La vida de los artistas y técnicos: “Un día trabajas, al siguiente ya estás en el paro. Y así”
Una decena de creadores bendice la aprobación del Gobierno de una inédita prestación por desempleo adaptada a la intermitencia y de la compatibilidad entre pensión y actividades artísticas, pero recuerda las medidas aún pendientes
Al final de un concierto, normalmente, llegan los aplausos. Solo un músico o un intérprete saben qué se siente sobre el escenario ante la ovación del público. Pero solo ellos conocen también lo que a menudo se asoma justo después: el vacío. “Un día trabajas, al siguiente ya estás en el paro. Y así”, resume Montserrat Pratdesaba, más conocida como Big Mama Montse, que tiene 59 años y lleva 35, con su guitarra y su voz, al servicio del blues. En una palabra, intermitencia, como repiten voces de todos los ámbitos culturales para describir su realidad laboral. “La mayoría de los ciudadanos tienen su horario y mensualidad asignada. Pero gran parte de los artistas y técnicos no funcionamos así”, agrega Ángela Verdugo, de 43 años, bailarina desde los 16.
A fuerza de denunciarlo durante años, han conseguido al fin convencer al propio Gobierno, que aprobó esta semana tres medidas clave: la primera prestación por desempleo adaptada a la precariedad del trabajo cultural; la compatibilidad entre el cobro de la pensión de jubilación y cualquier actividad artística que genere rendimientos económicos; y una cuota especial para autónomos de este ámbito con ingresos por debajo de 3.000 euros al año. El Ejecutivo reconoce así precisamente la especificidad del sector y la necesidad de protegerlo con normas ad hoc.
Cada uno de la decena de entrevistados ofrece ejemplos de sobra. Y, seguramente, cualquiera de sus compañeros de profesión también podría. Falta de reconocimiento de ciertas enfermedades como profesionales; enormes dificultades para percibir una baja de maternidad o paternidad; cuotas a la Seguridad Social inasumibles; semanas de actividad imparable seguidas de meses sin que el móvil apenas suene; y una larga lista de etcéteras, que empeoró dramáticamente durante la pandemia, que la cultura española afrontó sin protecciones específicas. Hace cuatro décadas que la Unesco recomendó a sus Estados miembros desarrollar marcos adecuados para los creadores. Y han pasado cuatro años y medio desde que, en junio de 2018, todos los partidos apoyaron en el Congreso un informe de 75 puntos para la elaboración del llamado Estatuto del Artista.
Las leyes, sin embargo, han avanzado a cámara lenta. Y quedan todavía unos cuantos frentes abiertos, pese a que el Gobierno prometió desarrollar todo el proyecto para diciembre de 2022. A la espera, eso sí, los entrevistados dan la bienvenida a los últimos cambios, que algunos llegan a tachar de “hito” o “antes y después”. Aunque a menudo, a medida que avanza la conversación, sigue la cautela.
En concreto, para acceder a la nueva prestación por desempleo, harán falta 60 días cotizados en los últimos 18 meses; o 180 en seis años, frente a los 360 que se exigen normalmente. Y el subsidio durará 120 días. Eva Moraga, abogada especializada en el sector cultural, concluyó tras un estudio exhaustivo de la música que el 70% de los artistas no suma ni 40 actuaciones al año. De ahí que subraye los flamantes beneficios: “En año y medio, si les va bien, pueden obtener durante cuatro meses una prestación del 80% o del 100% del IPREM”.
Si la media diaria de las bases de cotización no supera los 60 euros se obtiene el 80% del IPREM, es decir, una ayuda de 480 euros al mes. Si supera ese umbral, sería el 100%, que en 2023 es de 600 euros al mes. En el momento en que un artista vuelva a tener trabajo se suspende y luego se retoma. Cuando se acaba de cobrar la prestación, eso sí, “el contador se pone a cero”, como advierte Moraga.
