_
_
_
_
El debate sobre el divorcio

El ministro de Justicia subordinó los acuerdos con la Santa Sede a la Constitución

«Convencido de que la felicidad es casi siempre un azar que se prolonga», el ministro de Justicia, Francisco Fernández Ordóñez, presentó ayer ante el Pleno del Congreso el proyecto de ley de Divorcio, en un discurso calificado de «moderado» por el portavoz parlamentario de UCD, Miguel Herrero; de «bastante bien, propio de un hombre que está en Europa», en frase del secretario general comunista, Santiago Carrillo, y como «dirigido claramente al electorado centrista, con una ley excesivamente moderada, demasiado pacata y prudente», por el número dos socialista, Alfonso Guerra. Por la mañana, el Grupo Parlamentario Centrista conoció las directrices aprobadas por el comité ejecutivo para este debate en orden a modificar algunos aspectos del proyecto, ya señalados estos días.Fernández Ordóñez dijo que la ley, según está redactada, «se asienta en el principio de aconfesionalidad del Estado y la libertad de religión y creencia» y que «es una ley que, no habría que decirlo, permite hacer, que no obliga a hacer».

Más información
Audiencia del Rey al presidente de la conferencia Episcopal
Los cuatro enmendantes a la totalidad del proyecto pidieron la retirada del mismo
Protestas democristianas en lai reunión del Grupo Parlamentario Centrista

El ministro recordó que el proyecto respeta los acuerdos con la Santa Sede -punto en el que el ala confesional de UCD sigue estando en desacuerdo, como se puso de manifiesto en la reunión de la mañana-, y añadió que «no podemos aceptar nínguna lectura de los acuerdos que sea contraria a la Constituci,ón española ni podemos negarnos a admitir para las demás religiones la plenitud de sus consecuencias al principio de igualdad y no discriminación de los españoles por sus creencias religiosas.

En esta línea está la modificación que, junto con el artículo 82.5, al que se le añadirá la necesidad de que el cónyuge supuestamente abandonado sea requerido para manifestar su voluntad de acceder a la separación o al divorcio, va a hacerse al texto dictaminado por la Comisión de Justicia en el trámite del Congreso: la disposición adicional décima. Según el centrista Díaz Pinés, que ayer defendió su enmienda a la totalidad y que afirmó su intención de no retirarla, esta adicional «es una manía del ministro, que encuentra que es inconstitucional que supone un trato de favor para el matrimonio canónico. El ministro no acaba de comp render que el matrimonio canónico tíene un tratamiento jurídico propio en el derecho internacional, en el marco de los acuerdos con la Santa Sede».

Fernández Ordóñez afirmó que la filosofía del proyecto es que no basta el simple acuerdo de las partes para disolver el matrimonio, sino que es preciso que el acuerdo esté basado en la ruptura de la unión matrimonial, y defendió que el texto se inscribe en el marco del divorcio sin necesidad de culpables.

El ministro de Justicia explicó que el texto admite el divorcio por mutuo acuerdo, «porque sería ridículo decir que sólo se admite el divorcio cuando los cónyuges no están de acuerdo»; pero añadió que la causa no es simplemente el mutuo acuerdo o el desacuerdo, sino «el hecho de la ruptura irreversible del matrimonio manifestada en el cese de la convivencia conyugal durante un periodo de tiempo prevío al divorcio ».

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

«Nada es indisoluble en la vida», dijo el titular del departamento de Justicia, «pero queremos que el matrimonio sea estable, porque entendemos que la familia existe y se defiende cuando se asienta en

El ministro de Justicia subordinó los acuerdos con la Santa Sede a la Constitución

una realidad y no es una ficción entregada L la libertad absoluta de los cónyuges».A juicio de Fernández Ordóñez, la ponencia y la comisión han introducido en el proyecto del Gobierno unas modificaciones que calificó de técnicas: separación judicial por mero acuerdo de los cónyuges; reducción de los plazos de divorcio a la mitad; posibilidad de contar los plazos para el divorcio no a partir de la admisión de la demanda, sino de la interposición de la demanda de separación previa, fijando el plazo máximo en un año; aplicar la cláusula de dureza sólo cuando lo pida el cónyuge abandonado o inocente, con un límite de tiempo y con limitación también de arbitrio judicial; agilizar el procedimiento en el caso de divorcio por mutuo acuerdo; extremar la preocupación por las consecuencias económicas del divorcio, y admitir la posibilidad de que el matrimonio sin medios para adquirir una segunda vivienda pueda mantener el mismo domicilio.

Junto al lapso de la utilización de la expresión cónyuge inocente en el marco de un proyecto presentado como exento de culpables, el ministro de Justicia hizo dos concesiones a la particular galería democristiana de su partido en el momento de hablar de estas modificaciones del primitivo texto del Gobierno: al explicar que el texto atribuye los mismos efectos civiles a todos los matrimonios celebrados con arreglo a las confesiones religiosas inscritas en el Registro, y no sólo a la católica. Fernández Ordóñez, siguiendo quizá algún consejo de moderación de altas instancias del Gobierno, eliminó el siguiente párrafo de su discurso: «Junto a ello se ha intentado cerrar algunos casos de fraude en la jurisdicción canónica».

El ministro de Justicia finalizó su intervención diciendo que el proyecto salido de la comisión «es incluso menos ambicioso que lo fuera el de 1932»; alegó que el texto « reconoce, por exigencias de los acuerdos con la Santa Sede, un tratamiento singular al matrimonio canónico », y recordó «que no se basa en el mutuo disenso como causa deI divorcio ».

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_