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Amplio documento patronal sobre la negociación con el Mercado Común

La CEOE explica su "precio" por la entrada de España en la Comunidad Económica Europea

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El proteccionismo de la patronal obstaculizará el ingreso en el Mercado Común

Política agrícola común

En este capítulo, el documento de la CEOE señala el importante peso relativo del sector agrario en nuestra economía, lo que permite su utilización como elemento compensador en el proceso de adhesión, en el sentido de que puede reducir, a corto plazo el desequilibrio que, en un primer momento, se producirá en la balanza comercial entre las partes.

Con ¡independencia de la atención sectorial que pueda suscitar el libre cambio de productos agrícolas, la CEOE propone un enfoque global para el tema agrario.

Desarme arancelario

Lo esencial es que se lleve a cabo después de un período de transición suficientemente amplio que permita las necesarias reestructuraciones de la economía española, sin las cuales el desarme sería impensable. Esa remodelación persigue el doble objetivo de que nuestros sectores productivos fueran capaces de resistir no sólo la presión sin barreras de las mercancías comunitarias, sino también la entrada de productos de terceros países en las condiciones en que son importados en países comunitarios.

El desarme arancelario aceptable por la patronal española sería de carácter lineal, con el fin de evitar las dificultades que supone toda negociación de desarme por grupos de productos.

En cuanto al calendario de desarmes, la CEOE propone que tanto en favor de países terceros, la alineación con el arancel común y en favor de los demás Estados miembros de la CEE, su duración sea similar y «nunca por debajo de los diez años».

De otra parte, la patronal española considera una aventura el desarme arancelario mediante un calendario sin etapas y sin posibilidades de condicionar el paso de una a otra, a la que «España no debería lanzarse sin contar con unas firmes garantías de poder remediar automáticamente cualesquiera graves daños que pudieran surgir para sectores productivos concretos».

En este sentido, CEOE sugiere una cláusula de salvaguardia que permitiera a España, en cualquier momento del período de transición, circunscribir dentro del marco de contingentes arancelarios, situados al nivel de las importaciónes medias efectuadas en los años inmediatamente anteriores, el desarme de aquellos productos cuya importación de la Comunidad se incrementara a un ritmo excesivo, causando o amenazando con causar graves daños a producciones españolas ya existentes o dificultades por la puesta en marcha de nuevas industrias».

Ésta cláusula de salvaguardia se instrumentaría sobre la base de un criterio de reciprocidad en favor tanto de la Comunidad como de terceros paises que hayan otorgado a ésta preferencias inversas.

Desarme contingentario

El planteamiento patronal en este sentido es similar al del desarme arancelario. Su sugerencia al respecto consiste en aplicar el desarme contingentario a base de proceder anualmente a incrementos porcentuales medios para el conjunto de los contingentes, con un mínimo por contingente, hasta liberarlos cuando durante dos años consecutivos las importaciones no hayan alcanzado el límite establecido para el contingente en cuestión.

«Los contingentes de base a partir de los cuales se aplicarían los incrementos», señala CEOE, «habrían de ser, lógicamente, los resultantes del proceso de desarme contingentario puesto en marcha por el acuerdo de 1970, excluyendo las liberalizaciones, coyunturales».

De otra parte, España no debería simplemente asumir las listas comunes de liberalizaciones aplicadas por la Comunidad, sino ir alineando su régimen de importación con ellas de forma progresiva a lo largo del período de transición.

Libertad de circulación de trabaiadores, de establecimiento y de servicios

En este punto, CEOE señala el duro impacto que para la economía española va a suponer la supresión de obstáculos a los intercambios comerciales hispano-comunitarios y la adopción por España de la política comercial comunitaria, dada la considerable diferencia de potencial existente entre el aparato productivo de la CEE y el nuestro, así como por la grave situación económica mundial.

CEOE pretende que tanto la libre circulación de mercancías como su complemento, la movilidad de los factores de producción, se inserte en el conjunto de un proceso, a lo largo del periodo de transición, a un ritmo y con arreglo a unas modalidades tales que, lejos de agravar las consecuencias del impacto a que darán lugar los desarmes, contribuyan en lo posible a atenuarlas.

En base a estas orientaciones, la patronal española considera necesario que la libertad de circulación de trabajadores se aplique desde la misma entrada en vigor del tratado de adhesión, «momento a partir del cual debería, por otra parte, quedar liberalizada la circulación hacia España de capitales de residentes en la Comunidad».

Por el contrario, agrega el documento de la CEOE «sería preciso prever plazos de duración razonables para la aplicación de la liertad de establecimiento y de prestación de servicios a ciertos sectores, así como para la supresión de obstáculos a la circulación hacia la Comunidad de capitales españoles, elementos ambos cuya puesta en juego supondrá una agravación de los costes de la adhesión para España».