“Antes, el acceso al paro era prácticamente imposible. Durante gran parte de nuestro día a día laboral no estamos dados de alta”, agrega Verdugo. Y los demás relatos confirman sus palabras: una novela, un cuadro o un filme no nacen de un día para otro; ni tampoco un bailarín está listo de golpe para actuar; sin embargo, la actividad de investigación y preparación difícilmente tiene registro oficial. A veces, ni siquiera los ensayos están cubiertos y el contrato inicia y termina con la propia actuación. Por lo menos, la Seguridad Social redondea la duración de la actividad: un día trabajado por los artistas puede llegar a valer casi como dos, justamente para tener en cuenta todo lo demás. A condición, eso sí, de empujar la cotización hacia sus máximos.
Isidro López Aparicio tiene otro problema: se queda fuera por su oficio. Es artista plástico y, como especifica Moraga, “la prestación por desempleo solamente afecta a los artistas y técnicos de las artes escénicas, musicales y audiovisuales. Los plásticos, los escritores o los compositores no van a poder pedirla”. López Aparicio, en realidad, no solo se dedica a la creación, algo también muy común en el sector. La enseñanza suele ser el otro pilar que permite a muchos creadores seguir adelante, aunque el tópico del actor-camarero tiene sólidos fundamentos en la vida diaria. En concreto, él es comisario y profesor universitario, y este último es el trabajo que le permite vivir. “La precariedad limita la creación. Así que lo que he hecho es comprar mi libertad creativa. Decidí ser el mecenas de mi trabajo”, asegura.
La situación que relata es la misma que vive el 77% de su gremio, según un estudio que él mismo elaboró, donde concluyó que “solo el 2,7% de los artistas españoles cotiza tiempo suficiente para tener una pensión contributiva”. Esto es, menos de un 3% puede vivir del arte, en concreto de los beneficios de las exposiciones y la venta de obra.
Cambiando de ámbito, la inestabilidad apenas varía. El sector cultural empleó, en 2021, a 690.800 personas, el 3,5% del mercado laboral, en datos del Ministerio de Cultura y Deporte. Pero solo el 66,6% era asalariado, frente al 84,1% de la media nacional. Y apenas uno de cada dos cuenta con un contrato indefinido, por debajo del mercado laboral en general (63%). Las empresas del sector tampoco esquivan la precariedad: el 67,1% de las 128.741 compañías registradas no tiene ningún empleado (es decir, se trata de un autónomo en solitario) y el 26,8% suma entre uno y cinco.
“En Madrid o Barcelona en invierno sigue habiendo oportunidades de trabajo, clubes de conciertos, compañías de teatro…. En Baleares se hace la temporada de mayo a octubre, pero el 31 de octubre cierra todo hasta abril y no hay nada”, lamenta Isis Montero, pianista, compositora y presidenta de ProMúsics Mallorca, una de las organizaciones que, junto con la Unión de Músicos, ha impulsado la aprobación de las nuevas medidas. De ahí que los meses más fríos a menudo tirite también la cartera. Algunos se dan de baja de autónomos porque no les compensa, otros se vuelcan en segundas o terceras ocupaciones y cualquier trabajador cultural conoce de cerca la opción que terminan adoptando unos cuantos: dejarlo.
La propia Montero ha pasado de un festival de jazz en Kazajistán a un concierto en un hotel, de actuar ante miles de personas a amenizar la tarde de un chiringuito. “Los músicos del día a día, los que no estamos en Operación Triunfo, no somos productos para las masas y luchamos por nuestros proyectos”, añade. Y Álvaro Blázquez muestra otro ejemplo de flexibilidad: es actor y licenciado en Derecho. Dejó la abogacía en 2013 y la retomó en 2022 para ayudar a sus colegas del gremio tras la pandemia. Asumió de tal manera este nuevo papel que decidió crear un perfil de Instagram (asesoroactores) donde publica información sobre los nuevos salarios en el teatro o el convenio audiovisual, entre otros muchos temas laborales. Entre las dudas que le consultaban, recuerda la de actores jubilados que le llamaban para preguntarle “si podían compatibilizar una película o una serie con los derechos de imagen y propiedad intelectual”.
