La nueva ley del flamenco: una norma sin desarrollo ni dotación presupuestaria
El texto aprobado la semana pasada en el Parlamento de Andalucía con la abstención de la oposición en bloque es acogido con escepticismo entre los profesionales y aficionados
La imagen, la semana pasada, de Farruquito y Manuela Carrasco bailando delante del Salón de Plenos del Parlamento de Andalucía, en Sevilla, dio la vuelta a España y acaparó portadas de los periódicos regionales: los rostros más conocidos de este arte festejaban así —antes lo habían hecho aplaudiendo con palmas a compás en el interior de la sala— la aprobación de la primera Ley del Flamenco con que va a contar la comunidad. La aprobación obtuvo solamente los 58 votos del Grupo Parlamentario Popular, que cuenta con mayoría absoluta (hay 109 escaños), más un apoyo, al parecer erróneo, de la oposición, que se abstuvo en bloque. ¿Pero, qué hay detrás de esa foto simbólica a la que se quisieron sumar todos los miembros del Gobierno andaluz?
“El otro día, en la puerta del parlamento, tiramos muchos cohetes al cielo, se celebró a lo grande, pero esta ley, de momento, no deja de ser un reconocimiento más. Piano piano y seamos prudentes, aunque esperanzados”. Así lo resume a EL PAÍS Francisco Viedma, presidente de la Federación Andaluza de Peñas Flamencas, un colectivo al que la nueva regulación hace especial mención. “Lo que se ha aprobado es una ley marco, una declaración de principios, nada más, todo eso está bien, pero tenemos que esperar a ver su desarrollo y qué presupuesto se le asigna. Aún no sabemos qué tratamiento se le va a dar al tejido asociativo, qué reconocimiento y qué colaboración. Las peñas flamencas hicimos unas aportaciones a la ley como único reducto y cordón umbilical que somos de los flamencos con el público base, y que garantiza la transmisión oral de este arte de una manera desinteresada. ¿Pero, cómo nos van a proteger? No lo sabemos”.
Efectivamente, esta nueva ley es una vieja reivindicación de los profesionales que vertebran el sector del flamenco en Andalucía, una actividad no solo artística sino también industrial y motor económico que supone el 5,5% del producto interior bruto de la región. No obstante, como indica Viedma, este marco legal es tan solo una declaración de intenciones sobre el papel que pretende marcar un antes y un después en la gestión de este activo para la comunidad, pero que nace sin asignación presupuestaria ni un desarrollo normativo, a expensas de la elaboración de un Plan General Estratégico del Flamenco, herramienta que previsiblemente articulará y materializará los 36 artículos y cinco disposiciones adicionales de este texto legal, y cuya aprobación tendrá que producirse en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de la ley.
El trabajo empieza ahora para que la Ley del Flamenco de Andalucía llegue a las peñas, a los artistas y compañías y a los escenarios, sirva de impulso para la actividad artística y garantice, tal y como indicó el consejero de Cultura de la Junta de Andalucía, Arturo Bernal, tras su aprobación en el Parlamento andaluz, el pasado miércoles, “su protección y conservación, así como la promoción de su conocimiento para su uso como bien social y como patrimonio cultural inmaterial de Andalucía, asegurando así su transmisión a las futuras generaciones”.
La lectura de la Ley del Flamenco, por tanto, como “mero reconocimiento al sector”, insiste Viedma, deja en ocasiones una sensación de déjà vu en algunos de sus apartados, pues se tratan aspectos que se encuentran ya normalizados o, en otros casos, no se presentan las necesarias concreciones normativas.
Por ejemplo, la nueva norma prevé que las creaciones individuales y colectivas del flamenco puedan ser inscritas en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz (Cgpha), a la vez que se inscribe al flamenco como Bien de Interés Cultural (BIC) y se declara el 16 de noviembre como Día del Flamenco en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza. Esta fecha ya fue establecida por el Gobierno andaluz en 2011, presidido en aquel momento por José Antonio Griñán, del PSOE, tras el reconocimiento como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por parte de la Unesco en 2010. Respecto a la declaración de BIC, ya en 1999 los registros sonoros de Pastora Pavón, La Niña de los Peines, fueron declarados BIC en la categoría de Patrimonio Documental.
El capítulo más sensible, no obstante, es el que presta especial atención a la enseñanza del flamenco en el sistema educativo andaluz, que pretende abarcar las distintas etapas de la enseñanza no universitaria, mediante la inclusión de contenidos curriculares y el desarrollo de actividades relacionadas con el flamenco. Julio de Vega coordina el proyecto de flamenco en las aulas del IES Santa Isabel de Hungría, en el barrio de Santiago de Jerez de la Frontera —donde han nacido algunas de las mayores glorias de este arte— y pionero en estas prácticas docentes. De Vega, como otros docentes consultados, ve con buenos ojos la inclusión de la enseñanza del flamenco en la ley, pero advierte de que para que esta sea verdaderamente efectiva debe tener un reflejo directo en los currículos oficiales y en la legislación educativa: “Si lo establecido en los artículos 23, 24, 25 y 26 del Título IV no se traduce en una presencia real y sistematizada del flamenco en los currículos de los distintos niveles educativos y en los programas de formación del profesorado, todo quedará en una mera declaración de intenciones y seguiremos dependiendo en gran medida del voluntarismo e implicación de docentes con inquietudes flamencas”, señala De Vega.
Lo que bien es cierto es que con este acto concluye un proceso de oficialización del arte flamenco, que arranca muy atrás en el tiempo y en el que se encuentran hitos de mayor o menor importancia con los que la Junta ha actuado en defensa de un arte que se considera identitario de esta tierra. Dentro de esa línea temporal habría que remontarse a 1994, cuando se creó la Compañía Andaluza de Danza (CAD), germen de lo que es el Ballet Flamenco de Andalucía (BFA).
Dos años después echó a andar el ciclo Flamenco viene del Sur, que programa actuaciones en teatros públicos andaluces. Todo ello antes de que en 2005 se crease la Agencia Andaluza para el Desarrollo del Flamenco (AADF), posteriormente convertida en el Instituto Andaluz del Flamenco (IAF), dependiente de la Agencia de Instituciones Culturales (A.II.CC.) de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes. De ese instituto, dirigido en aquel momento por el periodista Francisco Perujo, partió la iniciativa de presentar la candidatura para inscripción del flamenco en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Unesco, una aspiración que se vio colmada en noviembre de 2010.
Pero, sin duda, la apuesta más fuerte de la Junta por el flamenco se produjo con la reforma del Estatuto de Autonomía de 2007, que en su artículo 68, punto 1, estableció que “corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz”. Tal declaración fue objeto de no poca controversia. Como paradoja ante la actual aprobación de la ley por parte del Gobierno de Juan Manuel Moreno Bonilla (PP), esta formación entonces se opuso y su presidente regional, Javier Arenas, calificó como “ridículo y disparatado” que Andalucía pretendiera contar con esas competencias exclusivas, ya que el flamenco es un arte “universal”.
Sin embargo, ese espíritu, y con parecida literalidad, está recogido en la ley, pues la citada norma, como se puede leer, tiene como objetivo “garantizar la salvaguarda para la protección, conservación, difusión e investigación, así como la promoción para el conocimiento del flamenco para su uso como bien social”.
Al final, los hechos demuestran que el flamenco ha sido un goloso objeto de deseo para las fuerzas políticas, que no han dudado en llevar la contraria para terminar defendiendo lo mismo a lo que una vez se opusieron. Eso sí, todos quieren salir en la foto.
Babelia
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