Aprobada la ley de bienestar animal: se mantienen las normas para los perros peligrosos y se esterilizará a los gatos
Los dueños de todos los canes deberán tener un seguro obligatorio y realizar un curso ‘online’, mientras las tiendas dejarán de vender perros, gatos y hurones
La primera ley estatal en materia de derechos y bienestar de los animales en España —un asunto que hasta ahora había sido regulado en el ámbito autonómico— se ha aprobado este jueves definitivamente en el Congreso. La norma, denominada Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, ha vivido diferentes polémicas, desde que un primer borrador que soliviantó a cazadores y veterinarios hasta diferentes cambios, como la exclusión de los perros de caza, que han decepcionado a los animalistas. Así queda definitivamente la ley, que entrará en vigor seis meses después de publicarse en el BOE, es decir, el próximo septiembre. Mientras, el Congreso ha rechazado las enmiendas del Senado a la reforma del Código Penal para ampliar las penas por maltrato animal, por lo que se vuelve al redactado anterior.
Seguirá habiendo perros peligrosos
Una de las principales novedades de la tramitación parlamentaria es que ya no se deroga el listado de ocho razas de perros potencialmente peligrosos —pit bull terrier, rottweiler, dogo argentino, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, fila brasileño, tosa inu y akira inu— que requieren un manejo especial (con correa corta y siempre con bozal, incluso en parques caninos), tal y como pretendía la norma. Sergio García Torres, director general de Derechos de los Animales, señala que siguen con la idea de que se ponga en marcha una evaluación de sociabilidad para los perros más grandes —que se establecerá en el futuro reglamento que desarrolle la ley, en unos seis meses— que permita evitar este manejo especial. Carlos Alfonso López, vocal de la Real Sociedad Canina (RSCE) y miembro de la mesa de expertos que redacta ya ese reglamento, apunta que los perros potencialmente peligrosos “mantendrán las restricciones actuales hasta que pasen el futuro test de sociabilidad”, que será requisito también para los canes más grandes (probablemente, de más de 10 kilos, aunque está por definir).
Curso para los dueños de perros y seguro obligatorio
Todos los dueños de perros deberán pasar un sencillo test de conocimientos caninos. Carlos Alfonso López, de la RSCE, explica: “El test va a tener tres partes, una de cuidado y veterinaria, otra de bienestar animal y otra de legislación. La idea es que los documentos te los puedas descargar y rellenar online de forma gratuita. Tiene un afán informativo más que restrictivo”. Son cuestiones mínimas para la tenencia de un animal de compañía. Quien lo necesite, también podrá rellenarlo en un establecimiento —como asociaciones o veterinarios—, aunque está por concretar. Además, quienes cuiden a un perro deberán tener un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, una normativa similar a la que ya existe en comunidades como Madrid y País Vasco. Según las estimaciones del sector, en perros pequeños pueden oscilar entre los 20 a los 50 euros al año, mientras que las pólizas para perros peligrosos —ya obligatorias— oscilan entre 50 y 100 euros al año; muchos seguros de hogar ya incluyen este tipo de coberturas. Se mantiene que no se podrá dejar solo a un perro más de 24 horas.
Los perros de caza, fuera
Uno de los aspectos más polémicos de la norma es que deja fuera a los perros de caza, trabajo y deporte, una exigencia del PSOE, con el apoyo de la derecha y de la Real Federación Española de Caza. Podemos dijo que supondría devaluar la ley, pero al final se ha tenido que mover para sacar adelante la norma. Este cambio supone que queden fuera de la protección todos los canes que realicen algún tipo de actividad: perros policías, del Ejército, de trabajo, de asistencia, perros guía de la ONCE, de caza y pastores, además de la cetrería y el tiro al pichón. El Ministerio de Agricultura tendrá que elaborar una norma específica para ellos.
Polémica gestión de las colonias felinas
La ley apuesta por el método CER (Captura, esterilización y retorno) para gestionar las colonias felinas, es decir, gatos que viven libres, a cuyos miembros exige capturar, identificar con microchip y volverlos a soltar, una labor de la que deben ocuparse los ayuntamientos —habrá fondos públicos para ayudar en esta labor: este año, dos millones—. Esto ha generado mucha polémica en Canarias: Coalición Canaria y la Agrupación Socialista Gomera han advertido del riesgo que implican para especies endémicas en peligro de extinción en el archipiélago. “Los gatos asilvestrados figuran entre las principales amenazas para los lagartos gigantes de La Gomera, El Hierro y Tenerife, para la lisneja, para el pinzón azul de Gran Canaria, para la musaraña canaria y para varias especies de aves marinas”, advirtió Ana Oramas en el debate del pasado 9 de febrero en el Congreso. Se quejan también conservacionistas como Eloy Revilla, director de la Estación Biológica de Doñana-CSIC: “Los gatos silvestres son problemáticos, sobre todo para especies endémicas en las islas. El método CER no está demostrado científicamente que funcione. No se trata de sacrificar los gatos, pero desde luego no se les debe alimentar”. El Ejecutivo alega que el proyecto de ley contempla la “reubicación” de los gatos comunitarios que “supongan un impacto negativo para la fauna protegida”.
