Anulados los nuevos Estatutos de Previsión Sanitaria Nacional
La Subsecretaría de la Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo, ha estimado el recurso de alzada interpuesto por Francisco García Miranda y un numeroso grupo de mutualistas de diversos lugares de España contra la resolución de 12 de marzo de 1976 por la que se aprobaron los nuevos estatutos de Previsión Sanitaria Nacional, los cuales habían sido votados en asamblea extraordinaria celebrada el día 21 de junio de 1975. La resolución ministerial ha sido anulada, habiéndose devuelto lo actuado a la Dirección General de Gestión y Financiación de la Seguridad Social.Según se afirma en la resolución que anula los nuevos estatutos de Previsión Sanitaria Nacional, la aprobación de dichos estatutos fue llevada a cabo por la Dirección General de Gestión y Financiación de la Seguridad Social, sin que tuviese facultades para ello, ya que las mismas están atribuidas por ley a la Subsecretaría de la Seguridad Social, lo cual acarrea la nulidad de pleno derecho de la resolución aprobatoria de los estatutos.
En la resolución se establece expresamente que deberán modificarse los artículos 2.2, 10, 11, 12 y 13, adaptándolos a la ley de 6 de diciembre de 1941 y al decreto de 26 de mayo de 1943 sobre Montepíos y Mutualidades de Previsión Social, a fin de que se mantenga la igualdad de derechos de todos los mutualistas. En la resolución se fija un plazo de tres meses para llevar a cabo las modificaciones de los citados artículos.
Esta resolución no es todavía firme ya que las partes interesada, podrán recurrir contra ella.
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