Esas llamadas deberían acabarse. El real decreto aprobado establece que sí es compatible seguir en activo y cobrar la jubilación en el gremio de la cultura. Moraga puntualiza que el texto aprobado en el Consejo de Ministros es una ampliación de derechos de un real decreto anterior en el que ya se permitía esta compatibilidad a escritores y a artistas plásticos. Pero ¿qué sucedía con los ejecutantes, es decir, con un actor o un cantante que interpreta la obra original de otra persona? “Se ha dejado muy claro que es tanto para la actividad de creación artística como para la actividad de interpretación y de ejecución”, explica.
“Dile a un actor o actriz de 70 años que no puede hacer el personaje de abuelo o de abuela”, plantea Àlex Casanovas, presidente de Conarte (Confederación de Artistas Trabajadores del Espectáculo), “o que no se necesitan dobladores de una edad o que no puedan hacer estos trabajos porque están jubilados”. Casanovas pone de ejemplo a un actor, del que prefiere no decir su nombre, que recibió “una multa de la Seguridad Social de 14.000 euros más los costes del juicio” por trabajar jubilado y, asegura, pese a haber avisado convenientemente de sus proyectos laborales. Como recuerda, en el peor de los casos la penalización era perder la jubilación.
Para Daniel Romero, la pesadilla empezó en otoño de 2013. Jubilado desde 2005, seguía percibiendo derechos de autor por su trabajo como traductor. Hasta que un día recibió un mensaje al móvil de la Seguridad Social informádole de que se le había dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) con fecha 11 de octubre de 2009. Relata que llamó, para explicar que debía de haber habido algún error. Sus problemas, sin embargo, acababan de empezar: “Me habían suspendido la pensión, habían declarado ‘cantidades indebidamente percibidas’ las de mi pensión de 2010, 2011, 2012 y 2013, estaba en deuda por no haber pagado cuota de autónomo esos mismos ejercicios, y además me sancionaban por el retraso en el pago de dichas cuotas”. Total: 136.033,6 euros.
Todo porque estaba dado de alta en el AIE (Impuesto de Actividades Económicas, en la epígrafe 774 traductores e intérpretes) —algo que le había recomendado un funcionario de Hacienda que le ayudaba en la declaración de la renta para encajar los ingresos como traductor, según su versión—. Asi que se dio de baja en el AIE, en el RETA y acudió a un abogado. “Descubrí que se consideraba trabajador habitual incompatible con el cobro de la pensión de jubilación al que se viera recompensado con unos ingresos totales por encima del salario mínimo interprofesional (SMI) en cómputo anual”. En 2009 y 2010, en realidad, se había mantenido dentro de ese umbral. En 2011 y 2012, en cambio, lo había sobrepasado en unos 2.000 euros cada año. En todo caso, acudió a la Audiencia Provincial, donde perdió y fue condenado a asumir las costas. Él mismo repasa las cuentas que debió pagar: “Cuotas de Autónomo debidas y sanción de demora: unos 8.000 euros. Devolución de pensión de dos años: unos 70.000. Costas y abogado: unos 4.000 euros”.
Con las recientes modificaciones, su caso no existiría. Pero sí permanecen otros problemas. Moraga resume las carencias de lo que denomina reiteradamente real decreto y no Estatuto. “No es una norma global como sí se ha aprobado en Portugal”, dice, “aquí se ha optado por diferentes normas que han ido modificando las ya existentes. En este último se contemplan solo estas tres medidas”. El propio anuncio del Ejecutivo, el pasado martes, demostró que queda mucho por hacer. Porque, a la vez que celebraba las nuevas medidas ―” Somos feministas, ecologistas, pero hoy somos también el Gobierno de los trabajadores de la cultura”―, la vicepresidenta y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, reveló que se pondrán en marcha dos comisiones, integradas por trabajadores de los ministerios competentes y representantes sindicales y del sector cultural. Una estudiará e impulsará el reconocimiento de ciertas enfermedades profesionales derivadas de las actividades artísticas. La otra se dedicará a proponer cómo terminar de encajar la intermitencia en el ámbito laboral y de la Seguridad Social.
