Apropiaciones indebidas
Por el número del sábado, 11 de septiembre, se entera la junta que presido del distrito Centro del Ayuntamiento de Madrid, con gran satisfacción, de estar constituyéndose la «Asociación de Vecinos de La Arganzuela», justa y fundamentalmente preocupada ante el gran número de fincas que se encuentran declaradas en ruina o con la posibilidad de serlo en un futuro muy próximo.Es profundamente grato para la junta municipal de este distrito y especialmente para mí, el que asociaciones vecinales nos ayuden a resolver el gran problema que crea en el viejo casco urbano de Madrid la situación ruinosa de fincas, que, cuando es inminente, ofrecen un peligro cierto para sus ocupantes, y cuya situación se está acentuando en estos tiempos.
Leo, no obstante, en la nota publicada en ese diario a que me refiero, que la comisión encargada de constituir la asociación va a ocuparse de estudiar, analizar y actuar «frente a aquellos problemas más acuciantes que rodean a la vivienda, es decir, desahucios, expropiaciones, demoliciones, apropiaciones indebidas, etcétera».
Los primeros de estos fines me parecen plausibles, pero, de no tratarse de una mera errata, el subrayado no creo quede incluido entre ellos, porque la «apropiación indebida» es un delito así titulado en el código penal, sección 4.° del capítulo IV, del titulo XIII «de los delitos contra la propiedad», y constituido por la apropiación o distracción de dinero, efectos, o cualquiera otra cosa, muebles recibidos en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlo o devolverle o cuando se negase haberlo recibido.
Concejal del distrito Centro
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