Se restringirán la posesión y tenencia de armas en manos de los particulares
Una nueva regulación sobre la tenencia de armas por parte de particulares, en tanto se procede a una exhaustiva reforma del Reglamento de Armas y Explosivos de 1944, y la remisión a las Cortes de sendos proyectos de ley de reunión y de asociación políticas, en cumplimiento de lo establecido sobre estos temas en los acuerdos de la Moncloa, fueron los acuerdos más importantes adoptados en el Consejo de Ministros celebrado ayer. El Gobierno acordó aplazar su decisión sobre las normas electorales sindicales al próximo Consejo de Ministros y no tomó ningún acuerdo, en contra de lo esperado, sobre la subida del precio de los billetes del Metro y de la Empresa Municipal de Transportes, así como sobre los posibles efectos retroactivos del pacto de la Moncloa.
En tanto se procede a una exhaustiva reforma del vigente Reglamento de Armas y Explosivos de 1944, a fin de adaptarlo a las nuevas necesidades y exigencias de la actual realidad socioeconómica y política española, el Gobierno aprobó un real decreto sobre medidas transitorias de carácter gubernativo en materia de tenencia de armas y vigilancia en armerías. Según esta disposición, quedan subsistentes únicamente las licencias tipo B para particulares y tipo E para militares y fuerzas de orden público, concediéndose un plazo que finaliza el primero de enero de 1978, para que los poseedores de armas que carezcan de la documentación preceptiva, hayan omitido la revisión periódica reglamentaria, o no hayan devuelto el arma concedida por razón del cargo, una vez suprimido éste o habiendo cesado en el mismo, puedan, sin incurrir en sanción, regularizar su situación.Dentro del mismo plazo, los que deseen continuar con licencia de armas y estén en posesión de las licencias tipo A (Cuerpo Diplomático), tipo C (Federación del Tiro Nacional) y tipo D (para autoridades y personal que por su cargo la tuviesen concedida) deberán solicitar la licencia tipo B, actualmente prevista para particulares.
En relación con el estado numérico de las licencias de armas concedidas, el ministro del Interior precisó que existían setenta del tipo A; 5.200 del tipo B; 5.407 del tipo C, y 60.000 del tipo D. En esta última cifra de licencias de tipo D, se incluyen, entre otras, 20.000 de vigilantes jurados; otras 20.000 de guardias jurados del campo; 10.000 del Cuerpo de Prisiones y otros cuerpos del Estado, y 5.000 de policías municipales.
También por este real decreto se regulan las medidas de seguridad en armerías y establecimientos autorizados para la exhibición y venta de armas, prohibiéndose a partir de la entrada en vigor de esta disposición todo tipo de propaganda pública sobre armas simuladas que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su autenticidad. Entre las armas prohibidas se incluyen los tiragomas perfeccionados o ballestas cuya potencia de lanzamiento las haga peligrosas para la integridad física de las personas. A partir del 1 de enero de 1978 la infracción de estas normas estará sancionada con multas de medio, dos y cinco millones de pesetas, que podrán imponer, respectivamente, los gobernadores civiles, el ministros del Interior y el Consejo de Ministros. Además de las sanciones pecuniarias citadas, el, incumplimiento por parte de los titulares de las armerías de tales normas podrá ser sancionado con el cierre de sus establecimientos por un período de hasta tres meses, y, en caso de reincidencia, con la clausura.
Reunión y Asociación política
El ministro del Interior informó de los proyectos de ley de Reunión y de Asociaciones Políticas, remitidos a las Cortes en ejecución de los acuerdos de la Moncloa. En el primer proyecto se contemplan diversas modificaciones de la ley de 29 de mayo de 1976, entre ellas las siguientes:
-Ampliar el concepto de reuniones privadas, elevando el número de asistentes, fijado anteriormente en veinte, a cincuenta, y se excluyen también las de carácter familiar y las convocadas por los partidos políticos legalmente constituidos.
- Limitar las causas de suspensión y disolución de la reuniones públicas o los supuestos de alteraciones graves del orden o cuando en el curso de las mismas se cometa o intente cometer algún delito.
-Compatibilizar las reuniones en lugares abiertos al uso público con las exigencias de la circulación y tráfico viario, pudiendo modificar a tal objeto el día, hora y lugar o itinerarios proyectados.
-Reforzar la garantía penal para asegurar el cumplimiento de las obligaciones que impone el ejercicio de este derecho.
-Regular un proceso judicial sumario en garantía del legítimo de ejercicio de este derecho, sin que puedan transcurrir más de quince días entre la interposición del recurso y la notificación de la sentencia.
Por su parte, en el proyecto de ley de Asociaciones Políticas se establece que la creación de partidos políticos es libre y que su organización y funcionamiento deberán ajustarse a principios democráticos, correspondiendo a la autoridad judicial decidir sobre la suspensión y disolución de los mismos. También corresponderá a la autoridad judicial la declaración de ilegalidad. En cuanto a la financiación por la Administración de las actividades de los partidos políticos, se prevé la consignación en los Presupuestos Generales del Estado de una cantidad global cuya distribución se efectuará mediante una cantidad fija por cada escaño obtenido en cada una de las dos Cámaras (Congreso y Senado) y otra cantidad también fija por cada uno de los votos obtenidos por cada candidatura a cada una de las Cámaras.
El ministro del Interior también informó sobre la reorganización de la Escuela General de Policía, con el fin de adaptarla a las modernas exigencias profesionales y técnicas, y que demandan la sociedad actual y la nueva situación política española.
Las normas electorales sindicales, aplazadas
El Gobierno destacó en su información la que recibió el Consejo de Ministros sobre el desarrollo de las conversaciones entre los representantes del Gobierno, de los trabajadores y de los empresarios. La ampliación de la referencia oficial de lo tratado indica que tales conversaciones, mantenidas durante estas semanas, han versado sobre las determinaciones de criterios para configurar las normas electorales que deben servir para elegir los órganos de representación de los trabajadores en el seno de la empresa. No concreta sobre el contenido de las conversaciones, e informa que el Gobierno ha decidido «establecer con la mayor urgencia los criterios que deben presidir estas normas electorales, que serán objeto de consideración definitiva en el Consejo de Ministros de la semana que viene».
Otro tema sobre el que no se ofrecen explicitaciones es el de las autonomías. El Gobierno se limita a dar cuenta de que el ministro adjunto para las Regiones «informó sobre las negociaciones de preautonomía en curso».
Entre los temas económicos del Consejo, el Gobierno destaca el decreto por el que se transforman en organismos autónomos determinados servicios públicos centralizados. La ampliación enumera tales servicios: Escuela de Organización Industrial, que se adscribe a la Subsecretaría del Ministerio d e Industria y Energía; Exposiciones, Congresos y Convenciones de España, Escuela Oficial de Turismo e Instituto Español de Turismo, a la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Comercio y Turismo, e Instituto Nacional del Consumo, que se adscribe a la Subsecretaría de Comercio Interior del mismo departamento.
Los dos acuerdos del Gobierno que afectan al Ministerio de Economía -el establecimiento de fondos de garantía para Ios bancos y las cajas de ahorro- son explicados por el Gobierno en el sentido de que tales fondos tienen como finalidad «asegurar la protección de los depositantes y ahorradores» y que comenzarán a funcionar a partir del primero de diciembre de este año. La administración y gestión de los fondos de garantía correrá a cargo del Banco de España, cuya participación en la constitución y funcionamiento de los mismos «viene justificada -explica el Gobierno- por una economía de costes y una mayor eficacia en su funcionamiento».
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