Ángela Verdugo supo en su propia piel lo importantes que son estas tareas pendientes. “Tuve una lesión grave de espalda, no podía ni moverme. Pero en cuanto pude andar, el médico quería darme el alta laboral”, recuerda. Quizás lograra caminar: volver a bailar, sin embargo, era otra historia. Paradójicamente, si se hubiera quedado afónica, sí habría sido razón de baja laboral. “Incluso en la mutua me decían: ‘No podemos tratarte, no tenemos expertos tan especializados”, agrega Verdugo.
Un problema parecido al que afrontan, según Big Mama Montse, muchos intérpretes camino de la retirada: “Existe una excepción para que cantantes, bailarines o trapecistas puedan jubilarse a los 60, a condición de justificar que has realizado un trabajo artístico. Y eso muchas veces en las oficinas administrativas resulta imposible”. El propio desarrollo del Estatuto del Artista parece darle la razón: otro de sus puntos prevé formar de manera especializada a trabajadores de la Seguridad Social para que conozcan el sector cultural y sus características.
“Yo tuve a mi hija hace ocho años. Y no pude acceder a la baja de maternidad. Tiene que coincidir que cuando la necesitas estés contratada. Y una bailarina, aparte, tiene muy complicado trabajar embarazada”, agrega Verdugo. “¿Qué haces? ¿Ese único día que estás de alta vas a decirle a un empresario: ‘Estoy embarazada?”, comparte Isis Montero. Avanzar en este capítulo permitirá que una mujer, como explica Blázquez, no tenga que gastar el paro o hacer algún tipo de argucia legal para estar con su bebé las 16 semanas correspondientes. “En 2019 conseguimos que si una artista se daba de alta en la Seguridad Social en sus periodos de inactividad podía conseguir esa cobertura”, dice Casanovas.
Aunque la variedad de respuestas sobre lo que aún falta es otro indicador del camino por recorrer: apoyos para acompañar la transición de profesiones muy exigentes, como los bailarines, cuya carrera suele terminar a los 40 años; ayudas fiscales para los empresarios que organicen actividades culturales; más subvenciones directas a los creadores, sin que se diluyan en la red de intermediarios; “La fiscalidad”, dicen con rotundidad Moraga y López Aparicio. Cómo se cuantifica el trabajo de un artista si no se pueden calcular sus gastos es la pregunta que se hacen ambos. “Para el cálculo de las cotizaciones a la Seguridad Social se tienen que tener en cuenta los rendimientos netos. Ingresos menos gastos. Entonces, dependiendo de los gastos que te puedas deducir, así serán los rendimientos y por tanto las cotizaciones”, desarrolla la abogada.
Otra petición recurrente es una cuota para los autónomos adaptada a los ingresos reales de cada uno. La medida aprobada por el Gobierno en este sentido es bien recibida, pero, a la vez, resulta la más criticada de las tres. “Implica una cuota a pagar al mes de 161 euros (1.932 euros al año) cuando el artista no supera los 3.000 euros de ingresos anuales, lo que significa que los gastos de cotización suponen más del 65%, todo ello sin añadir los gastos de gestoría, dietas, viajes…”, reclaman desde la Federación de la Música de España, que representa a más de 150.000 profesionales y empresas.
Habrá que esperar. Aunque entre los trabajadores culturales, el aguante es pan de cada día. Big Mama Montse lo explica así: “A veces, algún joven me pregunta: ‘¿Qué hay que tener para seguir adelante?’. La respuesta es mucha moral”. Ella se planteó en varias ocasiones dejarlo. Pero ahí continúa. Música. Aplausos. Luego, otra vez, el vacío. Hasta el siguiente concierto. Y así.
Babelia
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