Atención para los marinos mercantes y las viudas de la guerra civil
El Grupo Socialista del Congreso ha presentado dos proposiciones de ley, una relativa a la situación de los marinos mercantes y otra sobre pensiones a viudas de la guerra civil. Esta última fue presentada ayer tarde y la primera el pasado día 17 de mayo.En su proposición sobre los marinos mercantes, el Grupo Socialista de que el Gobierno se comprometa a remitir a la Cámara en plazo no superior a dos meses las disposiciones precisas para lograr los siguientes objetivos:
Establecer un Código de Conducta de la Marina Mercante que contemple con arreglo a la realidad actual los aspectos penales y disciplinarlos que la especl fieldad de la vida en la mar exigen, derogando la actual ley Penal y Disciplinaria de la Marina Mercante.
Equiparar a los trabajadores de la mar con el resto de los trabajadores, reconociéndoles, por consiguiente, los mismos derechos y obligaciones.
Que la gestión y control de la marina mercante y pesca, formalmente dependientes del Ministerio de transportes y Comunicaciones, deje de pesar sobre la marina de guerra, a través de las comandancias de Marina.
Por último, que en este terreno se lleve a la práctica el principio de unidad de jurisdicciones.
Por lo que hace a la situación de las viudas, la proposición, inspirada en la ley de Amnistía del pasado octubre, consta de seis artículos en los que se señala que son causantes del derecho a estas pensiones losfallecidos durante la pasada guerra civil como consecuencia de actos de guerra y aquellos que fallecieron posteriormente por enfermedad adquirida en prisión o campaña, o por represión de hechos o actitudes políticas, así como los fallecidos como consecuencia de los citados sucesos de 1934.
La proposición establece una cuantía de la pensión de 6.500 pesetas mensuales, con catorce mensualidades anuales, importe que se revalorizará con arreglo al sistema que sigue la Seauridad Social en tema de viudedad.
Además de las viudad tendrán derecho a esta pensión los hijos mayores de 65 años de las personas comprendidas en los supuestos anteriores y las incapacitadas, todas las cuales tendrán derecho además a las prestaciones sanitarias y servicios sociales de la Seguridad Social.
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