Esterilización obligatoria de todos los gatos
Se mantiene que todos los gatos se deben esterilizar e identificar mediante microchip antes de los seis meses de edad. Eso ya ocurre con todos los felinos que proceden de una protectora y algunas comunidades lo han regulado, pero ahora se extiende a todos los ejemplares. Quien no quiera castrar a su animal debe inscribirse en el Registro de Criadores de Animales de Compañía o se puede enfrentar a una sanción leve (de 500 a 10.000 euros). Este registro, obligatorio para quien quiera criar gatos o perros, será estatal, online, sencillo y gratuito.
Comunicar la posesión como mascotas de especies prohibidas
La norma conllevará la aprobación de un “listado positivo de animales de compañía” en los próximos meses y que las especies que no estén incluidas se considerarán “animales silvestres en cautividad y no se permitirá su tenencia, cría o comercio, salvo en el caso de las autorizaciones específicas”. Esto se hace para evitar que se vendan especies invasoras. El Senado aprobó ocho enmiendas parciales, entre las que destaca que, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley, las personas que tengan como animales de compañía a especies peligrosas o amenazadas “tendrán la obligación de comunicar a las autoridades competentes la tenencia de estos animales”. La prohibición de determinadas especies como animales de compañía afectará a artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales; reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilos, excepto en el caso de quelonios; todos los primates; mamíferos silvestres que en estado adulto superen los cinco kilos; y especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.
No se podrá vender gatos, perros ni hurones en las tiendas de animales
La norma prohíbe vender perros, gatos y hurones en las tiendas de animales, como ya sucede, en parte, en la Comunidad de Madrid. Estos establecimientos sí podrán, en cambio, mostrar mascotas en adopción mediante acuerdos con protectoras. Así, solo podrán venderse allí peces, roedores y pájaros de criadores registrados. Con esta medida se pretende evitar las compras impulsivas, que son las que luego se traducen en abandonos. Sí se podrán comprar perros y gatos a criadores oficiales acreditados que se anuncien por internet.
Los mendigos podrán tener animales
El Senado incorporó enmiendas de Más Madrid y de Junts que permiten ejercer la mendicidad con mascotas. La modificación del proyecto de ley en la Cámara alta estaba motivada, según el partido madrileño, “para evitar futuros efectos indeseados”, ya que a su juicio “concedería un alto grado de discrecionalidad a las administraciones, que en la práctica podría derivar en sanciones a las personas sin hogar que se encuentren en la vía pública en compañía de sus mascotas, quedando al juicio de quien ejerza la potestad sancionadora si las personas se encuentran ejerciendo la mendicidad o no y si se están valiendo de sus mascotas para ello o no”.
Cambios en la reforma del Código Penal
Junto con la norma, se ha aprobado la reforma del Código Penal para castigar más el maltrato animal. El Código Penal, en su artículo 337, ya recoge el maltrato a los animales domésticos cuando se los maltrata de forma injustificada y se producen lesiones. La pena de cárcel por lesiones es de hasta 12 meses, y hasta 18 si se produce la muerte del animal con agravantes (como ensañamiento o en presencia de un menor). La reforma dobla las penas máximas, de manera que el castigo por muerte de un animal sería de 12 a 24 meses de cárcel (o multa de 18 a 24 meses), y si confluyen dos agravantes se podría alargar hasta 36 meses (tres años) de prisión. Además, se protege a todos los animales vertebrados (hasta ahora solo se protegía a los domésticos).
En este caso, se han rechazado las enmiendas que se aprobaron hace tan solo una semana en el Senado. Una de ellas hablaba del decomiso definitivo de animales maltratados cuyos dueños hayan sido sentenciados con inhabilitación para la tenencia de animales; la redacción decía que no podrían volver con su dueño ni tras cumplir la sentencia. Como se ha rechazado, ahora sí que podrán volver con el maltratador.
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