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Entre la neutralidad y el derecho de intervención

El nuevo tratado sobre el canal de Panamá, firmado ayer en Washington, entrará en vigor el próximo año, una vez ratificado por las dos partes. Sustituye al firmado en 1903, el cual establecía el principio de «eterna utilización» por Estados Unidos y otorgaba a los norteamericanos el mantenimiento del orden en la Zona del Canal, lo que fue aprovechado por Washington para instalar en la zona catorce bases militares y gran número de tropas.El nuevo documento consta de dos tratados; El primero se refiere a la neutralidad permanente del canal, en el que, aunque se ha evitado el término «intervención», el contexto es lo suficientemente vago como para que Estados Unidos, implícitamente, tenga el derecho unilateral de intervenir en el canal. El segundo, el tratado básico, se refiere al mantenimiento y defensa del canal, y su vigencia concluye el 31 de diciembre de 1999.

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Sus puntos fundamentales se refieren a las cuestiones de la soberanía, seguridad nacional y defensa, mantenimiento y la cuestión económica.

Soberanía: En el momento de la entrada en vigor del nuevo tratado, Panamá asumirá la soberanía de lo que actualmente es la Zona del Canal, reservándose Estados Unidos el 355 de la misma hasta el año 2000. Serán panameños los tribunales, la policía, las escuelas, servicios de correos, cosa que no ocurría con el anterior tratado.

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Seguridad nacional y defensa: Estados Unidos garantiza la seguridad y defensa del canal hasta el 31 de diciembre de 1999, pero tendrá el permanente derecho de defender la neutralidad del canal en cualquier circunstancia y por tiempo indefinido. Por otro lado, los barcos de guerra norteamericanos tendrán el derecho permanente de tránsito por el canal sin condición alguna y por tiempo indefinido. Durante el resto del siglo, las tropas norteamericanas tendrán la principal responsabilidad de la defensa del canal. El número de bases militares de Estados Unidos quedará reducida a tres cuando entre en vigor el nuevo tratado, y serán ocupadas conjuntamente por la Guardia Nacional panameña y las tropas norteamericanas, cuyo número se irá reduciendo gradualmente.

Mantenimiento: Estados Unidos se reserva el control de aguas, tierras e instalaciones (incluidas las bases militares) necesarias para el mantenimiento y defensa del canal. La compañía administradora del canal será reemplazada por una nueva administración que estará compuesta por cinco norteamericanos y cuatro panameños. Hasta 1990, el administrador del canal será norteamericano, y el subadministrador, panameño.

El número de empleados de nacionalidad norteamericana se reducirá en un 20 % durante los primeros cinco años de vigencia del tratado, pudiendo continuar hasta su jubilación los empleados civiles del Gobierno de Estados Unidos. La jurisdicción criminal de Estados Unidos sobre sus ciudadanos se eliminará por etapas durante los tres primeros años.

Cuestión económica: Panamá recibirá, en concepto de ingresos por el canal, un porcentaje anual sobre los derechos del peaje y una cantidad fija garantizada por el Gobierno norteamericano. Además recibirá una suma adicional, de carácter anual, siempre que el tráfico por el canal y los ingresos lo permitan.

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