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Culminación de la reforma fiscal

Inminente aprobación gubernamental del proyecto de ley del impuesto sobre el valor añadido

La introducción del impuesto sobre el valor añadido en nuestro país puede estar próxima. Hacienda presentará en breve al Gobierno un anteproyecto de ley sobre este impuesto, al que ha tenido acceso EL PAIS, que representa la culminación de la reforma fiscal iniciada por Femández Ordóñez. La introducción de esta figura impositiva, en vigor en todos los países de la CEE, puede significar serios trastornos en nuestra economía, pero es imprescindible de cara a nuestra integración en el Mercado Común.

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Resumen del proyecto de ley

La regulación del IVA, que se denominó tercera fase de la reforma Ordóñez, ha dormido en las Cortes en forma de proyecto de ley desde mayo de 1978. Un pacto tácito entre socialistas y centristas con el fin de no debilitar la postura de España en las negociaciones de Bruselas, explica la congelación de tal proyecto. La nueva redacción del equipo de García Añoveros corrige sustancialmente aquel texto para adecuarlo a las denominadas primera y sexta directrices comunitarias, ya que, como recuerda el actual anteproyecto, «ante las perspectivas de unas negociaciones largas con la CEE se había configurado con el objetivo esencial de la introducción sin traumas del tributo, dejando para una etapa posterior la acomodación a las directrices comunitarias».Tal vez por ello el nuevo texto se inicia con las siguientes palabras: «A la vista del favorable desarrollo de las negociaciones de adhesión de España a la Comunidad Económica Europea, es conveniente acomodar íntegramente a la normativa comunitaria el proyecto de ley del impuesto sobre el valor añadido». García Añoveros, por otra parte, justificaba hace unas semanas la modificación del impuesto de tráfico de empresas en los Presupuestos del Estado para 1981 en la necesidad de ir adecuando nuestro sistema tributario al de la CEE y de ir preparando el camino a la introducción del IVA en España.

La implantación del IVA supondrá la desaparición de los impuestos de lujo y de tráfico de empresas con las consiguientes complejidades técnicas y jurídicas del proceso de cambio. El IVA grava el valor total de los productos de consumo en los distintos procesos de producción y comercialización de los mismos conforme al valor añadido que se incorpora en cada paso.

El impuesto supone gravar las ventas totales realizadas por las empresas, que deducen las cuotas del mismo impuesto soportadas en las compras que a su vez realizan. La inversión no queda gravada, ya que la deducción en el caso de bienes de inversión se hace en el momento de adquirirlos y no cuando se amortizan. Los tipos previstos para el IVA, según el anteproyecto de ley, son tres: uno general de un 10%; otro del 30%, referido esencialmente a artículos de lujo; y un tercero reducido, del 5%, para bienes culturales y de primera necesidad.

El. IVA puede suponer un grave revés para las empresas punta de exportación en un primer momento, mientras que otras menos favorecidas en la actualidad pueden resultar beneficiadas. Tal vez por ello, y aun teniendo que introducir este impuesto por exigencias de la CEE en unos momentos como los actuales, poco propicios a este tipo de cambios por la crisis económica, el Gobiemo deberá arbitrar con cuidado su entrada en vigor, los períodos transitorios y compensaciones puntuales en algunos casos.

La CEE, con respecto al IVA, ha seguido el modelo francés, por el cual se gravan los productos de forma multifásica, en vez de hacerlo en la totalidad. Es decir, mediante una reducción de los impuestos realizados anteriormente, se gravan por la parte de valor añadido correspondiente a cada fase. Frente a este modelo, el vigente hasta ahora en España ha sido el denominado «de cascada». Es decir, se gravaban los bienes en cada transacción realizada, lo que impedía un conocimiento real de¡ tipo efectivo y propiciaba como consecuencia una deficiente asignación de recursos y un dificil ajuste en frontera.

El empresariado español, ante la inminencia del IVA, ha venido adoptando una actitud similar a la que mantiene ante la liberalización de nuestra economía. «Un sí, pero». Conscientes de la inevitabilidad de su introducción, temen sus inmediatas consecuencias y tratan de demorar su entrada en vigor y recabar ayudas o compensaciones paralelas por parte de la Administración.

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