Bruselas expedienta a España por su retraso en adaptarse a la nueva norma audiovisual
El Gobierno acaba de presentar el anteproyecto de la ley que obligará a las plataformas a destinar el 5% de sus ingresos a financiar películas y series europeas
La Comisión Europea ha expedientado este lunes a España y a otros 22 socios de la Unión Europea por no haber incorporado a su legislación la nueva directiva comunitaria sobre los servicios audiovisuales. El texto, propuesto en 2016 y aprobado en 2018, moderniza la normativa para extender las obligaciones del sector audiovisual a los nuevos canales de transmisión, como las plataformas de vídeo por demanda o, incluso, a las redes sociales en las que los vídeos sean una parte fundamental de su tráfico.
Entre los principales cambios figura la obligación para las plataformas como Netflix, Amazon Prime Video o HBO de reservar el 30% de sus catálogos a títulos de producción audiovisual europea. Una medida que Bruselas espera que contribuya a la financiación del cine europeo pero cuyo efecto, de momento, parece inocuo porque solo cuatro países (Dinamarca, Hungría, Países Bajos y Suecia) han completado la transposición de la directiva.
“Queremos garantizar una mayor diversidad en las plataformas bajo demanda y crear un panorama audiovisual más justo, por eso tenemos normas comunes”, señaló la vicepresidenta de la Comisión para Servicios Digitales, Margrethe Vestager, tras anunciarse la apertura de los expedientes.
Bruselas concede dos meses a los países para que demuestren haber transpuesto la directiva. El plazo, sin embargo, es imposible de cumplir el caso de España. El Gobierno no presentó el anteproyecto de la ley de Comunicación Audiovisual hasta el pasado 6 de noviembre, una vez expirado el plazo de dos años de que disponía para trasponer la directiva. El límite venció el 19 de septiembre.
El anteproyecto se encuentra en fase de audiencia pública, por lo que aún tiene por delante una larga tramitación antes de que pueda entrar en vigor y sus efectos se noten en el mercado. Entre otras medidas, la propuesta española establece que las plataformas tendrán que destinar un 5% de los ingresos generados en España a financiar cine y series europeos o, directamente, al Fondo de Protección de la Cinematografía del ICAA, una contribución que algunos llaman tasa Netflix.
El comisario europeo de Mercado Interior, Thierry Breton, recordó este lunes que “hace dos que decidimos, de manera colectiva, actualizar las normas europeas sobre contenido audiovisual para proteger mejor a los espectadores, potenciar la diversidad cultural y preservar el pluralismo de los medios. Sin embargo, esas normas no redundarán en ningún beneficio si se convierten en papel mojado”.
La directiva de 2016 actualizaba una anterior, de 2010, para adaptarla a los drásticos cambios sufridos en el mercado audiovisual con el desarrollo de las plataformas de vídeo bajo demanda y otros canales de distribución. El proyecto fue tramitado con relativa celeridad y fue aprobado por el Parlamento Europeo en octubre de 2018 con un rotundo resultado de 452 votos a favor, 132 en contra y 65 abstenciones.
Sin embargo, el periodo de dos años concedido para la adaptación de las legislaciones nacionales más la demora acumulada por la inmensa mayoría de los Gobiernos no solo retrasa las mejoras de la directiva sino que corre el riesgo de que sea ya obsoleta cuando esté en vigor en todo el territorio comunitario.
El lustro transcurrido desde que se presentó el primer proyecto y el tiempo que falta para la aprobación de la ley española y del resto de países expedientados (entre los que figuran mercados tan importantes como Alemania, Francia e Italia) hace temer lo peor a Bruselas. La Comisión puede redoblar la presión si el retraso continúa. A la carta de emplazamiento de este lunes, primer paso del expediente, puede seguir un dictamen motivado. Y como último paso, una denuncia ante el Tribunal de Justicia europeo contra los países donde la transposición siga retrasándose.
Sin teletienda en horario infantil
La directiva estancada fija las obligaciones de las plataformas de vídeo en cuanto a la protección de menores y les obliga a establecer mecanismos sencillos que permitan a los usuarios denunciar contenidos presuntamente dañinos. Prohíbe que se utilicen los datos del público infantil con fines comerciales, como la publicidad directa o para técnicas de análisis de conducta. También impone la obligación de mejorar las condiciones de uso de las plataformas para las personas con discapacidad.
Las cadenas solo podrán interrumpir cada 30 minutos la emisión de una película para publicidad y los anuncios de teletienda quedan prohibidos en horario infantil.
Babelia
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.