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Entra en vigor la prohibición de vender perros, gatos y hurones en tiendas

Desde el pasado domingo estas mascotas solo se podrán adquirir a criadores registrados de forma oficial

Varios perros de raza chiguagua.
Varios perros de raza chiguagua.Eduardo Parra (Europa Press)

Desde el domingo 29 de septiembre la compra de perros, gatos y hurones en tiendas de España está prohibida y solo se podrá realizar a través de criadores que estén registrados como tales. Es una de las cuestiones reguladas por Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, que busca garantizar que estas mascotas hayan sido criadas en buenas condiciones y que cuentan con todas las garantías sanitarias. El grueso de la norma entró en vigor el 29 de septiembre de 2024, pero dio un año de margen de adaptación a estos establecimientos comerciales. El incumplimiento del precepto implicará una sanción de entre 50.001 y 200.000 euros.

Cuando se realice una venta se debe comunicar al Registro de Animales de Compañía en los tres días hábiles posteriores. Los perros y gatos deberán tener un mínimo de dos meses en el momento de la adquisición si esta se realiza desde el núcleo zoológico declarado como su lugar de nacimiento. Eduardo Díaz, veterinario y criador de rotweiler desde hace 35 años, explica la importancia de que los perros, que interactúan de forma directa con sus propietarios, estén criados por profesionales. “Se evitan compras compulsivas, y te pueden aconsejar cuál es el perro más recomendable. Porque si lo adquieres por estética, al ver un cachorro muy bonito, puede ser que su carácter cuando crezca no sea el que esperabas”, comenta. En cuanto a la prohibición de venta en las tiendas, no sabe “si es muy justo, porque es un sector que se va a resentir y quizá se podría canalizar de alguna forma”, opina.

El director general de Derechos de los Animales, José Ramón Becerra, indica que están buscando la forma legal para que esta prohibición “sea lo menos lesiva posible para los establecimientos comerciales”, pero cumpliendo la normativa porque en ella se veta específicamente la intermediación. “Que puedan mantener alguna actividad de asesoramiento comercial, o algo similar”, añade. Esta aclaración se producirá con el desarrollo reglamentario de la ley, que todavía no se ha producido. El 15 de septiembre finalizó el plazo de aportaciones de las comunidades autónomas al texto y Becerra calcula que el documento saldrá a información pública a mediados de octubre. A partir de ahí, los plazos son más complicados de determinar porque se precisan los informes de otros ministerios.

Óscar Campos es propietario de la tienda ZooPinto en el centro comercial Plaza Éboli, en Madrid. Comenta que en la capital no podía vender directamente en tienda desde hace siete años, “pero ahora ya ni indirectamente, es el remate final. Te podría dar el teléfono de un criadero, pero como lo podría hacer tu vecino”. No es el grueso de su negocio, “pero era un ingreso muy importante, tanto que podría implicar despidos”, continúa.

Tampoco considera que este cambio sea una ventaja para el criador, porque se anula el canal de venta legal que eran las tiendas y que facilitaba la transacción desde el proveedor al propietario final. “No todo el mundo tiene la posibilidad de trasladarse hasta un centro de cría, así que se convierte en algo más complicado”, describe. En cuanto a las compras compulsivas, explica que “nadie adquiere un cachorro en una tienda en la que está todo controlado por 1.000 euros sin pensarlo, eso ocurre cuando la adquisición se hace por 100 euros” en anuncios por internet.

A Mercedes Ortola Seguí, abogada especialista en protección animal, le parece bien que se controle este tipo de venta, pero se pregunta cómo se va a evitar la economía sumergida y todo el tráfico de animales que llega sobre todo desde el este de Europa. “El 50% de estos animales de tráfico ilegal acaba falleciendo en frontera”, denuncia. También advierte de que no basta con que se trate de un criador profesional, sino de que estos cumplan con las normas: “Un perro no se puede entregar antes de que tenga dos meses, de su destete”.

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Becerra responde que “cualquier actividad ilegal en las redes sociales se perseguirá como ocurre con otras”. Pero tienen la labor pendiente de formar a los cuerpos y fuerzas de seguridad en estas materias. “La cuestión es que en muchas tiendas, no en todas, se vendían animales con semanas, sin sus madres, a las que necesitan, y muchos fallecían”, explica. Además, esta prohibición reducirá el número de canales en los que las personas pueden adquirir animales de compañía y “solo podrán identificar a los animales criadores, protectoras de animales y ayuntamientos. “En el pasado, animales procedentes del tráfico animal acababan en algunas tiendas, era una vía de entrada de ejemplares procedentes del tráfico ilegal y esto se va a cortar ahora”, añade el director general.

La ley prohíbe de forma específica “la venta directa de cualquier tipo de animal de compañía a través de internet, portales web o cualquier medio o aplicación telemáticos”. Además, en los anuncios de animales a través de medios de comunicación, revistas, publicaciones asimilables y demás sistemas de difusión, como Internet, se deberá incluir el número de registro de criador o el núcleo zoológico del establecimiento de venta, así como el número de identificación del animal en su caso. Las plataformas verificarán por su parte la veracidad de los datos consignados por el vendedor, concreta el texto legal.

La aprobación de esta normativa estuvo rodeada de una fuerte polémica. El primer anteproyecto incluía medidas como la esterilización obligatoria de todos los perros —salvo los de criadores—, la protección también de los canes de caza y la eliminación de la lista de razas potencialmente peligrosas, que se quedaron por el camino en medio de una bronca política considerable entre PSOE y Unidas Podemos, socios de Gobierno, que a punto estuvo de hacer caer el texto.



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