Esta pretensión patronal es razonada en el documento de la CEOE sobre la certeza de que la mayor penetración de los productos industriales comunitarios en el Mercado Cemún originará, en primera instancia, una reducción del empleo en la industria española, que podría ser corregido con la libertad total de circulación de trabajadores españoles hacia la Cemunidad.

Al amparo de este planteamiento, CEOE reclama del Estado español la adecuación a la Comunidad en lo referente a las aportaciones empresariales a la Seguridad Social así como la liberalización del mercado de trabajo mediante el alineamiento a la CEE en materia de flexibilización de plantillas y de jerarquización de las escalas salariales.

La libertad de establecimiento y de prestación de servicios debería hacerse de manera paulatina, mediante la transformación gradual de la actual legislación española sobre autorizaciones administrativas de inversiones extranjeras, frente a las inversiones directas de origen comunitario.

Libertad de movimientos de capitales

Respecto al movimiento de capitales, la CEOE pide las necesarias cautelas para evitar movimientos de tipo especulativo. Hacia el exterior, los movimientos efectuados por las industrias o empresas de servicios para potenciar sus exportaciones o sus operaciones internacionales deberían gozar de plena libertad. Los movimientos de capitales por parte de particulares convendría establecer un régimen transitono que fijara, entre otras cosas, unos límites por persona a la adquisición de valores cotizados en otros países y la prohibición de compra de inmuebles en el extranjero.

Política comercial común

Su asunción por España supondrá la desaparición de nuestra política comercial. Sólo podrá ser asumida gradualmente y agotando la totalidad del período de transición. España podrá aplicar con rapidez aquellos elementos que den lugar al abaratamiento de los input importados y, en cambio, con mayor parsimonia los que impliquen eliminar la protección frente a productos originarios de países terceros que puedan competir directamente con nuestros productos terminados.

Política fiscal y monetaria

Este aspecto es considerado por la CEOE como el más traumático para España, junto con la apertura del mercado interior a las importaciones de productos industriales. Y de manera especial, una vez explicitada la enorme diferencia entre los sistemas fiscales de España y la Comunidad, reclama el aplazamiento de la adopción por nuestro país del impuesto sobre el valor añadido (IVA) hasta «una fase avanzada del proceso de integración, cuando exista un grado considerable de hornogeneización entre nuestra economía y la de los restantes Estados miembros.

La CEOE no oculta su interés en «escalonar, e incluso se podría decir diluir, en el tiempo la entrada en juego de los desarmes y la aplicación por España del impuesto sobre el valor añadido».

En opinión patronal, la introdución del impuesto sobre el valor añadido provocará además un impacto profundo sobre las estructuras productivas y comerciales, al incidir sobre ellas de distintas maneras nuestro sistema fiscal actual, según se trate de procesos más o menos integrados. Dará también lugar a un cúmulo de dificultades en las empresas, sobre todo en las pequeñas y medianas, por razón de los cambios considerables que les obligará a introducir en sus técnicas contables.

De otra parte, reconoce CEOE que al ser España un país con márgenes comerciales insuficientemente conocidos, inducirá un incremento del coste de la vida que podría constituir un grave factor perturbador, tanto en el proceso de adhesión como en la marcha misma de la economía española.

Respecto a la imposición indirecta, CEOE considera que no es imaginable que España se alinie con la Comunidad sin que, al, mismo tiempo, se proceda a una equiparación respecto del segundo elemento base de lo que llama la parte institucional de los costes de producción, es decir, de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.

En este sentido, la CEOE cree que la simultaneidad entre la introducción del IVA y la reducción de las cotizaciones empresariales a la Seguridad social deben ser defendidas «con una especialísima y extremada firmeza».

Por lo que se refiere a la adopción por España de la política monetaria comunitaria, la patronal española considera tal posibilidad como inimaginable, dada las profundas diferencias existentes entre nuestra economía y la de la CEE.

«Otra cosa ocurriría si la política monetaria común llevara aparejados unos instrumentos suficientemente operativos para facilitar la reducción progresiva de los desniveles estructurales y de actividad económica entre los diferentes Estados miembros, así como para ayudar a los menos sólidos de entre éstos a soportar los riesgos de orden monetario que pudieran derivar, de la aplicación de dicha política».

Como en el terreno de las realidades la Comunidad no dispone de una política monetaria común, la patronal española considera que deben ser las orientaciones de base que inspiren el sisterna monetario europeo en el momento de la adhesión de España las que marcarán las modalidades y el calendario a sugerir para la aplicación por España de una política monetaria común hoy todavía en trance de elaboración.

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