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Los alumnos tendrán hasta seis convocatorias

Tanto el límite de permanencia en la Universidad, como la determinación del número de convocatorias a las que puede presentarse cada alumno, son materias que deben regularse en los Estatutos de cada Universidad, dentro del marco que fije la modificación del decreto-ley de 10 de julio de 1975, -sobre garantías para el funcionamiento institucional de la Universidad-, acordada ayer por el Consejo de Ministros.El titular de la cartera de Información, señor Martín Gamero, comunicó a los periodistas que, de acuerdo con la disposición aprobada por el Consejo, los Estatutos de cada Universidad regularán:

-La permanencia en la misma de los alumnos de todos sus centros. El periodo mínimo de permanencia será, en todo caso, equivalente a dos cursos más de aquellos que correspondan según los respectivos planes de estudio.

-La evaluación del rendimiento acádemico de los alumnos, oficiales y libres, así como el número de convocatorias a las que puedan presentarse, dentro de un límite mínimo de cuatro y máximo de seis.

Los alumnos de primer curso que no aprueben ninguna asignatura en junio y septiembre de un año acádemico, sin causa justificada, no podrán proseguir sus estudios en la Facultad o Escuela en que estuvieran matriculados. No obstante, podrán iniciar estudios, por una sola vez, en otro centro universitario. Si tampoco aprueban ninguna asignatura en junio y septiembre, quedarán imposibilitados de continuar estudios universitarios.

Hasta que se aprueben los Estatutos definitivos de las Universidades, los alumnos matriculados en cursos distintos al primero podrán solicitar la ampliación de dos convocatorias más de las cuatro establecidas como tope en el mencionado decreto de 1975.

La principal novedad de la nueva disposición consiste en que supone un paso hacia la autonomía universitaria, al consignar que ciertas materias han de regularse de acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos de cada Universidad. Por otra parte, permite elevar a seis el número máximo de convocatorias -hasta ahora eran cuatro- y posibilita emprender estudios en otro Centro universitario cuando el alumno de primer curso no ha podido aprobar ninguna asignatura en el que eligió en primer lugar.

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Fuentes oficiosas han asegurado a EL PAIS que el nuevo decreto también suaviza la actuación de los tribunales disciplinarios para el alumnado.

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