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El Constitucional rechaza el recurso de la Junta de Extremadura contra la orden del Supremo de demoler la urbanización de Valdecañas

El tribunal considera por unanimidad que la demolición no supondría vulneración alguna de derechos fundamentales. Ecologistas en Acción reclama el derribo inmediato

José María Brunet

El Constitucional ha rechazado el recurso de amparo presentado por la Junta de Extremadura contra la sentencia del Supremo que ordenó la demolición del complejo de Isla de Valdecañas, un resort que cuenta con 185 villas de las más de 500 inicialmente proyectadas, más un hotel de cuatro estrellas y un campo de golf. El tribunal ha estimado por unanimidad que el fallo del Supremo no supuso la vulneración de derechos fundamentales. El órgano de garantías tiene pendientes de sentencia otros dos recursos, presentados respectivamente por una asociación de propietarios de los chalets y por los ayuntamiento de El Gordo y Berrocalejo, en cuyos términos municipales se levanta el complejo.

Fuentes del Constitucional explican que muy posiblemente estos dos recursos también serán desestimados, pero añaden que es también altamente probable que la batalla jurídica en torno a la legalidad del resort no termine aquí, visto el interés de la propia Junta extremeña en evitar la eliminación de lo construido, en buena medida por las elevadas indemnizaciones que supondría proceder a la demolición. Por su parte, Ecologistas en Acción, que ha participado en la larga batalla judicial, iniciada hace 18 años, exige a la Junta extremeña que “cumpla la ley y derribe una urbanización que nunca se debió construir”.

El Constitucional descarta en su sentencia que, en el procedimiento seguido en el Supremo, se hubiera vulnerado el derecho de tutela judicial efectiva de las instituciones y los particulares interesados en el mantenimiento del complejo. El fallo subraya que “no hay extralimitación alguna del Tribunal Supremo al resolver el recurso de casación” interpuesto en su día para tratar de obtener la orden de demolición. También se desestiman las quejas relativas a la vulneración de la imparcialidad judicial. Tampoco, a juicio del Tribunal Constitucional, incurre la sentencia impugnada en “incongruencia ni arbitrariedad”, en la medida en que sus decisiones “son coherentes con la obligación de restitución urbanística de los terrenos a su estado previo a la construcción del complejo y todas fueron objeto de un debate procesal centrado en la manera de proceder a la restitución urbanística ordenada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en sus sentencias”.

La raíz del largo conflicto judicial sobre el complejo residencial de Valdecañas se halla en el Proyecto de Interés Regional puesto en marcha por la Junta de Extremadura en 2007, cuyo desarrollo ha pasado por varias fases hasta llegar al Constitucional. La autorización para construir el resort fue cuestionada desde el principio por organizaciones ecologistas, que denunciaron sus efectos contra la preservación del medio ambiente por afectar a terrenos incluidos en la Red Natura 2000, compuesta por áreas de conservación de la biodiversidad de la Unión Europea.

En julio de 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) autorizó que la demolición del complejo tuviera sólo carácter parcial y no afectase, por tanto, a las instalaciones ya construidas y en funcionamiento. La resolución dictada hacía hincapié en el “elevado perjuicio económico” que supondría para la zona y para la Junta extremeña —por las correspondientes indemnizaciones— hacer tabla rasa del complejo. El resort actual cuenta con 185 villas, de las 565 inicialmente proyectadas, a las que hay que sumar un hotel de cuatro estrellas, un campo de golf y diversas instalaciones deportivas.

Esta resolución fue recurrida por Ecologistas en Acción y Adenex ante el Supremo, que en febrero de 2022 anuló las excepciones que el Tribunal Superior extremeño había acordado para preservar las instalaciones mencionadas. “No se aprecia —afirmaba la Sala de lo Contencioso en la mencionada resolución— la concurrencia de causas que justifiquen la imposibilidad material de ejecución de las sentencias en sus propios términos en cuanto a la demolición de lo construido y en funcionamiento”. Los recursos contra esta sentencia del Supremo son los que han empezado a resolverse ahora con el fallo aprobado hoy por el pleno del Constitucional, que descarta la lesión de derechos fundamentales en la resolución de la mencionada Sala de lo Contencioso.

Ecologistas en Acción ha expresado estar satisfecha por la desestimación del recurso de la Junta Extremeña, al considerar que la urbanización Isla de Valdecañas es “uno de los casos más rotundos y claros de vulneración de la normativa ambiental en el Estado español, con leyes a posteriori para tratar de sortear las sentencias judiciales y los incumplimientos de la legalidad”. Fuentes del Constitucional explican, a su vez, que esta estrategia de cambios legales a posteriori, promovidas por la Junta de Extremadura, no ha concluido, por lo que no hay seguridad de que se vaya a proceder en fecha próxima a la demolición ordenada por el Supremo, aparte de que faltan dos recursos más del órgano de garantías en los que volverá a plantearse el debate sobre el complejo y su legalidad. Hay que tener en cuenta que el Constitucional ha de renovarse el año próximo, con la sustitución de cuatro de sus magistrados, lo que puede entrañar cambios de criterio, al variar su composición. De hecho, el Constitucional anterior al actual acordó por seis votos a cinco dejar en suspenso la demolición acordada por el Supremo, hasta que se resolviera sobre el fondo del asunto, cuestión sobre la que existe ya ahora una primera resolución contraria a los postulados de la Junta de Extremadura.

La asociación de propietarios de chalets en Isla de Valdecañas hizo público un comunicado en el que respeta la decisión del Constitucional, pero destaca que sigue pendiente el fallo relativo a la impugnación que los particulares afectados por el proceso judicial presentaron ante el tribunal de garantías. El texto alude a la ley aprobada por el Parlamento de Extremadura en abril de 2023, y subraya que la disposición final segunda de esta norma estableció “que las construcciones y edificaciones ejecutadas completamente en los terrenos conocidos como Isla de Valdecañas quedaban totalmente legalizadas”. También afirman que “lo que está en juego es la existencia de un modelo económico y ambiental sostenible para Extremadura”, y advierten de que, si también se desestima su petición de amparo, “se estudiará con detalle la posibilidad de interponer los recursos pertinentes”.

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