Un registro demasiado burocrático
Hoy por hoy, el dato que debe buscar todo consumidor en las etiquetas de los alimentos, si quiere tener una seguridad de que está al menos controlado, es el número de registro sanitario (ahora, alimentarlo). La multiplicidad de industrias alimentarías y la ausencia de un censo llevó a crear este registro, al que hacía referencia el Código Alimentario, a cargo del hoy Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social. El Decreto 797 / 1975 es la legislación de partida que establece varios puntos importantes:En el registro se inscribirán las industrias, establecimientos o instalaciones de producción, transformación, manipulación, almacenamiento o depósito de productos alimentarios; los interesados deberán presentar las oportunas declaraciones con composición de los productos y de las características de los envases y rotulación y acompañar las muestras necesarias para su análisis antes de lanzar los alimentos al mercado. El número de registro deberá figurar en los envases, etiquetas, rótulos, precintos o cierres de los productos alimentarios. Está, pues, a todas luces, prohibida la costumbre de poner la coletilla de en trámite.
El problema es que el desarrollo administrativo del registro sanitario no ha adquirido la agilidad necesaria en los cinco años que lleva en marcha y, por el contrario, se ha cargado de complejidad burocrática. Este hecho supone, por un lado, un largo tiempo de tramitación, lo que lleva a los fabricantes a poner sus productos en el mercado sin esperar a tener el número, y, por otro, a que el consumidor no tenga una garantía de un control eficaz de los alimentos.
El registro Alimentario no existe en los países del Mercado Común, con lo que el fabricante es el responsable de la calidad de sus productos y sobre él recae la responsabilidad civil o penal de las anomalías que se detecten.
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