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Los dueños de la web pirata Youkioske entrarán en prisión

Los administradores de la página entrarán en prisión por colgar sin permiso periódicos y revistas

Reyes Rincón
Captura de pantalla del portal YouKioske.
Captura de pantalla del portal YouKioske.EL PAÍS

Los dos administradores de la web Youkioske deberán entrar en prisión para cumplir una condena de seis años de cárcel por difundir por internet sin autorización el contenido de periódicos y libros. El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la pena que les impuso la Audiencia Nacional por un delito contra la propiedad intelectual y otro de promoción y constitución de una organización criminal. La sentencia desestima los recursos de casación interpuestos por los dos condenados y el presentado por la acusación particular ejercida por la Asociación de Editores de Diarios Españoles.

Esta es la segunda vez que el alto tribunal se pronuncia sobre los administradores de Youkioske, un quiosco digital que colgaba en internet periódicos, revistas y libros europeos sin autorización de sus propietarios. La primera, en noviembre de 2015, el Supremo anuló la condena de la Audiencia Nacional y le ordenó repetir la sentencia y especificar los libros o ejemplares de prensa cuya propiedad intelectual se haya transgredido. Según dijo entonces el alto tribunal, en la mayoría de los casos, los titulares de los derechos de propiedad intelectual (los editores) ya habían puesto a disposición del público su contenido a través de sus propias páginas web. La Audiencia hizo lo que le ordenaron y, en febrero pasado, volvió a condenar a os administradores de Youkioske y a imponerles la misma pena (seis años) tras una extensa argumentación. “En pocas ocasiones una Sala de Justicia se encuentra con tanta actividad probatoria y prueba suficiente como para poder proceder a una condena de los acusados", sostuvieron entonces los magistrados.

Esa es la sentencia que ahora ha confirmado el Supremo. Según el alto tribunal, el enlace a una obra protegida debe considerarse un delito contra la propiedad intelectual porque “propicia una comunicación de un contenido protegido que no ha sido autorizado a su difusión de manera libre por los titulares". En este caso, añade, no se trata de facilitar el acceso a una obra ya publicada libremente por su titular, sino el de “obviar los presupuestos de uso de la obra”, mediante el escaneado en la página web.youkioske.com del contenido protegido para su comunicación pública en condiciones no dispuestas por el titular.

Respecto al delito de promoción y constitución de una organización criminal, los magistrados creen que los hechos probados describen “un actuar de varias personas, con niveles de actuación prefijados” dentro de una actividad empresarial organizada para la realización del delito.

La sentencia incluye un voto particular firmado por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, que también es el ponente de la sentencia, al discrepar de la mayoría en lo relativo a la condena por este delito de promoción y constitución de una organización criminal.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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