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La reforma del Reglamento, según la Junta Nacional Taurina/ 3

Pretenden barrer para dentro y legalizar corruptelas

El retraso nada menos que en cinco minutos para el primer aviso, la supresión de la exigencia de trapío en las reses, la merma de la autoridad del presidente para la concesión de trofeos son algunas de las modificaciones al vigente reglamento que pretende la Junta Nacional Taurina.

Lo que buscan, está claro, es un reglamento regresivo, que legalice corruptelas y que responda, en todo, a su intención de barrer para dentro. Es de esperar que la comisión que, en el seno del Ministerio de Gobernación, trabaja en la redacción del proyecto definitivo será consecuente con el espíritu que debe tener el nuevo reglamento y no admitirá semejantes partidismos, que supondrían un quebranto de fondo para el espectáculo y atentan contra los intereses de los aficionados. Continuamos aquí con la exposición y comentario de las referidas modificaciones.Trofeos: Nuevamente la Junta pretende recortar las atribuciones del presidente y añade al texto en rigor sobre la concesión de trofeos que aquél, para conceder la segunda oreja, oirá las opiniones del veterinario y el asesor que le acompañan en el palco. Es de suponer que si estos peritos están en el palco será para que el presidente les consulte cuando lo crea conveniente, pero la modificación referida hace ineludible la consulta. Los propósitos de la Junta, con este añadido, no son difíciles de imaginar, si tenemos en cuenta que en artículo anterior proponen, asimismo, que los asesores del presidente sean designados por ella. Ya comentamos en su día los riesgos que esta pretensión comporta.

Y no paran de barrer para dentro: en el mismo artículo se decía, hasta ahora, que los espadas cuyos subalternos corten trofeos que no hayan sido concedidos (o los que rechacen el otorgado) serán sancionados con 3.000 ó 1.500, pesetas, según se trate de matadores de toros o de novillos. La Junta, en sus modificaciones, rebaja las sanciones a mil y quinientas pesetas, respectivamente.

Aporta, sin embargo, dos novedades que suscribimos: de un lado, que la presidencia levante acta del resultado de la corrida y trofeos y entregue copia de la misma a los medios informativos. Será ésta la forma de que, ¡al fin!, queden eliminados, ciertos despachos de agencia redactados en tonos triunfalistas y con datos falsos sobre trofeos; tan habituales hasta hoy -y durante muchos años- que este tipo de informaciones han perdido el mínimo de fiabilidad, tanto por quienes realizamos las secciones taurinas de los periódicos como por los lectores. Y de otro, una propuesta de regulación de salida a hombros por la puerta principal que será, según la Junta, cuando el espada haya obtenido, por lo menos, la mitad más una de las orejas de los toros que le hayan correspondido o en uno de ellos le hayan concedido el rabo.

Trapío: El artículo 74, que por referirse, en concreto, al toro debería ser uno de los más cuidados, y que ya en el reglamento actual peca de breve -quizá demasiado abstracto, incluso-, la Junta lo recorta más aún y suprime la frase «...y en general, sobre todo, lo que el tipo zootécnico del toro de lidia requiere». Con lo cual, de un plumazo eliminan las exigencias de trapío, que constituye la petición constante de los aficionados. De ninguna manera -entendemos- debe recoger esta modificación el nuevo reglamento, pues dejaría la puerta abierta para que se justifique reglamentariamente la falta de presencia de las reses.

Avisos: Otro toque de atención, y muy importante, merece la modificación que la Junta propone del artículo 117, que se refiere a los avisos. Los diez minutos que desde siempre se marcaban para el primer aviso los convierten ¡en quince!. Aquí la Junta -inefable ella- se ha pasado. Pero este tema merece comentario aparte.

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