflejada en la exposición del secretario de UGT, Ramón Jáuregui, cuando hizo especial hincapié en las funciones meraínente consultivas que debía tener este organismo. Para los representantes del sindicato socialista, el proyecto de ley presentado por el Gobierno vasco significaba una intención de injerencia de los poderes públicos en la vida sindical, un intento de burocratizar el sindicalismo, una violación del principio constitucional del artículo 37, que garantiza el derecho a la negociación colectiva laboral a representantes entre trabajadores y empresarios, y una limitación al principio de autonomía colectiva de los interlocutores sociales.

Sin embargo, en la composición del mencionado organismo fue donde se plasmaron las principales discrepancias. Según el proyecto de ley aprobado, el Consejo de Relaciones Laborales estará integrado por un presidente, un secretario, siete representantes del mundo empresarial y ,siete representantes de las centrales sindicales, conforme a los porcentajes obtenidos en las elecciones, siempre que hayan superado el 10% de los votos emitidos.

Socialistas y comunistas disconformes con la distribución

Socialistas y comunistas se mostraron disconformes con la distribución acordada -tres delegados para ELA-STV dos UGT y dos CC OO-, por considerar que tal designación no se corresponde con la diferencia real de fuerza sindical. Los portavoces del partido socialista y partido comunista proponían que la composición de la representación sindical se incrementase a diez (cuatro ELA-STV tres UGT y tres CC OO) de minera que entre estos dos últimos sumaran los seis votos necesarios -el 60% que prevé el Estatuto del Trabajador- para aprobar un acuerdo sin la necesidad ineludible de recurrir al apoyo de la central sindical nacionalista ELA-STV. Pero tal propuesta no prosperó, ya que los portavoces del PNV y Euskadiko Ezkerra ya tenían el resultado estricto de las elecciones sindicales que situaban a ELA-STV en el lugar de preferencia del ránking sindical.

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